miércoles, 25 de febrero de 2009

Reducción de jornada

Hay dos clases de reducción de jornada relativas al cuidado de niños: por guarda legal y por hospitalización de niños nacidos prematuramente, ambos reconocidos en el estatuto de los trabajadores. Aunque sobre la reducción por guarda legal ya os he hablado otras veces, os cuento un poco más en detalle cada uno de ellos:

Reducción por guarda legal

Gracias a la ley de igualdad, tenéis derecho a una reducción de jornada por guarda legal, es decir, por cuidado de un menor de ocho años. Esta reducción puede ser de entre un octavo de vuestra jornada hasta la mitad, con la reducción proporcional de vuestro salario.

Esta reducción es un derecho individual, tanto para el padre como de la madre, por lo que incluso puede ser disfrutado por ambos simultáneamente, a no ser que trabajen en la misma empresa, situación en la que el empresario puede denegarle la reducción a uno de los dos. Se puede disfrutar fraccionada, es decir, en distintos periodos cuya duración no puede ser inferior a cuatro meses. Podríais por ejemplo estar un año de reducción, volver seis meses y coger otro año, siempre que estéis dentro de los tres primeros años de vida del niño.

Independientemente de la bajada del sueldo, durante los dos primeros años la Seguridad Social considerará aumentadas al 100% vuestras cotizaciones para ciertas prestaciones (jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad -artículo 180.3 de la ley general de la Seguridad Social-) y durante toda la reducción para el paro -artículo 211.5 de esta misma ley-, por lo que serán relativas a vuestro sueldo bruto. En realidad vuestra empresa cotizará de acuerdo a vuestro sueldo reducido por lo que el resto de prestaciones las cobraréis en función de esta cantidad. Comprobad vuestra vida laboral, porque suele pasar que las empresas lo hagan mal y coticen proporcionalmente a la reducción. Para saber cómo se comprueba, consultad este otro artículo.

Tened en cuenta que hay comunidades autónomas que dan subvenciones por disfrutar de una reducción de jornada. Consultad aquí si la vuestra lo hace.

El horario lo podéis elegir siempre dentro de vuestra jornada laboral, y el empresario no puede deciros que no. En ese caso, podéis ir a juicio y ganaréis seguro.

¿Qué protección tengo durante la reducción?
La ley os garantiza que salvo en contadas excepciones, no os puedan despedir mientras estéis reduciendo vuestra jornada.

¿Cómo se pide?
Para evitar problemas, lo mejor es enviar un burofax con acuse de recibo y verificación de texto, siguiendo este modelo con al menos quince días de antelación sobre la fecha de inicio:

Sr./a......................................................
Director/a de la Empresa...............................

Señor/a.

Mediante esta carta comunico que como consecuencia de tener la custodia de mi hijo/a................., que tiene........meses/años, tengo la intención de ejercer el derecho que me confiere el art. 37.5 del Estatuto de los Trabajadores vigente y reducir mi jornada laboral.
Esta reducción será de ...... horas diarias, en horario de .......a........., con reducción proporcional de salario y efectividad desde el próximo ........de..............de 20.... hasta el
........de..............de 20.... (ambos incluidos)

Si no se oponen al nuevo horario mediante comunicación escrita en el plazo de 10 días, este mismo documento servirá de aceptación expresa del nuevo horario.

Atentamente,

Firma........................
Nombre y apellidos......................

............................, a.......de...........del 20..


Reducción por hospitalización de un niño nacido prematuramente

En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario (texto literal del estatuto de los trabajadores).

En este caso la empresa no cotizará por vosotros al 100%, sino al % correspondiente a la reducción, y que yo sepa, no hay subvenciones de las comunidades autónomas para cubrir este supuesto.

Al igual que con la reducción por guarda legal, el trabajador puede marcar el horario dentro de la jornada laboral, y está protegido contra despidos.

Para pedirla, el modelo sería muy similar al anterior, pero sin indicar la duración, ya que no la conocéis.

Sr./a......................................................
Director/a de la Empresa...............................

Señor/a.

Mediante esta carta comunico que como consecuencia de la hospitalización de mi hijo a continuación del parto, tengo la intención de ejercer el derecho que me confiere el art. 37.4bis del Estatuto de los Trabajadores vigente y reducir mi jornada laboral.
Esta reducción será de ...... horas diarias, en horario de .......a........., con reducción proporcional de salario y efectividad desde el próximo ........de..............de 20....

Si no se oponen al nuevo horario mediante comunicación escrita en el plazo de 10 días, este mismo documento servirá de aceptación expresa del nuevo horario.

Atentamente,

Firma........................
Nombre y apellidos......................

