domingo, 28 de junio de 2009

Becas de guardería en Madrid para 2.009-10

Actualización: Se han publicado hoy, 26 de octubre de 2009 las listas definitivas de admitidos y excluidos.

Actualización
: Se han publicado hoy, 14 de septiembre de 2009 las listas provisionales de admitidos y excluidos.

Como prometí el viernes, hoy os voy a contar cómo y cuándo se piden las becas de guardería de la Comunidad de Madrid, qué requisitos hay y cuánto dinero proporcionan en caso de que os la otorguen. No hay muchas diferencias con la convocatoria del año pasado, siendo el presupuesto ligeramente superior: 33,7 millones de euros para este año contra 33,67 del año pasado.

¿Cuándo se piden?
El plazo de presentación de solicitudes comienza este lunes, día 29 de junio de 2.009 y termina el viernes 14 de julio de este mismo año, ambos incluidos. En realidad en la convocatoria dice quince días hábiles desde el sábado 27 de junio, lo que según mis cuentas se prolongaría hasta el día 17 de julio. Sin embargo, para la Comunidad de Madrid los días hábiles incluyen los sábados no festivos, por lo que es hasta el 14 de julio.

Como viene siendo habitual, no se indica cuándo se publicarán las listas provisionales, aunque sí que el plazo de reclamaciones es de diez días a partir de la fecha de publicación de las mismas. Habrá que estar atentos, porque suelen cometer bastantes errores. El año pasado tardaron algo más de un mes y medio desde el final del plazo de solicitudes hasta que publicaron esta lista, el 18 de julio. Si este año tardan lo mismo, saldrán ya en septiembre.

¿Qué requisitos hay que cumplir?
Los únicos requisitos son que el niño esté matriculado en una guardería privada para el curso 2.009-10 y que haya nacido para el final del plazo de solicitudes, es decir, deberá haber nacido antes del 14 de julio de 2.009. Si no ha nacido todavía, pero está apunto de hacerlo, podéis presentar la solicitud, y cuando nazca, llevar el libro de familia actualizado, siempre y cuando lo haya hecho antes del 14 de julio. Si todavía está abierto el plazo de solicitudes, lo podéis presentar entonces y si no, durante el plazo de alegaciones a las listas provisionales.

¿Cómo se piden?
Debéis presentar la siguiente documentación (no tenéis por qué ir en persona, puede ir cualquiera con la documentación que os indico):
  • Certificados de vida laboral de ambos padres (se pueden pedir en la página de la Seguridad Social con o sin certificado de la FNMT - sin certificado tardan diez días en enviartelo a casa): deben haber sido emitidos a partir de marzo de 2.009. Para comprobar vuestra jornada laboral, comprueban el campo C.T. (Contrato de Trabajo) que indica el tipo de contrato que tenéis. Podéis consultar la lista de códigos y su consideración de jornada completa o parcial en la página de la Seguridad Social, y tened en cuenta que los contratos fijos/discontinuos se consideran como a tiempo parcial. Las o los que tengáis jornada reducida por guarda legal, durante los dos primeros años de esta reducción deberá aparecer como si estuvierais trabajando vuestra jornada completa.
  • Formulario de solicitud (2009-10): si ya lo tenéis impreso, comprobad que es el de 2.009-10, que por error he tenido un día el enlace al formulario del año pasado. Llevad dos copias para que os den una como recibo del trámite. El formulario vale para dos hermanos, no hace falta que llevéis todo por duplicado.
  • Certificado de reserva de plaza de la guardería (te lo dan en la guardería)
  • Original y fotocopia del libro de familia. Si ya pedisteis esta beca el año pasado y no ha habido variaciones desde entonces, no es necesario que lo aportéis.
  • Original y fotocopia del título de familia numerosa, si aplica. Si este título os lo han dado en la Comunidad de Madrid, bastará con que pongáis el número en el impreso de solicitud.
  • Original y fotocopia del certificado de minusvalía de padre, madre o hermano, si alguno tiene una discapacidad superior al 33%.
  • Documentación que acredite otras situaciones familiares que den puntos, por ejemplo, un divorcio o separación, un acogimiento, etc. Más información en la orden que regula esta ayuda, donde se indica qué situaciones dan puntos.
Todo esto hay que llevarlo a cualquier registro la dirección de área territorial. Podéis consultar la lista en la siguiente página, y tened en cuenta que en julio y agosto hacen jornada intensiva (de nueve a dos). También podéis llevarlo a una oficina de la ventanilla única, pero no os lo recomiendo para este trámite, porque son muy quisquillosos y os pueden tirar para atrás por cualquier detalle. En la ventanilla única simplemente tramitan, por lo que no os enteraríais hasta que os hayan rechazado, y deberíais reclamar.

¿Qué proporcionan?
La cantidad varía en función de la renta per cápita de vuestra familia, es decir, de la suma de todos los ingresos familiares, dividida entre el número de miembros:
  • 95 euros si la renta per cápita es superior a 10.000 euros
  • 130 euros si está entre 5.000 y 10.000
  • 160 euros si es inferior a 5.000 euros
Estas cantidades se proporcionan en forma de una chequera con once cheques por la cantidad que os acabo de indicar. Esta chequera se le envía a la guardería directamente y vosotros únicamente tendréis que firmar los cheques.

El año pasado los límites de renta fueron algo superiores: a partir de 15.000 euros te correspondían 95 euros, y luego iba bajando proporcionalmente hasta los 5.000, con los que te correspondían 160 euros.

Podéis consultar más información en la página de la consejería de educación de la comunidad o en la orden que regula estas ayudas.

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18 Comentarios:

Anónimo dijo...

La renta per cápita es renta bruta o neta?

Juan Delgado dijo...

