miércoles, 11 de marzo de 2009

El mapa de las ayudas autonómicas

Después de un montón de artículos sobre las ayudas que proporcionan las comunidades autónomas, he querido organizar esta información para que la podáis consultar organizada por comunidad. He incluido un mapa de España donde podéis seleccionar la comunidad donde residís y os mostrará las ayudas que proporciona (iré incluyendo nuevas ayudas en este artículo conforme las vaya descubriendo)

Las ayudas listadas se proporcionan por los siguientes conceptos (más información en los enlaces):
Para información sobre ayudas estatales podéis leer este otro artículo.

Ayuda anual de 600€ por cada hijo menor de tres años, si cuando nazca el tercero o posterior se tiene al menos otro hijo menor de tres años, o en caso de parto múltiple. Para aquellas familias con ingresos inferiores al límite que establece la junta, deducción de 50 euros por cada hijo menor de tres años en el momento del nacimiento, y otros 50 por hijo nacido en caso de parto múltiple. El límite de renta se establece en función del salario mínimo interprofesional (624 euros/mes en 2.009). Por ejemplo, para familias de tres miembros sería de 44.928 euros (6 x SMI), para cuatro miembros 52.516 (7 x SMI), etc. En caso de familias monoparentales se podrá aplicar también una deducción de 100 euros.

Deducción de 600 euros por cada hijo adoptado mediante adopción internacional cuando la renta no supere los 39.000 euros en la declaración individual o 48.000 euros en la conjunta.

Programa de gratuidad de libros que proporciona libros de texto a los alumnos de primaria y secundaria.

Para 2.009 está aprobada una ayuda por parto o adopción de tres o más hijos, de hasta 1.200 euros/año por niño hasta que cumplan los doce años. Esta cantidad se incrementa un 15% si son cuatrillizos, un 35% para quintillizos y un 65% a partir del sexto. La cuantía se determina en función de la renta per cápita de la familia, que no debe superar los 12.000 euros.

En el año del nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos, se aplica una deducción de 500 euros por cada nacimiento o adopción. También aplica para el segundo cuando tenga una discapacidad del 33% o superior.

Por adopción internacional se aplica una deducción de 600 euros por cada hijo.

Ayuda por acogimiento para compensar los gastos para cubrir las necesidades del menor. La cantidad a recibir es variable y depende de la evaluación que realice el servicio de menores de esta comunidad.

Programa de gratuidad de libros para colegios públicos y concertados en primaria y secundaria.

Impuesto de transmisiones patrimoniales al 3% para las familias numerosas que compran una vivienda como habitual y que en los dos años anteriores o posteriores se venda la anterior vivienda habitual. La nueva debe tener una superficie al menos un 10% superior a la anterior, y la renta de la familia no debe superar los 35.000 euros (más 6.000 por cada hijo a partir del cuarto)

Impuesto de actos jurídicos documentados al 0'3% para las familias numerosas que compran una vivienda como habitual y que en los dos años anteriores o posteriores se venda la anterior vivienda habitual. La nueva debe tener una superficie al menos un 10% superior a la anterior, y la renta de la familia no debe superar los 35.000 euros (más 6.000 por cada hijo a partir del cuarto)

Asturias
Cheque bebé de 500 euros por nacimiento o adopción para las familias con rentas inferiores a 45.000 euros. Desaparece en 2.010.

Ayuda por acogimiento de hasta 5.000 euros para familias con renta per cápita media mensual inferior a 290 euros o 400 en situaciones especiales.

Becas para la adqusición de libros de texto de 104 euros para alumnos de primaria y de 130 para secundaria en colegios públicos o concertados destinadas a familias con rentas inferiores a 60.000 euros (se toma la declaración de dos años antes, para el curso 2.009-10 será la de 2.007)

Islas Canarias
Ayuda anual de hasta 1.202,02 euros por hijo en casos de parto múltiple de tres o más hijos hasta que los niños cumplan dieciséis años. La cantidad a recibir dependerá de la renta per cápita familiar (total ingresos familia/número de miembros), que no debe superar los 8.414,16 euros. Esta cantidad se incrementará en 601,01 euros por cada niño nacido con una discapacidad superior al 33%.

