martes, 24 de marzo de 2009

Ya está publicada la convocatoria de guarderías en Madrid (2.009-10)

Nota: ya está publicada la convocatoria para 2.010-11.

La comunidad de Madrid acaba de publicar la orden que regula el proceso de admisión de las guarderías públicas y de las plazas en privadas financiadas con fondos públicos. En principio es muy similar al del año pasado, os cuento.

Plazos del proceso
Los plazos del proceso de admisión de nuevos alumnos serán los siguientes:
  1. Publicación de las vacantes: el 15 de abril las guarderías publicarán en su tablón de anuncios el número de vacantes disponibles
  2. Presentación de solicitudes: del 15 de abril al 4 de mayo de 2.009
  3. Publicación de listas provisionales: 22 de mayo de 2.009
  4. Presentación de reclamaciones: del 25 al 27 de mayo de 2.009
  5. Publicación de listas definitivas: 10 de junio de 2.009
  6. Formalización de matrícula: del 12 al 24 de junio de 2.00
¿Quienes pueden pedir una plaza?

Para pedir una plaza, o para tener esperanzas de conseguirla, se deben cumplir los siguientes requisitos:
  • El niño ha debido nacer antes del final del periodo de matriculación (24 de junio)
  • El niño debe tener al menos tres meses en el momento de la incorporación
  • Los padres deben residir en la comunidad de Madrid
¿Qué centros os corresponden?
Para saber qué centros os corresponden, podéis consultar el portal escolar de la comunidad de Madrid, donde insertando vuestro domicilio o la dirección de vuestro trabajo os proporcionará la lista de las guarderías públicas o privadas sostenidas con fondos públicos que hay en la zona. Además os indicará los puntos que os corresponden en dichas guarderías, ya que en principio podéis pedir plaza en cualquier guardería pública.

¿Cuándo se inicia el proceso de admisión de niños?
Cada guardería publica en su tablón de anuncios el número de vacantes disponibles en el mes de abril. El año pasado fue el 15 de abril.

Las solicitudes se presentan a continuación, en un plazo de quince días, más o menos. El año pasado el plazo fue desde el 15 al 30 de abril. Una vez finalizado el plazo, se dispone de diez días para completar la documentación aportada con la solicitud.

¿Cómo se pide una plaza?
Generalmente bastará con solicitar la plaza en una guardería de cada distrito o municipio, es decir, presentar la solicitud en una guardería cerca de vuestra casa. También cerca del trabajo y si sois optimistas en cualquier otro distrito. En esta solicitud indicaréis la guardería preferida y las alternativas priorizadas, en caso de que no os den la plaza en la primera.

El formulario de solicitud os lo proporcionarán en la guardería, o también lo podéis descargar aquí, y también podéis consultar las instrucciones para rellenarlo.

¿Qué documentación hay que presentar?
Se debe presentar la siguiente documentación:
  • El formulario de solicitud: en las privadas hacen falta tres copias, yo las llevaría también para las públicas, por si acaso
  • Certificado de vida laboral actualizado de los padres (se puede obtener con o sin el certificado digital en la página de la Seguridad Social)
  • En la solicitud se autoriza a la administración a que consulte los datos de hacienda correspondientes a la declaración de dos años antes (2.007)
  • Fotocopia del libro de familia
  • Documentación que acredite cualquier situación familiar especial (familia numerosa, monoparental, adopción, etc.)
  • Certificado o volante padronal (en Madrid capital no es necesario, se autoriza a la administración a que consulte esta información)
  • Certificado del lugar de trabajo
La puntuación que os corresponda dependerá de si trabajáis ambos, distancia de la guardería a casa o trabajo, situación familiar (familia numerosa, si hay otro hermano en el mismo centro, minusvalías, etc.) y renta en el 2.007. Podéis consultar los puntos que corresponden a cada situación en la orden que regula este proceso de admisión. Por ejemplo, os darían siete puntos por trabajar ambos a tiempo completo, y cinco si es a tiempo parcial, dos por familia numerosa, cero si la renta per cápita supera los 13.978 euros, tres por vivir cerca de la guardería, dos por tener a un hermano en la guardería, etc.

