jueves, 22 de enero de 2009

El permiso de paternidad pasa a 20 días para las familias numerosas

Para aquellos de vosotros que tengáis o vayáis a tener el tercer hijo o posteriores este año 2009, el gobierno os ha ampliado el permiso de paternidad siete días.

Gracias a una enmienda de CIU a los presupuestos para este año 2009, se ha ampliado en siete días el permiso de paternidad para los siguientes casos:
  • Familias numerosas
  • Cuando en la familia haya un discapacitado
  • Familias monoparentales con dos hijos o más (pasan a ser consideradas familias numerosas
Esta medida ha entrado en vigor el día uno de enero de este año, ya que se ha incluido en los presupuestos generales del estado.

De este modo, el permiso de paternidad queda fijado en los dos días que establece el estatuto de los trabajadores, más dieciocho para los padres de estas familias y trece para el resto. En caso de parto o adopción múltiples se sumarían dos días por cada hijo a partir del segundo. Estos días no tienen porqué ser disfrutados a continuación de los dos días que establece el estatuto, sino que se pueden disfrutar en cualquier momento de las dieciséis semanas de permiso de la madre.

La ley de igualdad establece que el permiso de paternidad debe ampliarse a un mes, pero no dice cuando. Es un compromiso del PSOE para esta legislatura, que cuesta trabajo creer que vaya a cumplir en este contexto de crisis.

Si tenéis mucho tiempo, podéis consultar los presupuestos en el siguiente enlace.

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10 Comentarios:

asier dijo...

Hola Juan,
Tengo una duda sobre el permiso de paternidad. En caso de Trillizos el permiso es de 20 días (por ser familia numerosa) o de 24 días (por ser familia numerosa, 20, más 4 días por parto múltiple)??
Un saludo y gracias de nuevo.
Asier.

Juan Delgado dijo...

Hola Asier,

Yo entiendo que deberían ser 20+4 como tú dices. No he visto en ningún sitio que ambas medidas sean incompatibles. De todos modos, confírmalo con la Seguridad Social en su buzón de consultas, y luego nos cuentas, claro.

Un saludo y mucha paciencia con los tres,
Juan

Asier dijo...

Hola Juan, copio a continuación la respuesta del buzón de la Seguridad Social:
"Los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Estatuto de los
Trabajadores
y los trabajadores por cuenta propia, éstos tendrán derecho a la suspensión
del
contrato o permiso durante trece días naturales ininterrumpidos, pudiendo
ser
ampliados estos en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples
en
dos días más por cada hijo a partir del segundo.
Ampliación hasta 20 días.
La suspensión del contrato de trabajo por paternidad tendrá una duración de

veinte días en los siguientes supuestos:
1. Cuando el nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia
numerosa.
2. Cuando, con motivo del nuevo nacimiento, adopción o acogimiento, la
familia
adquiere o pueda adquirir la condición de familia numerosa.
3. Cuando exista dentro de la familia una persona discapacitada. A estos
efectos, se considerarán miembros de la familia, a los dos progenitores y a
los
hijos de ambos.
Ampliación en dos días más
La duración indicada se ampliará en el supuesto de parto, adopción o
acogimiento múltiple en dos días más por cada hijo a partir del segundo, o
si
uno de ellos es una persona con discapacidad(20+2+2)
--“En caso de parto múltiple y de adopción o acogimiento de más de un
menor,
realizados de forma simultánea, se concederá un subsidio especial POR CADA
HIJO, A PARTIR DEL
SEGUNDO, igual al que corresponda percibir por el primero, durante el
período
de 6 semanas, inmediatamente posteriores al parto o, cuando se trate de
adopción o acogimiento, a partir de la decisión administrativa o judicial
de
acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituya la
adopción” .
----
Por tanto, entiendo q según la respuesta de la SS el permiso de paternidad queda en 24 días (más 3 por el convenio de mi empresa). En cuanto al subsidio especial no me queda claro cuánto se cobra por el primero para poder multiplicarlo por 2, entiendo q se tiene q coger la base reguladora.
Gracias Juan.
Asier.

Juan Delgado dijo...

Hola Asier,

Yo también entiendo que son 24 días, y lo que cobrarás lo puedes estimar con esta calculadora que hice hace un tiempo.

Un saludo,
Juan

Jordi dijo...

hola Juan,

Primero de todo felicitarte por este blog tan y tan completo y actualizado. Quiero hacerte una consulta que no hemos podido resolver en la empresa dónde trabajo. Me referiré a "Pepe" como el amigo de un amigo para generalizar el caso.

primero: En breve Pepe tendrá un tercer hijo, por lo que le corresponden 20 días de paternidad a cargo de la SS (segun el Rd 249 /2009 capítulo III)

segundo: Pepe es empleado de una empresa pública en Cataluña. Se define que qualquier baja de paternidad es de cuatro semanas, segun el artículo 13 de la ley 8/2006 de la Generalitat para empleados públicos.

pregunta del millón: cuántos días corresponden a Pepe y cómo percibirá su sueldo mientras dure la baja?

Muchas gracias

Jordi dijo...

Respecto la pregunta anterior, el RD es el 295/2009, hay un error. disculpad

Juan Delgado dijo...

Hola Jordi,

Los empleados públicos se rigen por el estatuto básico del empleado público (equivalente al estatuto de los trabajadores) y por la legislación propia de cada comunidad autónoma. Este estatuto no recoge la ampliación a 20 días para familias numerosas que está recogido en la ley 2/2008 de 23 de diciembre, en su disposición adicional sexta. Si la legislación catalana amplía a un mes, tendrás que mirar qué dice de las familias numerosas, porque la verdad es que yo lo desconozco.

Durante este permiso (sea de 30 días o más) cobras de la Seguridad Social. En cualquier caso, consúltalo directamente con la Seguridad Social en su buzón de consultas.

Un saludo,
Juan

Unknown dijo...

Ola juan en la construcción cuantos días son

Penile Implant Surgery in India dijo...

Thank you, that was just an awesome post!!!

Penile Implant dijo...

Thanks for sharing that. It was fun reading it. :-)