Por cada hijo nacido o adoptado en el año correspondiente a la declaración de hacienda, os podréis deducir:
  • 200 euros, cuando se trate del primer o segundo hijo
  • 400 euros por el tercero
  • 600 euros por el cuarto
  • 700 euros por el quinto o sucesivos

En caso de que el hijo nacido o adoptado tenga una discapacidad del 65% o superior la cantidad a deducir se incrementa en:

  • 400 euros, cuando se trate del primer o segundo hijo que padezca dicha discapacidad
  • 800 euros, cuando se trate del tercer o posterior hijo que padezca dicha discapacidad, siempre que sobrevivan los anteriores discapacitados
Deducción por familia numerosa de 200 euros, cuando se trate de categoría general y 400 si es categoría especial. Si alguno de sus miembros tiene una discapacidad igual o superior al 65%, la deducción anterior será de 500 y 1.000 euros respectivamente.

Deducción por gastos de guardería de hasta el 15% de los gastos con un máximo de 400 euros.

"Cheque Guardería Mujer" de 150€/mensuales para mujeres desempleadas, víctimas de violencia de género o discapacitadas.

Se está desplegando progresivamente un programa de gratuidad de libros de texto para primaria y secundaria en colegios públicos y concertados.

Impuesto de transmisiones patrimoniales al 6% para familias numerosas cuando la renta familiar no supere los 30.000 euros más 12.000 por cada hijo a partir del cuarto, la compra de la nueva vivienda habitual se produzca dentro de los dos años siguientes al nacimiento del tercer hijo o posteriores y que en esos dos años se venda la anterior vivienda habitual.

Impuesto de actos jurídicos documentados al 0,50% para familias numerosas cuando la renta familiar no supere los 30.000 euros más 12.000 por cada hijo a partir del cuarto, la compra de la nueva vivienda habitual se produzca dentro de los dos años siguientes al nacimiento del tercer hijo o posteriores y que en esos dos años se venda la anterior vivienda habitual, si se tiene.

Ayuda de 100 euros mensuales a todas las madres con hijos menores de tres años a su cargo, que se amplía hasta los seis años en familias numerosas y en casos de minusvalías.

Deducción de 100 euros por cada hijo nacido o adoptado menor de tres años para rentas inferiores a 18.000 euros. Se amplía a 200 euros para las familias numerosas por el tercer hijo y sucesivos, ampliandose también hasta los seis años. Las familias con hijos discapacitados también recibirán esta ayuda hasta los seis años del niño.

Deducción de 240 euros por menor acogido hasta un máximo de 1.200.

Ayuda por acogimiento de hasta 405 euros al mes para aquellas familias con medios insuficientes o participantes en el programa de acogimientos familiares del gobierno de Cantabria.

Becas de guardería de hasta 720 euros anuales para las madres que no superen los 24.000 euros de renta si es individual o 36.000 si es conjunta en su última declaración. Estas ayudas son válidas tanto para gastos de guardería como para la contratación de cuidadores.

Becas para la adquisición de libros de texto de 100 euros para alumnos de primero a quinto de primaria y de 150 para alumnos de primero a tercero de secundaria en colegios públicos.

Impuesto de transmisiones patrimoniales al 5% para familias numerosas cuando sea para vivienda habitual.

Impuesto de actos jurídicos documentados al 0'3% para las familias numerosas.

Castilla La Mancha
Ayudas trimestrales durante los dos primeros años para partos o adopciones de dos o más niños.
La cuantía es de 285 euros al trimestre para partos o adopciones de dos hijos, 570 para tres y 960 para cuatro. Se añadirán 190 euros al trimestre por cada hijo a partir del quinto.

Deducción de 100 euros por cada hijo nacido o adoptado menor de tres años.