............................, a.......de...........del 20..

Artículos Relacionados



176 Comentarios:

Anónimo dijo...

¿Es verdad que la guarda legal por un niño adoptado dura hasta que este lleva 8 años con su nueva familia ?

Juan Delgado dijo...

Por lo que dice el estatuto de los trabajadores, la duración de la reducción es hasta que el menor a tu cargo cumpla los ocho años, no ocho años desde la adopción.Artículo 37.5: "Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo..."

evita dijo...

Buenos dias.tengo reduccion por guarda legal desde enero.compacte las horas y solo trabajo de lunes a jueves.las vacaciones la empresa distribuye 7 dias durante el año xq cierran, y el resto...15 dias laborables se pueden disfrutar en verano(osea 3 semanas seguidas).yo trabajo de lunes a jueves...me pueden computar las vacaciones de lunes a viernes como los demas??? o en este caso tendria 3 semanas más 3 dias...gracias por la ayuda

Juan Delgado dijo...

Hola Eva,

La verdad es que no lo sé, pero te daré mi opinión de todos modos. Trabajas cuatro días a la semana en lugar de cinco porque la empresa y tú habéis acordado ese horario. Sin embargo, como tu semana de cuatro días equivale a cinco, yo creo que te corresponden tres semanas como a los demás.

En cualquier caso, consulta con los sindicatos de tu empresa, si los hubiera, y si no, hazte la sueca a ver qué pasa.

Suerte y un saludo,
Juan

Monica dijo...

Lo primero gracias por el magnífico artículo ya que me ha ayudado bastante, pero me gustaría me confirmaran algunas cosas.
Tengo una hija de 5 años, en la empresa en la que estoy la jornada es de 6 horas pero por una restructuracion debido a la crisis medio nos forzaron a pasarnos a 4,5horas(las horas de cada turno). Yo y unas cuantas mas nos negamos y seguimos trabajando normalmente nuestras 6 horas (4,5 en nuestro turno y doblando en el siguiente). Ahora mismo por problemas tengo que pasar a 4,5 horas pero no quiero perder las prestaciones (paro, cotizaciones, etc) de las 6h. Es por eso que me voy a acoger a reduccion por guarda legal.
Hoy la empresa me ha dicho que solo puedo hasta que mi hijo cumpla 6 años y que tengo que elegir entre reducir 1/3 o la mitad de la jornada. Osea trabajar 4 o 3 horas diarias.
Por lo que entiendo en el artículo la edad es hasta 8 años y yo puedo elegir el tiempo entre 1/8 y 1/2 por lo que podria hacer el turno como el resto de 4,5horas. ¿Es correcta mi deducción o no es así?
Gracias y perdon por el rollo.

Juan Delgado dijo...

Es correcto, tienes derecho a reducir tu jornada entre 1/2 y 1/8 con la reducción de sueldo proporcional, y hasta que el niño cumpla ocho años. Esto está en el estatuto de los trabajadores, así que lo tienen que cumplir.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola.
actualmente estoy con reduccion de jornada x cuidado de menor, ya llevo 3 años. los dos primeros a efectos de cotizacion a la

Seguridad Social computa al 100%. ahora espero un 2º hijo, la pregunta es la siguiente:
puedo finalizar la actual reduccion y empezar otra al dia sguiente xa el cuidado del 2º hijo y asi acogerme a los dos primeros años en

los q se cotiza al 100%?
gracias

Juan Delgado dijo...

Así es, el derecho se genera con cada hijo.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola me llamo Matias y trabajo en una empresa a turnos de 7 a 15 de 15 a 23 y de 23 a 7 de lunes a domingos, hoy he presentado una reduccion de jornado por guarda legal de un menor y se niegan ya que yo pido turno de mañana de 7 a 15 de lunes a viernes los primeros dias del mes y ellos dicen que tendria que trabajar un fin de semana, quisiera saber si pueden hacerlo. Gracias

Juan Delgado dijo...

Hola,

La ley no es demasiado clara al respecto. Tu empresa no te puede negar la reducción, pero sí puede no estar de acuerdo con el horario que elijas. La ley sólo dice que puedes elegir dentro de tu jornada laboral, pero como tienes turnos, no sé cómo aplicarla. Yo consultaría a un abogado, mejor si es de algún sindicato porque estará más especializado en el tema. Supongo que tendrás que afiliarte. Siento no poder ayudarte más, y ya me contarás en qué queda la cosa.

Un saludo,
Juan

khoi dijo...