La renta per cápita se calcula aplicando la siguiente fórmula a la declaración del IRPF (casillas):

450 + 452 - 454 + 457 + 460

Se sumará el resultado de esta fórmula para cada uno de los miembros que tengan ingresos y se dividirá entre el número de miembros.

Juan Delgado dijo...

Se me olvidaba decir que es la declaración de 2.007.

Unknown dijo...

La casilla que se mira en la vida laboral es la CT, pero el 100 no significa el 100% sino que el contrato es indefinido. El porcentaje de jornada se indica en la columna CTP en caso de que no se haga el 100% de la jornada laboral.

El plazo es el 14 de Junio, porque se cuentan 15 días hábiles desde el mismo día de la publicación. En este caso al publicarse el 27 de Junio, y teniendo en cuenta que los sábados SON HÁBILES, el día 15 de presentación es el 14 de Junio (en algunos sitios has puesto el 14 de Julio)

Unknown dijo...

Sí que es el 14 de Julio... no sé ni en que mes estoy....

Juan Delgado dijo...

Hola,

Tienes razón en lo del CT y el CTP, ha sido un lapsus, y lo corrijo.

En cuanto al tema de los días hábiles, en la orden dice 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación, es decir, a partir del 28 de junio, sábado. Yo creía que los días hábiles eran de lunes a viernes y los laborables de lunes a sábado, pero tal vez para la administración es de otra manera. Si cuentas los sábados, sí que sale el 14 como último día.

Mami dijo...

Juan, muchas gracias por toda la información. Al final he llegado de vacaciones justo al inicio del plazo ;)

Sólo una cosa: el enlace al formulario es el del curso pasado... ¿no hay uno nuevo para este año? Me he dado cuenta después de rellenarlo, pero como pone curso 2008/2009, y en la fecha de firma también 2008, y son tan "pijoteros"...No me fío!!! ;)

Gracias por todo

Juan Delgado dijo...

Hola,

Tienes toda la razón del mundo, ha sido un error, y ya lo he corregido. Lo siento y gracias, que yo voy esta tarde y llevaba los formularios del año pasado.

Un saludo,
Juan

Mami dijo...

Gracias a ti!!!

Otro comentario: acabo de solicitar mi vida laboral para que me la envíen a mi domicilio por correo postal, y cuidado!!! porque me han advertido en la S.S. que tarda en llegar más de 10 días!!!! Conclusión: me toca hacerme el certificado digital para poderlo obtener por Internet, porque también me han dicho que ya no dan el informe en mano... Ay que jorobarse, menudo rollo!!!!

Juan Delgado dijo...

Si tienes el dni nuevo, el que tiene el chip, ya tienes certificado de la fnmt. Sólo necesitas un lector.

Juan Delgado dijo...

Me han contestado de la Comunidad de Madrid sobre el tema de los días hábiles:

"Según este decreto los sábados no festivos son días hábiles, por lo tanto, el plazo de finalización de solicitud de las Becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados autorizados curso 2009/2010 es el 14 de julio."

Así que ya sabéis.

Carlos dijo...

La url del formulario para este curso es:

http://gestiona.madrid.org/i012_impresos/run/j/VerImpreso.icm?CDIMPRESO=IMPRE37409


Salu2 ;-)

Anónimo dijo...

Hola a todos:

Tengo una duda sobre dónde entregar el formulario, ya que en la convocatoria aparece el comentario que se debe presentarde en el DAT donde esté matriculado el niño/a. Luego si está matriculado en Alcobendas te toca presentar documento en el DAT norte. Esto es así o lo puedes presentar en cualquier DAT?

DAT: Dirección de Area Territorial.

Gracias

Juan Delgado dijo...

Hola,

Puedes entregarla en cualquier Registro de la Comunidad. Lo que tú comentas es lo que pone en la página de educación. Si te lees el texto de la convocatoria:

http://tinyurl.com/l3gw33

Dice literalmente esto:

"Las solicitudes habrán de entregarse debidamente cumplimentadas en el Registro de
la Dirección de Área Territorial correspondiente al centro escolar en el que el alumno
esté matriculado o en el Registro General de la Comunidad de Madrid o en los registros
de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado ..."

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola, mi hijo nacerá en agosto y ya tengo hecha la reserva de plaza en una guardería en madrid. Si no he entendido mal, ¿quedará fuera de cualquier ayuda de becas para este curso 2009-2010?? aunque sólo sea por nacer 1 mes después irá a la guardería en las mismas fechas que los nacidos en julio....
Gracias!!

Juan Delgado dijo...

Sí, no tiene mucho sentido, pero es así. Cualquier niño nacido después del 14 de julio de 2.009 no tiene derecho a las becas de guardería para el curso 2.009-10.

Lo siento,
Juan

Anónimo dijo...

por favor tengo ciertas dudas con los documentos que hay que entregar, el libro de familia hay que entregarlo compulsado? el DNI me imagino que es el de los padres no?
si no me llega a tiempo el documento de vida laboral que puedo hacer?
cuando se puede reclamar?
muchas gracias

Juan Delgado dijo...

Hola,

Siento haber tardado tanto en responder. Estaba de vacaciones.

Los documentos te los compulsan en cualquier registro donde vayas a presentar la solicitud. El DNI no hace falta presentarlo, y el documento de vida laboral lo puedes imprimir a través de internet si tienes el certificado de la fnmt. Es mucho más rápido hacerlo así, que pedirlo. Si no llega a tiempo, yo intentaría presentar la solicitud sin él, y luego en el periodo de reclamaciones aportarlo. Este periodo es de diez días hábiles (incluye sábados no festivos) desde el día en el que se publiquen las listas provisionales. No sabemos cuándo será esto.

Un saludo,
Juan