jueves, 12 de febrero de 2009

Cómo solicitar plaza en una guardería pública

Atención: Ya está publicado el procedimiento para solicitar plaza en el curso 2.010-11.

En cualquier caso, os cuento cómo funcionó el año pasado.

Plazos del proceso

En 2.008 los plazos del proceso de admisión de nuevos alumnos fueron los siguientes:
  1. Plazo de presentación de solicitudes: del 15 al 30 de abril de 2008
  2. Publicación de listas provisionales: 23 de mayo de 2008
  3. Plazo de reclamaciones: del 26 al 28 de mayo de 2008
  4. Publicación de listas definitivas: 10 de junio de 2008
  5. Formalización de matrícula: del 11 al 24 de junio de 2008
Podéis apuntaros al servicio de alertas de la comunidad de Madrid, que os avisará de cuando se abra el plazo de presentación de solicitudes.

¿Quienes pueden pedir una plaza?

Para pedir una plaza, o para tener esperanzas de conseguirla, se deben cumplir los siguientes requisitos:
  • El niño ha debido nacer antes del final del periodo de matriculación. El año pasado este periodo terminó el 24 de junio.
  • El niño debe tener al menos tres meses en el momento de la incorporación.
  • Los padres deben residir en la comunidad de Madrid
¿Qué centros os corresponden?

Para saber qué centros os corresponden, podéis consultar el portal escolar de la comunidad de Madrid, donde insertando vuestro domicilio o la dirección de vuestro trabajo os proporcionará la lista de las guarderías públicas o privadas sostenidas con fondos públicos que hay en la zona. Además os indicará los puntos que os corresponden en dichas guarderías, ya que en principio podéis pedir plaza en cualquier guardería pública.

¿Cuándo se inicia el proceso de admisión de niños?

Cada guardería publica en su tablón de anuncios el número de vacantes disponibles en el mes de abril. El año pasado fue el 15 de abril.

Las solicitudes se presentan a continuación, en un plazo de quince días, más o menos. El año pasado el plazo fue desde el 15 al 30 de abril. Una vez finalizado el plazo, se dispone de diez días para completar la documentación aportada con la solicitud.

¿Cómo se pide una plaza?

Generalmente bastará con solicitar la plaza en una guardería de cada distrito o municipio, es decir, presentar la solicitud en una guardería cerca de vuestra casa. También cerca del trabajo y si sois optimistas en cualquier otro distrito. En esta solicitud indicaréis la guardería preferida y las alternativas priorizadas, en caso de que no os den la plaza en la primera.

El formulario de solicitud os lo proporcionarán en la guardería, o también lo podéis descargar de la página web de admisión de alumnos de la comunidad de Madrid.

¿Qué documentación hay que presentar?

Se debe presentar la siguiente documentación:
  • Certificado de la empresa empleadora o la última nómina, con especificación de la jornada laboral, de cada uno de los padres.
  • En la solicitud se autoriza a la administración a que consulte los datos de hacienda correspondientes a la declaración de dos años antes. El año pasado se consultaba la de 2.006 y este año será la de 2.007.
  • Fotocopia del libro de familia
  • Documentación que acredite cualquier situación familiar especial (familia numerosa, monoparental, adopción, etc.)
  • Certificado o volante padronal (en Madrid capital no es necesario, se autoriza a la administración a que consulte esta información)
  • Certificado del lugar de trabajo
La puntuación que os corresponda dependerá de si trabajáis ambos, distancia de la guardería a casa o trabajo, situación familiar (familia numerosa, si hay otro hermano en el mismo centro, minusvalías, etc.), renta en el 2.007 (para el curso 2.009-10). Por ejemplo, os darían siete puntos por trabajar ambos a tiempo completo, y cinco si es a tiempo parcial, dos por familia numerosa, cero si la renta per cápita supera los 13.415 euros, tres por vivir cerca de la guardería, etc.

¿Cuánto cuesta?

Para el curso 2.009-10 no hay precios todavía, os pongo los conceptos por los que se cobra en el curso actual:
  • Cuota mensual: entre 45 y 135€ en función de la renta per cápita, que corresponden a siete horas diarias de permanencia en la guardería.
  • Prolongación de la jornada: 11,80€ por cada media hora.
  • Comedor: 88€.
Podéis consultar el listado completo de precios del curso 2.008-9 aquí.

La información detallada del proceso de admisión del año pasado esta en la página web de la comunidad de Madrid.

También podéis consultar la orden que reguló la admisión el año pasado en la página del boletín oficial de la comunidad de Madrid.

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10 Comentarios:

Anónimo dijo...