La guardería a la que va mi hijo es privada, pero tiene plazas sostenidas con fondos públicos. La documentación que piden es ligeramente distinta:
  • Documentación que acredite cualquier situación familiar especial (familia numerosa, monoparental, adopción, etc.)
  • Certificado o volante padronal: las guarderías privadas de la capital no tienen acceso al padrón, por lo que tendréis que proporcionárselo
  • Certificado del lugar de trabajo
  • Declaración de la renta 2.007: todas las páginas de la declaración, porque tienen que consultar varias casillas de la misma. Tampoco tienen acceso a esta información, y deberéis proporcionársela.
  • Certificado del horario laboral emitido por la empresa o informe de vida laboral. Si tenéis reducción de jornada por guarda legal, y estáis en los dos primeros años de la misma, en vuestro informe de vida laboral apareceréis con jornada completa. Llevad mejor este informe.
  • Tres copias del formulario de solicitud: una para la guardería, otra para el ayuntamiento y la última para vosotros
¿Cuánto cuesta?
Para el curso 2.009-10 estos son los precios establecidos:
  • Cuota mensual: entre 45,63 y 136,89 euros en función de la renta per cápita, que corresponden a siete horas diarias de permanencia en la guardería.
  • Prolongación de la jornada: 11,96 euros por cada media hora.
  • Comedor: 89 euros.
Podéis consultar el listado completo de precios del curso 2.009-10 en este otro artículo.

También podéis consultar la orden que regula la admisión en la web de la comunidad de Madrid.

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28 Comentarios:

Anónimo dijo...

muchas gracias por toda esta información.
mi pregunta es, como se acredita una familia monoparental? voy a ser madre soltera.

Juan Delgado dijo...

Buena pregunta. En la convocatoria sólo dice que se presentará la documentación que acredite esta situación, pero no dice cuál es. He estado rebuscando en convocatorias para otras ayudas y he encontrado esto en la correspondiente a las becas de libros en Valencia:

h) Hijo/a de una unidad familiar monoparental:
Libro de familia o cualquiera de los siguientes documentos: certificado del Registro Civil, sentencia judicial firme de separación matrimonial, auto judicial de medidas provisionales o certificado de convivencia del Ayuntamiento.

Tiene pinta de que como es una situación que se está empezando a reconocer, no está muy definido. Supongo que con el volante del padrón que demuestre que sólo tú vives con tu(s) hijos bastaría, pero no estoy seguro. Haz una consulta en el buzón de la comunidad de Madrid:

http://nenesyburocracia.blogspot.com/2009/03/servicio-de-alertas-de-la-comunidad-de.html

o en el 012, a ver qué te cuentan, y por favor, cuéntalo aquí.

Isabel dijo...

Hola!
Primero de todo muchas gracias por tu blog, es el primer sitio en el que encuentro TODA la información que buscaba.
Segundo repondiendo al tema de como acreditar que eres familia monoparental, aunque este es el primer año en que voy a solicitar guarderia, para otros papeleos(solicitud de ayuda por familia monoparental)me han exigido tanto el libro de familia( con el niño inscrito, claro, y tú como única titular)como el volante del padrón, nuevamente con el niño inscrito. En mi caso yo seguía empadronada en la casa de mis padres, por lo que aparecíamos todos, pero lo que les importa es que no aparezca el padre del niño.
No puedo decirte nada concreto, salvo que yo voy a presentar ambos documentos.
Un saludo.

Juan Delgado dijo...

Hola Isabel,

Muchas gracias, tanto por la felicitación como por la información. El tema de las familias monoparentales está muy poco definido todavía y cualquier información yo creo que ayuda mucho.

Un saludo,
Juan

Juan Delgado dijo...

He consultado este tema al buzón de la Seguridad Social, y esto es lo que me han dicho:

Se entenderá por familia monoparental la constituida por un solo progenitor con el que convive el hijo nacido o adoptado y que constituye el sustentador único de la familia.
La Ley 35/2007, de 15 de noviembre, considera familia monoparental la “constituida” por un solo progenitor.

