Cuando el parto es múltiple, es decir tenéis de golpe dos o más hijos, las ayudas que proporciona la administración intentan aligerar la carga económica que esto provoca. Os cuento las ayudas que podríais percibir en este caso:
- A los 2.500 euros por nacimiento (multiplicar por el número de hijos) se añaden otros 2.500 por cada hijo nacido a partir del segundo. Esta ayuda se puede pedir hasta cinco años después del nacimiento, así que tal vez estéis a tiempo.
- El permiso maternal (dieciséis semanas) se amplia en dos semanas por cada hijo nacido a partir del segundo. Además, durante las seis primeras semanas multiplicaréis vuestro sueldo por el número de hijos.
- El permiso paternal (trece días) se amplía en dos días por cada hijo nacido a partir del segundo y si la familia es se convierte en numerosa (tres hijos o más), se amplía hasta veinte días.
- El permiso de lactancia se incrementará en una hora por cada hijo a partir del segundo, es decir, que en lugar de una hora al día, tendréis tantas como hijos hayáis tenido.
- Algunas comunidades autónomas proporcionan ayudas por parto o adopción múltiple: Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla La Mancha, Cataluña, Extremadura, Islas Baleares y Navarra
- Algunas comunidades autónomas aplican deducciones por este motivo: Andalucía, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Madrid
- Si la familia se convierte en numerosa, tendréis derecho a todas las ayudas que hay para estas familias
4 Comentarios:
Tengo una duda... estoy en situacion de reducción de jornada por guarda legal de mis trillizos que actualmente tienen 5 años.
Además, como tengo otra hija de 10 tengo reconocida la familia numerosa de categoria especial por lo que se supone que cotizare el 100% a la seguridad social 36 meses.
Mi pregunta es la siguiente, dado que son tres niños por los cuales tengo derecho a esa reducción de jornada, ¿ puedo solicitar la reducción de jornada individualmente por cada uno de ellos de manera que pueda seguir cotizando el 100%? Es decir, transcurridos los 36 meses de mi primera solicitud, ¿puedo cambiar el sujeto por el cual estoy en situación de guarda legal para seguir cotizando el 100% durante 36 meses mas?
Hola,
Entiendo que sí lo puedes hacer, aunque no estoy seguro al 100%. De hecho mi mujer va a hacer algo similar, pero con hijos nacidos con dos años de diferencia.
En cuanto a los 36 meses, si no me equivoco la cotización al 100% sólo es durante los dos primeros años. Mira el artítulo 180.3 de la ley de la seguridad social.
De todos modos, consúltalo con la seguridad social para que te lo confirmen. Ya me contarás que te dicen.
Un saludo,
Juan
Buenos dias, me gustaria hacerle una pregunta.
Estoy esperando mellizos para el mes de Junio y queria saber si la Comunidad de Madrid sigue dando alguna ayuda en estos momentos.
Si es asi, ¿podria descirme cual es la cantidad y donde deberia de solicitarla?
Muchas gracias,
Blanca Otamendi Ozores
Hola buenas tardes.
Soy Mercedes, tengo 40 años y estoy de 7 meses embaraza de mellizos. Mi situación económica es castastrofica.
Mi pareja esta actualmente está en paro y mi sueldo no es suficiente ni para pagar hipoteca y comer. Así que cada día mis dificultades van avanzando. Entonces por favor, le pido a todas las marcas comerciales de productos de bebés y personas voluntarias que deseen ayudarme que por favor me ayuden en lo que puedan. Porque un bebé necesita mucho así que imagínense dos.
Por favor necesito ayuda.
Un enorme saludo.
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