Primero decirte que tu blog es genial me ha rsuelto muchas dudas.
Mi pregunta es la siguiente, yo estoy empadronada en un pueblo de la sierra, pero mi marido sigue empadronado en casa de sus padres en Madrid capital, como se nos catalogaria tendremos problemas para solicitar guarderia aunque yo la quiera solicitar no por domicilio particular sino por laboral. Por ultimo yo estoy con jornada reducida por cuidado de un menor se consideraria jornada parcial o completa.
Muchas gracias

Juan Delgado dijo...

Hola. Muchas gracias por la felicitación, me alegro de que te haya ayudado. En cuanto a lo que me preguntas, para solicitar guardería cerca de tu trabajo te piden un informe de tu empresa que certifique dónde trabajas, no el volante del padrón, por lo que no creo que tengas ningún problema. En cualquier caso y para asegurarte, consúltalo en el buzón de la comunidad:

o en el 012.

En cuanto a lo de la reducción, si es por guarda legal y llevas menos de dos años, en tu certificado de vida laboral no debe aparecer reducción alguna. Míralo, el campo se llama CTP (contrato tiempo parcial), y si está bien, debería aparecer sin rellenar (---) Si está mal, pondrá el porcentaje. Si es así, pídele a tu empresa que lo corrija. A mi mujer le pasó lo mismo, y fue cosa de una mañana. Eso sí, tardaron bastante en ir, y en reunir los papeles que necesitaban, pero eso ya es una cuestión de competencia...

Un saludo,
Juan

Juan Delgado dijo...

Perdón, no he puesto el enlace al artículo que habla del buzón de la comunidad:

http://nenesyburocracia.blogspot.com/2009/03/servicio-de-alertas-de-la-comunidad-de.html

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Muchas gracias nuevamente por tu ayuda que sigas haciendo este blog tan cercano y tan claro, ya te informaré si lo hemos conseguido.

Un saludo

Anónimo dijo...

Hola mi esposo trabajo y yo no. Quiero pedir plaza para mi niño de 2 años en la guarderia cercana a mi domicilio (hay 32 plazas nuevas para los niños que nacieron en 2007,como mi niño), actualemente stoy embarazada pero me han dicho que no me da puntos mi estado. Quiero saber si tendremos posibilidades aunque yo no trabaje. Gracias!

Juan Delgado dijo...

Hola, las situaciones que dan puntos son las siguientes:
- Trabajar ambos padres a jornada completa: 7 puntos
- Trabajar ambos padres a tiempo parcial: 5 puntos
(hasta aquí tú no tienes puntos)
- ingresos de la familia: divide los ingresos que aparezcan en la declaración de 2.007, o si no la hicisteis, los ingresos que tuvieseis entonces entre el número de miembros de tu familia. Entiendo que sois tres. Si lo que te sale es menos de 1.397 euros, tienes 5 puntos, si es menos de 2.796 son 4,5 puntos, 4.193 -> 4 puntos, 5.591 -> 3,5 puntos, 6.989 -> 3 puntos, 8.386 -> 2,5 ...
- Si hay hermanos en la guardería que pides
- Si alguno trabajáis en esa guardería -> 0,5 puntos
- Familia numerosa -> entre 2 y tres puntos
- Adopción, acogimiento, parto múltiple, discapacidad -> 1 punto
- Proximidad -> 3 puntos

Como verás, y si no me equivoco tú sólo tendrías puntos por renta (hasta un máximo de 5) y por proximidad (3), mientras que alguien que trabajen ambos tienen 7 más los 3 de proximidad, más los que sean por otras circunstancias.

No me enrollo más, lo veo difícil, pero yo lo pediría de todos modos. El no ya lo tienes, y tal vez tengas suerte.

Anónimo dijo...

KARINA

HOLA QUIERO SOLICITAR LA GUARDE `PARA MI NIÑA DE 2 AÑOS EL PROBLEMA ES QUE MI MARIDO TRABAJA PERO NO TIENE PAPELES Y ALIGUAL YO AUNQUE TENGO PAPELES TRABAJO PERO NO ME PAGAN LA SEGURIDAD SOCIAL DIME HAY ALGUNA MANERA DE DEMOSTRAR QUE TRABAJAMOS Y ASI PODER TENER PUNTOS POR ELLO .

Juan Delgado dijo...

Hola,

Este año el plazo para pedir guardería terminó el día 4 de mayo, por lo que tendrás que esperar al año que viene o tener suerte y que abran una nueva guardería en tu zona. Puedes consultar este artículo para ver qué guarderías van abriendo y cuándo.

En cualquier caso, en las normas para este año, era necesario estar dado de alta en la seguridad social o en una mutua, que es parecido. Por lo que me comentas, creo que no tendríais puntos por trabajar ambos.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

me gustaria saver si influye el estar casado o no.

Anónimo dijo...

Hola.Estoy embarazada de 3 meses,me gustaria saber cuando podria solcitar una plaza para la Escuela Infantil(PUBLICA).Gracias