- Si la madre tiene menos de 21 años en la fecha del nacimiento o adopción, no se exigen cotizaciones mínimas a la S.S.
- Si la madre tiene entre 21 y 26 años, tiene que haber cotizado al menos 90 días en los últimos siete años o 180 días en toda su vida laboral
- Si tiene más de 26 años, deberá haber cotizado al menos 180 días en los últimos siete años o 360 días en toda su vida laboral
El padre y la madre pueden disfrutar de esta baja simultáneamente y se puede acumular a los quince días del padre.
De esta forma se obtiene la mejor combinación para este caso. Además en Castilla y León hay una ayuda para las situaciones en las que la madre le cede todo o parte del permiso de maternidad al padre.
Podéis consultar todo esto en la página de la S.S. y en el artículo 48 del estatuto de los trabajadores.
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