A partir del próximo curso (2.009-10) los niños de Castilla y León que por alguna enfermedad no puedan ir al colegio durante un periodo más o menos prolongado tendrán un profesor que les dará clase en su casa, de forma que no pierdan todo ese tiempo. Es esta una medida innovadora, que me ha parecido que os podría interesar.
Como seguramente sabéis, en España la educación es obligatoria a partir de los cinco años y hasta los dieciséis, y las autoridades tienen la obligación de garantizar que el niño la recibe. Lo que casi nadie sabe que no es obligatorio que esta educación se realice en los centros dedicados a ello. Las leyes españolas permiten la educación en casa, aunque en la práctica es algo muy complicado, porque está sujeto a múltiples revisiones por parte del Ministerio de Educación para comprobar que el niño recibe la educación necesaria. Es bastante común que los padres que educan a sus hijos sin llevarles al colegio terminen siendo denunciados por las autoridades de asuntos sociales, aunque en la mayoría de los casos el juez les da la razón.
En Castilla y León no han querido regular este tipo de educación, sino pretenden asistir a los niños que por alguna enfermedad no pueden ir al colegio. Esto es especialmente grave en los casos de enfermedades crónicas, y termina siendo un problema económico para los padres, ya que siempre intentamos que el niño reciba la mejor educación posible. En esta comunidad proporcionarán a partir del 1 de septiembre de 2.009 un profesor particular para el niño, que se mantendrá en contacto con el colegio del niño y que impartirá las clases, e incluso le pondrá al niño los exámenes que los profesores del colegio le indiquen. El niño tiene que estar matriculado en el colegio, y cuando pueda volver continuará las clases con normalidad.
Lo curioso del tema es que según dice la orden que regula esta educación a domicilio, las clases las impartirán profesores de "entidades sin ánimo de lucro" o excepcionalmente personal de la Consejería de Educación. Entiendo que se refieren a ONGs y profesores de colegios públicos cuando no haya otros disponibles. Habrá que ver cómo se organiza esto cuando empiece a funcionar.
¿Cómo se pide?
Se presentará la solicitud en el colegio en el que esté matriculado el niño con la siguiente documentación:
Podéis consultar más información en la orden que regula la educación domiciliaria en esta comunidad.
Como seguramente sabéis, en España la educación es obligatoria a partir de los cinco años y hasta los dieciséis, y las autoridades tienen la obligación de garantizar que el niño la recibe. Lo que casi nadie sabe que no es obligatorio que esta educación se realice en los centros dedicados a ello. Las leyes españolas permiten la educación en casa, aunque en la práctica es algo muy complicado, porque está sujeto a múltiples revisiones por parte del Ministerio de Educación para comprobar que el niño recibe la educación necesaria. Es bastante común que los padres que educan a sus hijos sin llevarles al colegio terminen siendo denunciados por las autoridades de asuntos sociales, aunque en la mayoría de los casos el juez les da la razón.
En Castilla y León no han querido regular este tipo de educación, sino pretenden asistir a los niños que por alguna enfermedad no pueden ir al colegio. Esto es especialmente grave en los casos de enfermedades crónicas, y termina siendo un problema económico para los padres, ya que siempre intentamos que el niño reciba la mejor educación posible. En esta comunidad proporcionarán a partir del 1 de septiembre de 2.009 un profesor particular para el niño, que se mantendrá en contacto con el colegio del niño y que impartirá las clases, e incluso le pondrá al niño los exámenes que los profesores del colegio le indiquen. El niño tiene que estar matriculado en el colegio, y cuando pueda volver continuará las clases con normalidad.
Lo curioso del tema es que según dice la orden que regula esta educación a domicilio, las clases las impartirán profesores de "entidades sin ánimo de lucro" o excepcionalmente personal de la Consejería de Educación. Entiendo que se refieren a ONGs y profesores de colegios públicos cuando no haya otros disponibles. Habrá que ver cómo se organiza esto cuando empiece a funcionar.
¿Cómo se pide?
Se presentará la solicitud en el colegio en el que esté matriculado el niño con la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud: lo podéis imprimir directamente del anexo I de la orden que regula este tema
- Informe médico indicando la enfermedad y la duración estimada de la convalecencia domiciliaria
- Autorización para que el profesor entre en casa del alumno: lo podéis imprimir del anexo II de la orden que regula este tema
- Autorización para que el profesor pueda permanecer en vuestra casa con vuestro hijo: lo podéis imprimir del anexo III de la orden que regula este tema
- Original y fotocopia del DNI del padre, madre o tutor
- Original y fotocopia del libro de familia
Podéis consultar más información en la orden que regula la educación domiciliaria en esta comunidad.
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