Ayuda directa de 35 euros al mes por cada hijo hasta que cumpla dieciocho años para las familias numerosas empadronadas en la comunidad al menos durante dos años y cuya renta no supere el límite establecido en la orden que regula esta ayuda. Por ejemplo, una familia con tres hijos no debería superar los 38.000 euros, o los 44.000 euros para familias con cuatro hijos.

Ayuda de hasta 7.000 euros anuales por reducir la jornada o pedir una excedencia por cuidado de menores.

El 50% de los gastos hasta un máximo de 1.200 euros anuales para guardería (pública o privada), comedor escolar, actividades de ampliación del horario escolar y contratación de cuidadores para hijos menores de ocho años.

Programa de gratuidad de libros similar al andaluz para primaria y secundaria en colegios públicos y concertados.

Se proporciona una ayuda por nacimiento que depende de la renta del solicitante:
  • Si es inferior a 21.305 euros: 601 euros para el primer hijo, 1.202 para el segundo y 1.803 para el tercero.
  • Si es superior a 21.305 euros: 300 euros para el primer hijo, 601 por el segundo y 901 por el tercero.
Si el niño tiene un nivel de discapacidad superior al 33%, se duplicará esta ayuda. En partos o adopciones múltiples esta cantidad se incrementará en función del número de niños (50% si son dos y 100% si son tres o más)

Deducción de 100 euros por cada hijo nacido o adoptado menor de tres años.

Ayuda de 300 euros anuales por cada hijo menor de dieciocho años para las familias numerosas con cuatro hijos o más y con límite de la renta familiar en 50.000 euros más 1.500 por hijo.

Por adopción internacional se aplica una deducción de 625 euros por cada hijo adoptado.

Ayuda para cubir los gastos producidos por una adopción nacional o internacional de menores de edad. Proporciona 784 euros para cubrir los gastos generados para la elaboración de los informes psicosociales, y hasta 3.000 para los gastos de adopciones internacionales.

Deducción por familia numerosa de 246 euros por familia más 110 euros por cada hijo a partir del cuarto. Si alguno de sus miembros tiene una discapacidad igual o superior al 65%, serán 492 euros.

Deducción por cuidado de hijos menores: incluye gastos de guardería y de personas empleadas para el cuidado de hijos menores, siempre y cuando estén dados de alta en la Seguridad Social. Un 30% de los gastos con un máximo de 315 euros.

Ayuda de 3.000 euros para los padres que se acojan a una reducción de jornada por cuidado de menores y de hasta 7.750 por excedencia por este mismo motivo.

Ayuda de hasta 750 euros para los padres que disfruten de parte del permiso de maternidad.

Ayudas de dos tercios del gasto en guardería hasta un máximo de 60 euros mensuales para las familias con renta inferior a 30.000 euros. Si la renta es inferior a 18.000 euros, el máximo se incrementa hasta 90 euros mensuales. Cubren los gastos de matrícula, cuotas mensuales e incluso gastos de comedor.

Becas para la adquisición de libros de texto de 116 euros para los alumnos de primaria, 136 para los alumnos de primero y segundo de secundaria (174 si es bilingüe) y 150 para los de tercero y cuarto de secundaria (195 si es bilingüe) Límite de renta familiar de 60.000 euros.

Impuesto de transmisiones patrimoniales al 4% para las familias numerosas siempre y cuando vendan su anterior vivienda habitual (si la tienen) en el plazo de un año con un límite de renta familiar de 37.800 euros más el mínimo personal y familiar y más 6.000 euros por cada hijo a partir del cuarto.

Impuesto de actos jurídicos documentados al 0'3% para las familias numerosas, siempre y cuando vendan su anterior vivienda habitual (si la tienen) en el plazo de un año con un límite de renta familiar de 37.800 euros más el mínimo personal y familiar y más 6.000 euros por cada hijo a partir del cuarto.

