lunes, 8 de junio de 2009

Embarazadas y lactantes en las mesas electorales

Este fin de semana he escuchado en la radio a una mujer que consultaba si el dar el pecho a su hijo la libraría o no de ser miembro de una mesa electoral. Curiosamente, en la radio no supieron darle una respuesta, y es que es un tema que está muy poco definido. He estado investigando y la ley electoral únicamente recoge algunos motivos para librarse, y deja a las juntas electorales de zona la evaluación de los motivos alegados. Además, estas juntas tienen la última palabra, ya que no se puede reclamar en contra de lo que resuelvan.

Las únicas causas reconocidas por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) son las siguientes:
  • Los condenados a penas de cárcel
  • Los miembros de la familia real
  • Los altos cargos de la administración: ministros, jueces, gobernador del banco de España, director de RTVE, presidente de la junta electoral, etc.
  • Los militares o miembros de los cuerpos de seguridad
Aparte de estas personas, la ley no dice nada de situaciones de enfermedad, viajes, compromisos, o cualquier otra causa que os pueda librar de ser miembro de una mesa electoral. Sí que he encontrado en sitios no oficiales la lista de las alegaciones más comunes que se aceptan:
  • Viaje programado para el día de las elecciones, debiéndose presentar la documentación que justifique que el viaje estaba contratado cuando se recibió la notificación
  • Enfermedad, debiéndose presentar un informe del médico de cabecera indicando la imposibilidad de permanecer en la mesa electoral todo el día
  • Bodas, bautizos o comuniones que se celebren el día de las elecciones
  • Trabajadores autónomos que no puedan ser sustituidos, por ejemplo, taxistas, quiosqueros, etc.
  • Analfabetismo
Y a lo que iba, no he encontrado ninguna referencia a mujeres que se hayan librado por estar lactando, de hecho, lo que sí he encontrado es una resolución en contra en la página de la junta electoral central, y en algún que otro periódico. También en la página del Ministerio de Interior podéis encontrar el siguiente párrafo sobre este tema:

"No existen unas causas tasadas que sirvan de eximente para aceptar el cargo de miembro de Mesa o de suplente. Sin embargo, las Juntas Electorales de Zona han considerado eximentes en algunas ocasiones, el tener que someterse a una intervención quirúrgica, o el ser mujer en periodo de lactancia."

En cuanto a las embarazadas, más de lo mismo. Si conseguís que vuestro médico de cabecera certifique que no podéis formar parte de una mesa electoral, pues os libraréis.

¿Cómo se presentan alegaciones?
Desde que se recibe la notificación, tenéis siete días para presentar alegaciones ante la junta electoral de vuestra zona, que a su vez deberá resolver en cinco días. Para saber dónde está la vuestra, lo más sencillo será llamar al servicio de información de vuestro ayuntamiento, generalmente el 010, o acercaros a las oficinas del ayuntamiento. Tendréis que presentar la documentación que acredite la situación que estáis alegando para libraros, ya sean facturas de un viaje, informes médicos, invitaciones de boda, etc.

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3 Comentarios:

pa dijo...

Hola,
Informarte que yo en estas elecciones pasadas (7 Julio-09) he sido eximida de presentarme a ellas. Habia sido convocada como PRESIDENTA SEGUNDA SUPLENTE. Me llego la citacion en fecha ordinaria y en ese momento yo estaba embarazada y no alegue nada. Di a luz el 26 de mayo. El dia 4 de Junio hable con mi junta electoral de distrito y me dijo que hiciera un escrito diciendo que aunque estaba fuera de plazo habia tenido una CAUSA MEDICA SOBREVENIDA, que me habia hecho imposible alegar en tiempo. En el escrito les referi que estaba con todos los puntos abiertos del alumbramiento en si mismo y con un lactante de apenas 12 dias. El mismo dia 5 me contestaron que estaba EXENTA de presentarme.
No se si influyo que era segunda vocal , lo cierto es que me libre.
Saludos

Anónimo dijo...

Hola,
Yo fuí convocada para la mesa electoral como 2ª vocal de las elecciones del 7 de junio, alegue ser madre de 3 niñas menores una de 4 años y 2 de 20 meses y que no tenía donde dejarlas, adjute título familia numerosa, libro familia y la carta de mi trabajo donde tengo jornada reducida por guarda legal siendo mis días de descanso semanal sábado y domingo, para poder atenderlas, el caso es que me fue admitida, y me libre de la mesa electoral; pero eso lo decide la junta que te toque, no hay una ley, es por criterio de las personas que forman la junta.
Saludos

Anónimo dijo...

Pues yo por curiosidad, a punto de parir y con una niña de 1 añito a unos días de las elecciones (estaré recién parida), me he preguntado si tendría que ir, he encontrado esto:

http://www.iustel.com/v2/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1049338