martes, 3 de marzo de 2009

Ayuda por parto o adopción múltiple de la Seguridad Social

La Seguridad Social proporciona una ayuda para los partos o adopciones múltiples, independiente de la famosa ayuda de 2.500€ por nacimiento o adopción. Es una ayuda que pretende compensar los gastos que se producen en estos casos, y que se puede solicitar hasta cinco años después del nacimiento o la resolución de adopción.

¿Qué requisitos tiene?
  • Vivir en España y cotizar.
  • Parto o adopción múltiple, es decir, que el número de niños nacidos o adoptados sea dos o más. Si algún niño tuviera una discapacidad superior al 33%, contará doble. Esto quiere decir que cualquier parto o adopción de un niño con esta discapacidad se considera múltiple.
¿Cuánto dinero proporciona?

La cantidad es proporcional al número de niños nacidos o adoptados y se calcula a partir del Salario Mínimo Interprofesional (624€/mes en 2.009):
  • Dos: 2.496€ (4 x SMI)
  • Tres: 4.992€ (8 x SMI)
  • Cuatro o más: 7.488€ (12 x SMI)
¿Es compatible con las otras ayudas por nacimiento?

Es compatible con la ayuda por nacimiento (2.500€), y también con las ayudas que proporcionan las comunidades autónomas por parto o adopción múltiple.

¿Cómo se pide?

Se presentará la solicitud en cualquier oficina de hacienda, junto con la siguiente documentación:
  • DNI del padre y de la madre
  • Libro de familia
  • Certificado del padrón donde figuren los niños nacidos o adoptados
  • Tarjeta de identificación fiscal
Para más información, podéis consultar la página de la Seguridad Social que describe esta prestación.

Artículos Relacionados



Escribe tu comentario