En Cataluña hay dos tipos de ayuda: por hijo a cargo y por parto o adopción múltiple. Por cada hijo menor de tres años a vuestro cargo se reciben 638 euros. En el caso de las familias numerosas o monoparentales serán 745 euros por cada menor de seis años. En caso de parto o adopción múltiple, se reciben 663 euros por parto/adopción doble, 1.020 si es triple, y 1.224 si son cuatro o más. A esta ayuda hay que sumarle otra si vuestra renta familiar no supera los 53.359,04 euros, en cuyo caso se reciben 2.448 euros, o si no supera los 38.113,6 euros serán 3.264.

Pueden deducirse 150 euros en la declaración individual de cada uno de los progenitores o 300 en la declaración conjunta.

La Generalitat proporciona ayudas de hasta 1.400 euros para las familias con rentas bajas para gastos de guardería. Por ejemplo, el límite para una familia con dos hijos es de 23.711 euros. Estas ayudas se gestionan a través del ayuntamiento en el que se encuentre la guardería.

Los centros públicos tienen subvenciones para incentivar la reutilización de libros de texto en los colegios públicos, de manera similar a Andalucía. No hay becas de libros.

Impuesto de transmisiones patrimoniales al 5% para las familias numerosas con renta familiar inferior a 30.000 euros más el mínimo personal y familiar y más 12.000 euros por cada hijo a partir del cuarto.

Extremadura
Se proporcionan 300 euros al mes hasta que el hijo cumpla un año de edad, 150 al mes hasta que cumpla los dos años de edad y 100 al mes hasta que cumpla los tres años de edad.

En el caso de partos múltiples, las cantidades anteriores se incrementarán en 50 euros al mes, durante todo el período de duración de la ayuda.

Deducción de 250 euros por cada menor acogido, siempre y cuando se conviva con él más de 183 días durante el año fiscal. Si el tiempo de convivencia es menor a 183 días pero mayor a 90, se aplicaría una deducción de 125 euros.

Bonificación del 20% en el impuesto de transmisiones patrimoniales para las familias numerosas (4,8%)

Hay un programa de préstamo de libros y material escolar similar al andaluz, para los alumnos de primaria o secundaria pertenecientes a familias numerosas, de rentas bajas o con beca escolar.

Galicia
Proporcionan 360 euros por cada hijo menor de tres años, siempre y cuando la renta total de la familia no supere los 22.000 o que ninguno de los miembros de la familia tenga que realizar la declaración de hacienda.
Una deducción de 300 euros por cada hijo nacido o adoptado, y 360 por hijo en caso de parto o adopción múltiple. Para rentas familiares entre 22.001 y 31.000 euros se aplicará una deducción durante los dos años posteriores al nacimiento o a la adopción de 300 euros por cada hijo. Para rentas inferiores a 22.000 euros, esta deducción será de 360 por hijo.

Deducción por familia numerosa de 250 euros, cuando se trate de categoría general y 400 si es categoría especial. Si alguno de sus miembros tiene una discapacidad igual o superior al 65%, la deducción anterior será de 500 y 800 euros respectivamente.

Deducción por cuidado de hijos menores: incluye gastos de guardería y de personas empleadas para el cuidado de hijos menores, siempre y cuando estén dados de alta en la Seguridad Social. Un 30% de los gastos hasta un máximo de 200 euros.

Ayuda directa de hasta 3.600 euros para los padres que se acojan a una reducción de jornada por cuidado de menores.

Ayuda de hasta 215€ mensual que cubre los gastos de guardería de los padres con renta mensual inferior a 1.000 euros que hayan solicitado una guardería pública y no se la hayan concedido, que vivan en una zona sin guarderías públicas, o que precisen horario de tarde (cuatro horas a partir de las tres de la tarde) Cubre los gastos de guardería y comedor.

Programa de gratuidad de libros de texto para alumnos de primaria y secundaria en centros públicos y concertados.