1. Existencia de un solo progenitor: se acredita con el Certificado de Nacimiento del hijo.
2. Requisito de convivencia: con el certificado de empadronamiento
3. El progenitor debe ser el “único” sustentador de la familia: declaración de
la Renta o declaración jurada.

Isabel dijo...

Nuevamente muchas gracias,Juan.
Tengo una pregunta a ver si me la puedes aclarar ¿que diferencias hay entre una escuela infantil y una guarderia?.
Reitero las gracias .
Un saludito
Isabel

Juan Delgado dijo...

Hola Isabel, que yo sepa no hay ninguna diferencia. Únicamente que la palabra guardería está cayendo en el desuso, porque implica un lugar donde te guardan a los niños, mientras que actualmente se pretende enseñarles un montón de cosas. Verás muy pocos sitios y muy pocos centros denominados guarderías, ahora son escuelas infantiles.

En la comunidad de Madrid sí que hay otro tipo de centros, denominados casas de niños, que son básicamente lo mismo pero con más restricciones. Por ejemplo, lo normal es que no acepten niños de menos de un año y sus horarios suelen ser más reducidos que los de las "escuelas infantiles". Son públicos y están regulados por la comunidad.

Anónimo dijo...

Estupenda la página. Me ha servido de mucha ayuda. Gracias por la recopilación de información que compartes con todos.
Un saludo

Anónimo dijo...

Hola:

Ante todo muchísimas gracias por esta página, da gusto poder enterarse asi de rápido y bien de las cosas. Yo tengo una duda, mi hijo/a nacerá en julio, ¿eso quiere decir que no voy a poder optar a una plaza de guardería pública?. Muchas gracias JAIME

Juan Delgado dijo...

Hola. Muchas gracias por las felicitaciones, la verdad es que me motiva bastante que os ayude.

En cuanto a la consulta, y por desgracia, la respuesta es que no vas a poder optar, a no ser que nazca antes del 24 de junio. Aunque la convocatoria habla de final de año como fecha límite, luego dice que el niño debe haber nacido antes del final del plazo de matrícula, que acaba ese día. Lo siento. Tengo un amigo al que le pasó exáctamente lo mismo, pero más exagerado. Su hija iba a nacer a finales de junio, pidio la plaza, se la concedieron, y como la niña nació unos días después del final del periodo de matriculación, la perdió.

Un saludo,
Juan

Eva dijo...

buenos dias, lo primero Juan te felicito por toda la informacion...
solo una cosita, como puedo saber el listado de guarderias tanto publicas como privadas con fondos publicos de mi municipio???
gracias,

Juan Delgado dijo...

Buena pregunta. No he encontrado un listado fiable, supongo que vas a tener que pasear por tu barrio y preguntar. Normalmente lo ponen bastante a la vista, sobre todo ahora que el plazo de solicitud está abierto. En cualquier caso, puedes probar a consultar el portal escolar de la comunidad, que sí te informa de algunas. Entra en la siguiente dirección:

http://gestiona.madrid.org/pipa_pub/run/j/MostrarColegiosProx.icm?tipo=C&ESTADO_MENU=2

Selecciona tu municipio y dirección postal, luego selecciona infantil 1º ciclo en el campo "imparten" y dale a consultar. Te saldrán guarderías públicas y privadas sostenidas por centros públicos. No salen todas, porque donde va mi hijo tienen plazas de este tipo y no sale, pero algo es algo. De todos modos, lo investigaré más a fondo.

Anónimo dijo...

Gracias por la información, una pregunta el certificado del lugar de trabajo que información tiene que tener??

Juan Delgado dijo...

Hola, la orden que regula esta convocatoria dice literalmente esto: "Certificado del lugar de trabajo o documento equivalente en el que se indique el domicilio laboral"

Entiendo que basta con que el certificado indique el lugar de trabajo, tus datos y que trabajas en esa empresa.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Muchas gracias Juan, mi pareja y yo tenemos que solicitar este certificado en nuestras empresas y necesitaba saber que tiene que poner, no entiendo porque no vale el contrato de trabajo donde estan todos esos datos, suponqo que también habra que remarcar que trabajamos a jornada completa porque eso da más puntos?? Un saludo a todos Mónica

Juan Delgado dijo...

