Actualización: Se han publicado hoy, 26 de octubre de 2009 las listas definitivas de admitidos y excluidos.
Actualización: Se han publicado hoy, 14 de septiembre de 2009 las listas provisionales de admitidos y excluidos.
Como prometí el viernes, hoy os voy a contar cómo y cuándo se piden las becas de guardería de la Comunidad de Madrid, qué requisitos hay y cuánto dinero proporcionan en caso de que os la otorguen. No hay muchas diferencias con la convocatoria del año pasado, siendo el presupuesto ligeramente superior: 33,7 millones de euros para este año contra 33,67 del año pasado.
¿Cuándo se piden?
El plazo de presentación de solicitudes comienza este lunes, día 29 de junio de 2.009 y termina el viernes 14 de julio de este mismo año, ambos incluidos. En realidad en la convocatoria dice quince días hábiles desde el sábado 27 de junio, lo que según mis cuentas se prolongaría hasta el día 17 de julio. Sin embargo, para la Comunidad de Madrid los días hábiles incluyen los sábados no festivos, por lo que es hasta el 14 de julio.
Como viene siendo habitual, no se indica cuándo se publicarán las listas provisionales, aunque sí que el plazo de reclamaciones es de diez días a partir de la fecha de publicación de las mismas. Habrá que estar atentos, porque suelen cometer bastantes errores. El año pasado tardaron algo más de un mes y medio desde el final del plazo de solicitudes hasta que publicaron esta lista, el 18 de julio. Si este año tardan lo mismo, saldrán ya en septiembre.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Los únicos requisitos son que el niño esté matriculado en una guardería privada para el curso 2.009-10 y que haya nacido para el final del plazo de solicitudes, es decir, deberá haber nacido antes del 14 de julio de 2.009. Si no ha nacido todavía, pero está apunto de hacerlo, podéis presentar la solicitud, y cuando nazca, llevar el libro de familia actualizado, siempre y cuando lo haya hecho antes del 14 de julio. Si todavía está abierto el plazo de solicitudes, lo podéis presentar entonces y si no, durante el plazo de alegaciones a las listas provisionales.
¿Cómo se piden?
Debéis presentar la siguiente documentación (no tenéis por qué ir en persona, puede ir cualquiera con la documentación que os indico):
¿Qué proporcionan?
La cantidad varía en función de la renta per cápita de vuestra familia, es decir, de la suma de todos los ingresos familiares, dividida entre el número de miembros:
El año pasado los límites de renta fueron algo superiores: a partir de 15.000 euros te correspondían 95 euros, y luego iba bajando proporcionalmente hasta los 5.000, con los que te correspondían 160 euros.
Podéis consultar más información en la página de la consejería de educación de la comunidad o en la orden que regula estas ayudas.
Actualización: Se han publicado hoy, 14 de septiembre de 2009 las listas provisionales de admitidos y excluidos.
Como prometí el viernes, hoy os voy a contar cómo y cuándo se piden las becas de guardería de la Comunidad de Madrid, qué requisitos hay y cuánto dinero proporcionan en caso de que os la otorguen. No hay muchas diferencias con la convocatoria del año pasado, siendo el presupuesto ligeramente superior: 33,7 millones de euros para este año contra 33,67 del año pasado.
¿Cuándo se piden?
El plazo de presentación de solicitudes comienza este lunes, día 29 de junio de 2.009 y termina el viernes 14 de julio de este mismo año, ambos incluidos. En realidad en la convocatoria dice quince días hábiles desde el sábado 27 de junio, lo que según mis cuentas se prolongaría hasta el día 17 de julio. Sin embargo, para la Comunidad de Madrid los días hábiles incluyen los sábados no festivos, por lo que es hasta el 14 de julio.
Como viene siendo habitual, no se indica cuándo se publicarán las listas provisionales, aunque sí que el plazo de reclamaciones es de diez días a partir de la fecha de publicación de las mismas. Habrá que estar atentos, porque suelen cometer bastantes errores. El año pasado tardaron algo más de un mes y medio desde el final del plazo de solicitudes hasta que publicaron esta lista, el 18 de julio. Si este año tardan lo mismo, saldrán ya en septiembre.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Los únicos requisitos son que el niño esté matriculado en una guardería privada para el curso 2.009-10 y que haya nacido para el final del plazo de solicitudes, es decir, deberá haber nacido antes del 14 de julio de 2.009. Si no ha nacido todavía, pero está apunto de hacerlo, podéis presentar la solicitud, y cuando nazca, llevar el libro de familia actualizado, siempre y cuando lo haya hecho antes del 14 de julio. Si todavía está abierto el plazo de solicitudes, lo podéis presentar entonces y si no, durante el plazo de alegaciones a las listas provisionales.
¿Cómo se piden?
Debéis presentar la siguiente documentación (no tenéis por qué ir en persona, puede ir cualquiera con la documentación que os indico):
- Certificados de vida laboral de ambos padres (se pueden pedir en la página de la Seguridad Social con o sin certificado de la FNMT - sin certificado tardan diez días en enviartelo a casa): deben haber sido emitidos a partir de marzo de 2.009. Para comprobar vuestra jornada laboral, comprueban el campo C.T. (Contrato de Trabajo) que indica el tipo de contrato que tenéis. Podéis consultar la lista de códigos y su consideración de jornada completa o parcial en la página de la Seguridad Social, y tened en cuenta que los contratos fijos/discontinuos se consideran como a tiempo parcial. Las o los que tengáis jornada reducida por guarda legal, durante los dos primeros años de esta reducción deberá aparecer como si estuvierais trabajando vuestra jornada completa.
- Formulario de solicitud (2009-10): si ya lo tenéis impreso, comprobad que es el de 2.009-10, que por error he tenido un día el enlace al formulario del año pasado. Llevad dos copias para que os den una como recibo del trámite. El formulario vale para dos hermanos, no hace falta que llevéis todo por duplicado.
- Certificado de reserva de plaza de la guardería (te lo dan en la guardería)
- Original y fotocopia del libro de familia. Si ya pedisteis esta beca el año pasado y no ha habido variaciones desde entonces, no es necesario que lo aportéis.
- Original y fotocopia del título de familia numerosa, si aplica. Si este título os lo han dado en la Comunidad de Madrid, bastará con que pongáis el número en el impreso de solicitud.
- Original y fotocopia del certificado de minusvalía de padre, madre o hermano, si alguno tiene una discapacidad superior al 33%.
- Documentación que acredite otras situaciones familiares que den puntos, por ejemplo, un divorcio o separación, un acogimiento, etc. Más información en la orden que regula esta ayuda, donde se indica qué situaciones dan puntos.
¿Qué proporcionan?
La cantidad varía en función de la renta per cápita de vuestra familia, es decir, de la suma de todos los ingresos familiares, dividida entre el número de miembros:
- 95 euros si la renta per cápita es superior a 10.000 euros
- 130 euros si está entre 5.000 y 10.000
- 160 euros si es inferior a 5.000 euros
El año pasado los límites de renta fueron algo superiores: a partir de 15.000 euros te correspondían 95 euros, y luego iba bajando proporcionalmente hasta los 5.000, con los que te correspondían 160 euros.
Podéis consultar más información en la página de la consejería de educación de la comunidad o en la orden que regula estas ayudas.
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