Islas Baleares
Ayuda por parto o adopción múltiple cuando la renta familiar (todos los ingresos de la familia) no supere los 48.950 euros. La cantidad a recibir sería de 150 euros mensuales durante nueve meses y 240 para tres o más.

Deducción de 400 euros por hijo adoptado nacional o internacionalmente, siempre que el hijo haya convivido desde la fecha de la adopción hasta el final del año fiscal.

Se proporciona el llamado "Bonus d'Infància", que consiste en una ayuda de 300 euros anuales (400 para las familias numerosas) para las familias con renta inferior a 28.945 euros (ver la resolución para ver cómo se debe calcular esta renta).

Becas para la adquisición de libros de texto de hasta 100 euros para alumnos de primaria y secundaria en colegios públicos y concertados. Se establece un límite de renta para poder solicitar estas becas.

Impuesto de transmisiones patrimoniales al 3% para familias numerosas cuando la venta se produzca dentro de los dos años siguientes al nacimiento del tercer hijo o posteriores, que en esos dos años se venda la anterior vivienda habitual, que el valor de la nueva vivienda no supere los 240.000 euros y su superficie sea al menos un 10% superior a la de la vivienda anterior sin superar los 150 metros cuadrados, que la renta de quien solicita esta reducción no supere los 18.000 euros en declaración individual o los 27.000 en conjunta y que se habite en la nueva vivienda al menos tres años, a no ser que se tengan más niños y se tenga que comprar otra.

Impuesto de actos jurídicos documentados al 0'5% para las familias numerosas, siempre y cuando la compra se produzca en los dos años siguientes al nacimiento del tercer hijo o sucesivos, que se venda su anterior vivienda habitual (si la tienen) en ese plazo, que el valor de la nueva vivienda no supere los 240.000 euros y su superficie sea al menos un 10% superior a la anterior sin superar los 150 metros cuadrados y que no se supere el límite de renta establecido.

La Rioja
Por cada hijo nacido o adoptado a partir del segundo se proporcionan 150 euros, cuando se trate del segundo y 180 cuando se trate del tercero y sucesivos. En caso de nacimientos múltiples, la deducción que corresponde a cada hijo se incrementará en 60 euros.

Ayuda por adopción internacional en función de los recursos de la unidad familiar de pago único.

Ayuda por acogimiento no preadoptivo, a no ser que se trate de un menor con una discapacidad mayor al 33%, sea mayor de seis años o sean varios hermanos. Esta ayuda se complementa con otra para los acogimientos de niños con problemas emocionales o de conducta.

Programa de gratuidad de libros de texto para primaria y secundaria en colegios públicos y concertados y 90 euros de beca de libros por alumno de primero y segundo de primaria.

Impuesto de transmisiones patrimoniales al 5% para familias numerosas que compren una casa para vivienda habitual.

Impuesto de actos jurídicos documentados al 0,5% para familias numerosas que compren una casa para vivienda habitual ó 0,4% si su valor es inferior a 150.253 euros.

Comunidad de Madrid
En Madrid se proporciona una ayuda de 200 euros por or parto o adopción a las familias numerosas, con algún incapacitado para trabajar o discapacitado (madre del 65% o superior o algún hijo del 33% o superior), monoparental por fallecimiento de uno de los progenitores, o con la madre en paro. Esta ayuda desaparece en 2.010.

Deducción de 600 euros por nacimiento o adopción si es el primer hijo, 750 si es el segundo y 900 por el tercero y sucesivos. Se incrementaría en 600 por cada hijo a partir del segundo en adopciones o partos múltiples. Esta deducción está limitada a rentas no superiores a 25.620 euros, en tributación individual, o a 36.200 en tributación conjunta.

Deducción del 10% de los gastos escolares de vuestros hijos hasta un límite de 500 euros por hijo, incluyendo gastos de matrícula, cuotas, gastos de uniformes y cursos de idiomas, ya sea como actividad escolar o extraescolar (a partir de 2.009)

Deducción de 600 euros por hijo en adopciones internacionales.