Sí, tienes razón, debe poner el horario para que te cuenten los puntos por jornada completa, aunque eso en teoría lo deberían mirar en tu certificado de vida laboral. Por si acaso, que lo pongan. Supongo que lo hacen difícil para que no lo pida todo el mundo...

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

En primer lugar gracias por información.
Entiendo que este es el procedimiento para pedir plaza en una escuela infantil pública. Pero para que te den una beca para una guardería privada qué hay que hacer?

Juan Delgado dijo...

Hola,

Las becas de guardería para este año en Madrid todavía no se pueden pedir. La verdad es que ni siquiera está publicado el procedimiento. Si quieres, puedes consultar cómo fue el año pasado en este otro artículo:

http://nenesyburocracia.blogspot.com/2009/02/becas-de-guarderia-en-la-comunidad-de.html

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

www.guiautildeayamonte.com

Anónimo dijo...

Buenas tardes Juan,

si me han concedido plaza en una guarderia privada pero una plaza sistenida con fondos publicos puede pedir tambien la beca que saldra estos dias o no?
Muchas gracias por todo y por tu dedicacion.

Con respecto,

Adriana

Juan Delgado dijo...

Sí, pídela y si no te dan la plaza sostenida con fondos públicos, te pueden dar la beca. Lo que no te darán serán las dos cosas a la vez.

Un saludo,
Juan

Dani dijo...

En primer lugar, felicitarte por este blog que tanto nos ayuda a los padres primerizos.
Tengo a mi hijo en una escuela infantil privada de la Comunidad de Madrid, solicite la ayuda pero todavía no ha salido.
Mientras se ha publicado una convocatoria extraordinaria para la casita de los niños del pueblo en el que vivo, si la presento y me la conceden dejaría de llevar al niño a la escuela privada.
Mi pregunta es si puedo presentar la documentación para la casita o me influirá en la ayuda de la escuela todavía no resuelta y si es posible que no me den ninguna de las dos por haberlas pedido en ambos lugares.
Muchas gracias

Juan Delgado dijo...

Por lo que yo sé y me han comentado en mi guardería privada, no hay problema por pedir ambas cosas. Son evidentemente incompatibles, pero incluso si recibieras los cheques, si no llevas a tu hijo a la privada, no son válidos y probablemente la guardería los devolvería.

En la orden que regula esta convocatoria no hay ninguna incompatibilidad a este respecto, por lo que yo pediría la pública a ver qué pasa.

Un saludo,
Juan

Dani dijo...

Muchas gracias, Juan
Pedire la casita de los niños y ya os contare.

Lucia dijo...

Hola Juan!
Queríamos preguntarte si ya sabes si se han publicado las fechas de los plazos para la solicitud de las guarderias publicas de la comunidad de Madrid, así como la solicitud del cheque escolar para guarderias privadas. no soy capaz de encontrarlo por ningun lado.
por favor, dime donde puedo mirarlo para estar pendiente. En las paginas de madrid.org todavía aparece el curos 2009-2010.
Gracias
LUCIA Y GUILLE

Juan Delgado dijo...

Hola Lucía,

Que yo sepa no han salido todavía ninguna de las dos convocatorias que comentas. Siempre va primero la de guarderías públicas, que el año pasado fue por estas fechas. En las páginas que indico en este artículo te saldrá la información cuando la publiquen, pero hasta entonces, date de alta en el servicio de alertas de la Comunidad de Madrid para que te avisen.

Un beso,
Juan

Lucia dijo...

Muchas gracias, juan! ya me he dado de alta en lo de las alertas. ya te iré contando y preguntando a traves del blog.
un beso, Lucia

Juan Delgado dijo...

Ya está publicada la convocatoria de 2.010-11.

Un saludo,
Juan