Por acogimiento familiar de menores cuando se conviva más de 183 días en el año fiscal se aplican las siguientes deducciones:
  • 600 euros por el primero
  • 750 por el segundo
  • 900 por el tercero y sucesivos
Ayudas por acogimiento de menores de hasta 15.600 euros al año para el acogimiento por familiares, en familias con la que no hay relación de parentesco o acogimientos de urgencia.

Beca de guardería universal en función de la renta, con un mínimo de 95€ durante once meses.

Becas para la adquisición de libros de 65 euros para alumnos de segundo y tercero del segundo ciclo de infantil, 104 para primaria y 110 para secundaria en colegios públicos o privados.

Impuesto de transmisiones patrimoniales al 4% para familias numerosas que compren una casa para vivienda habitual, y que la anterior vivienda habitual se venda en los dos años anteriores o posteriores.

Ayudas de hasta 5000 euros para partos y adopciones múltiples de tres o más hijos y para a las familias numerosas de categoría especial con seis o más hijos. Estas ayudas son anuales y su cuantía depende de la renta familiar y de los conceptos por los que se pide (alimentación, vestido, farmacia, guardería, etc.)

Ayuda por adopción internacional cuando esta se haya producido después del 1 de enero de 2.005, los solicitantes sean ciudadanos de la unión europea y no superen el límite de renta establecido por esta ayuda (en función del número de miembros de la familia)

Deducción por gastos de guardería para hijos menores de tres años que cubre el 15% de los gastos hasta un máximo de 200 euros.

Se proporciona el llamado "Peque-cheque", que es una ayuda para cubrir gastos de guardería de entre 50 y 100 euros para familias donde ambos padres trabajen, monoparentales o en situación de urgencia con una renta per cápita inferior a 12.000 euros.

Becas de libros de texto denominadas "Bono-libro" de 100 euros para alumnos de primero a cuarto de primaria y de 150 para los de primero a cuarto de secundaria en colegios públicos o concertados, sin límite de renta. El plazo de solicitudes es desde el 5 al 25 de junio de 2.009.

Impuesto de transmisiones patrimoniales al 4% para familias numerosas que compren la casa como vivienda habitual cuando la renta de la familia no supere los 40.000 euros más el mínimo personal y familiar y más 6.000 euros por hijo a partir del cuarto.


Ayuda de hasta 620,83€ anuales por cada hijo a partir del cuarto hasta que cumpla dieciocho años.

Ayuda anual de 413,89 euros por el cuarto hijo y sucesivos hasta que cumplan los dieciocho años para familias numerosas de categoría general y de 620,83 para las especiales. Esta ayuda tiene un límite de renta en función del número de hijos. Por ejemplo, 43.680 euros de límite para las familias que reciben ayudas por uno o dos hijos o 52.416 para las que reciben ayudas por tres hijos.

Ayuda directa de hasta 1.650 euros para las madres y 2.980 euros para los padres que se acojan a una reducción de jornada por cuidado de menores.

Deducción de 2.200 euros anuales por cada descendiente adoptado soltero menor de treinta años, siempre se conviva y no tenga rentas anuales superiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Se ampliaría hasta 4.000 euros en adopciones internacionales. Esta deducción es válida para el año de la adopción y los dos siguientes.

Becas de libros de 113 euros para alumnos de primero, segundo, quinto y sexto de primaria, y 137 para los de primero, segundo y tercero de secundaria en colegios públicos o concertados con límite de renta.Para el resto de cursos de primaria y secundaria hay un programa de gratuidad de libros.

País Vasco
Ayuda por nacimiento o adopción en función del nivel de renta familiar, y otra ayuda cuando el niño cumple años hasta el sexto año. Para el primer hijo serán entre 400 y 900 euros por nacimiento en función de la renta familiar. Para el segundo serán 1.100 por nacimiento y 400 cuando cumpla un año independientemente de la renta familiar. Para el tercero 1.100 por nacimiento, más otros 1.100 cuando cumpla uno, dos, tres y cuatro años, y 400 cuando cumpla cinco y seis.

Si además el niño tiene una discapacidad superior al 33%, las ayudas se duplicarán.

En los casos de parto o adopción múltiple de dos niños se proporciona una ayuda anual de 2.600€ hasta que los niños cumplan dos años y 1.200 hasta que cumplan nueve. 4.000€ hasta que cumplan dos años si son tres niños y 2.400 hasta los nueve. Si son más de tres niños, se añadirían 1.400€ por niño hasta los dos años y 1.200 hasta los nueve.

Por cada hijo se proporciona la siguiente deducción:
  • 479 euros anuales por el primero
  • 588 euros anuales por el segundo
  • 885 euros anuales por el tercero
  • 1.145 euros anuales por el cuarto
  • 1.561 euros anuales por el quinto y sucesivos
Estas deducciones aplican sobre todos los hijos dependientes, es decir, que convivan con los padres, no tengan ingresos y tengan menos de treinta años. Por cada hijo menor de seis años se añadirá una deducción de 261 euros anuales.
Ayuda de pago único por adopción internacional en función del número de niños adoptados y la renta familiar.

Ayuda directa de hasta 1.800 euros para las madres y 2.400 euros para los padres que se acojan a una reducción de jornada o excedencia por cuidado de menores.

Beca de guardería de hasta 1.440 euros para familias con renta inferior a 46.728 euros.

Amplio programa de becas para todos los estudios no universitarios, cubriendo gastos de cuotas de escolaridad, transporte, libros, residencia, comedor, compensación por no trabajar y para evitar el abandono escolar. También hay un programa de gestión solidaria de libros de texto para los centros públicos de primaria y secundaria.

Comunidad Valenciana
Deducción de 260 euros por cada hijo. Esta deducción puede ser aplicada en los dos ejercicios siguientes al de nacimiento o adopción siempre que la renta no sea superior a 26.711 euros en tributación individual o 43.210 en tributación conjunta. Si es un parto o adopción múltiple, se añadirían 214 euros. Si el niño tiene una discapacidad superior al 33% se añadirían 214 euros por el primer hijo y 265 por el segundo o posteriores.

Además si la madre trabaja, recibirá una deducción de 400 euros por cada hijo mayor de tres años y menor de cinco.

Deducción por familia numerosa de 200 euros, cuando se trate de categoría general y 455 euros, cuando se trate de categoría especial.

Deducción por cantidades destinadas a la custodia en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos menores de tres años. El 15% hasta un máximo de 255 euros.

Se proporciona el llamado "Bono Guardería" que consiste en una ayuda de hasta 295 euros mensuales durante diez meses.

Becas para la adquisición de libros para los alumnos en centros públicos y concertados de primaria (entre 122 y 132 euros) y secundaria (125 euros) y programa de gratuidad para primaria similar al andaluz.

Impuesto de transmisiones patrimoniales al 4% para familias numerosas cuando la compra de la nueva vivienda habitual se produzca dentro de los dos años siguientes al nacimiento del tercer hijo o posteriores, que en esos dos años se venda la anterior vivienda habitual, que la superficie de la nueva vivienda sea al menos un 10% superior a la de la vivienda anterior y que la renta de los habitantes de la vivienda no supere los 30.050 euros.

Impuesto de actos jurídicos documentados al 0,1% para familias numerosas cuando la compra de la nueva vivienda habitual se produzca dentro de los dos años siguientes al nacimiento del tercer hijo o posteriores, que en esos dos años se venda la anterior vivienda habitual, que la superficie de la nueva vivienda sea al menos un 10% superior a la de la vivienda anterior y que la renta de los habitantes de la vivienda no supere los 30.050 euros.

Artículos Relacionados



10 Comentarios:

Se viene... dijo...

Otra cosita...
Me entere que puedo juntar mis horas de lactancia en dias...Alguien sabe cuantos dias son???

Gracias.

Juan Delgado dijo...

Hola,

No hay una norma fija para calcular los días que te correponden. La ley sólo dice que debe haber un acuerdo entre la empresa y los sindicatos, si los hay (reflejado en el convenio), o que deberá llegar a un acuerdo contigo.

Lo normal es calcular el número de horas que te corresponderían y convertirlas en jornadas. Por ejemplo, ponte que vuelves cuando el niño tenga cinco meses. Te quedan cuatro meses en los que tienes una hora de lactancia. Suponiendo 22 días laborables al mes, te corresponderían 88 horas de lactancia, y por lo tanto 11 días. Menos no es aceptable, y en general te darán más días si hay algún tipo de acuerdo colectivo. Echa las cuentas tú, teniendo en cuenta tu situación personal, a ver qué te sale y consulta al departamento de RRHH de tu empresa, a ver qué te dicen.

Un saludo,
Juan

Unknown dijo...

Hola,
Dos temas:
-Lactancia, a mi me contaron media hora porque vivo en otra comunidad, con lo que fueron la mitado de los dias.
-Poneis que existen ayudas del 50% importe de guarderias en Castilla La Mancha, yo vivo en Guadalajara, he preguntado en asuntos sociales y me han dicho que no existe.
Si quieres algo te evaluan y ellos deciden. ¿Donde puedo mirarlo?
Gracias

Juan Delgado dijo...

Hola Noelia:

Respondo a tus dos consultas por orden:

- Lactancia: el estatuto de los trabajadores dice que te corresponde una hora al día o una reducción de jornada de media hora. Supongo que es por la reducción de media hora que te lo hicieron así.
- Ayudas de guardería: dependen del SEPECAM y todavía no ha salido la convocatoria de 2.010. Puedes ver la de 2.009 en la página de este organismo.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

No entiendo cuanta polemica con la jornada continua, cuando tendrian que estar de sol a sol trabajando los profesores,!Total para lo que hacen!La educación que les dan a nuestros hijos es pesima, mas vale que se levantaran de la silla y se pusieran las pilas, pues ahora mismo lo que estan creando los profesores es analfavetos y pequeños delincuentes.Mejor lo de antes, que por lo menos era por vocación y no como ahora que es por devoción! me llevo la pasta y que se apañen sus padres!

Paloma dijo...

Hola Juan, primero gracias por tu ayuda, y ahora tengo unas dudillas a ver si me ayudas; resido en Castilla la Mancha, pero tanto mi pareja como yo trabajamos en la Comunidad de Madrid, mi intención era solicitar una guardería de la comunidad de Madrid cerca de mi lugar de trabajo, pero si no estoy residiendo en esa Comunidad es imposible, no? Actualmente estoy empadronada en Madrid capital (por motivos personales hasta que nazca el bebé que no será hasta Octubre) luego pensaba volver a empadronarme en mi casa (CCMM) pero estoy viendo que si me quedo donde estaba quizá pueda optar por una plaza pública el año que viene en Madrid, no?

Gracias

Anónimo dijo...

vivo en la comunidad de castilla la mancha y me gustaria saber si hay ayudas para acogimiento familiar o por jornada reducida gracias

Anónimo dijo...

hola vivo en barcelona y tengo 4 hijos y la verdad que no tengo ni una paga solo la de hijo a cargo y no trabajamos ninguno de los dos alguien me podria decir si existe alguna paga para nosotros muchisimas gracias

Rosario dijo...

hola soy divorciada con 3 niños, a que ayudas tengo derecho y donde se tramitan por fa, trabajo y vivo con lo justo día a día vivo en alicante...dónde debo ir que oficina, aqui en san juan no me han ayudado en servicio social porque trabajo pero mi sueldo es bajo Laura, mi correo lauri_talledo@hotmail.com

Teresa dijo...

Soy de Castilla la mancha y quisiera saber donde puedo solicitar ayudas para guardería.ninguno de los apartados de la junta de comunidades me lleva al formulario de solicitud.gracias a quien me pueda ayudar.