Hola,
enhorabuena por la página. Es muy útil y se agradece la información.
Tengo tres preguntas, espero no abusar:

1. Mi horario laboral es 8 horas de 9 a 18 horas con una hora para comer. Quisiera pedir una reducción de 1/8. Puedo pedir un horario de 9 a 16.30 con media hora de comer? O debo mantener la hora entera de la comida?

2. Actualmente me encuentro de baja por enfermedad y pronto se va a cumplir el noveno mes de mi bebé. Mes a partir del cuál podrían despedirme y no sería considerado nulo.
Por ello quisiera pedir la reducción de jornada. Para protegerme contra un posible despido.
Si me dan el alta médica después del noveno mes, sería suficiente con mandar un burofax solicitando la reducción de jornada el mismo día en que me reincorporo al trabajo? Qué pasa si nada más entrar al trabajo me presentan directamente la carta de despido? Será válido el burofax que he enviado ese mismo día, para considerar el despido nulo?

3. Por último, si me presentan la carta de despido improcedente, debo firmarla con un no conforme, o directamente no firmarla?

Muchísimas gracias por resolverme las dudas. Sé que quieren despedirme en cuanto vuelva y no sé cómo actuar para no salir perjudicada ya que soy la que mantiene a mi familia y no puedo ir al paro.

Muchas gracias.

Juan Delgado dijo...

Hola,

En primer lugar, yo te recomendaría que te afilies a algún sindicato, porque te darán cobertura jurídica gratuita, y tiene pinta de que la vas a necesitar. Su consejo será siempre mejor que el mío, porque yo no soy abogado. En cualquier caso te doy mi opinión sobre lo que me preguntas.

1. En principio tú eliges el horario siempre que te mantengas dentro de la jornada laboral de tu empresa. En cuanto a la media hora de comida, no lo tengo tan claro, tal vez puedan negarse y obligarte a hacer una hora de comida.

2. Para notificar la reducción bien, debes enviar un burofax con verificación de texto al menos quince días antes de reincorporarte. En este mismo artículo tienes un modelo de carta. La protección de la que habla la ley aplica desde el momento en que solicitas la reducción.

3. En cuanto a lo de firmar o no, no lo sé, y no me voy a arriesgar a decirte lo que creo por si me equivoco y te causo problemas. Consultalo con un abogado laboralista, o con algún representante sindical, si hay alguno en tu empresa.

Mucha suerte, un saludo y gracias por las felicitaciones,
Juan

Anónimo dijo...

Muchas gracias por el artículo. Está estupendo, pero me queda una duda. Acabo de ser padre de un bebé y quiero pedir reducción de jornada. ¿Puedo hacerlo antes de que finalice la baja de maternidad de mi pareja o sólo cuando ya haya acabado? Y si ha unido su baja con otros días correspondientes a lactancia y vacaciones ¿tendría que esperar al final de todos ellos?
Muchas gracias

Juan Delgado dijo...

No tiene nada que ver una cosa con la otra. Tú tienes derecho a reducir tu jornada desde el día en el que nació tu bebé hasta que cumpla ocho años. Este derecho es individual, lo tenéis tú y tu pareja y no influye lo que haga el otro. Únicamente cuando ambos trabajéis en la misma empresa, puede el empresario negarse a conceder la reducción a uno de los dos.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola!

Tengo una cuestion: haber, he solicitado una reduccion de jornada labora por guarda legal (sin burofax,cosa que me preocupa), de 6 horas diarias, es decir, en lugar de trabajar 8 horas, serían 6. Estaria en derecho pedir esta reduccion de jornada?..o forzosamente tendría que reducirla a 4 horas como máximo?

Gracias

Juan Delgado dijo...

Hola,

Tienes derecho a reducir entre una hora y cuatro. Por tanto, tu reducción de dos es correcta y no deberían ponerte pegas.

Lo del burofax es para evitar problemas. Normalmente no hace falta.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola,

lo de los 2 primeros años que cotizas 100%, se refiere a los 2 primeros años del niño o a los 2 primeros años que tú disfrutas de la reducción??? porque si pides la reducción cuando tu hijo tiene 3 años...

gracias por aclararnos tantas dudas :)

Juan Delgado dijo...

Los dos primeros años de la reducción, independientemente de la edad del niño.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

en cuanto a la cotizacion del 100% a efectos de la seguridad social, tambien es para una guarda legal por cuidado de un mayor, muchas gracias

Juan Delgado dijo...

Hola,

Dos años para reducciones por cuidado de un menor y un año para cuidado de discapacitados o familiares hasta segundo grado de consanguinidad dependientes, por ejemplo mayores. Puedes verlo en el artículo 180.3 de la ley de la Seguridad Social y el 37.5 del estatuto de los trabajadores.

Un saludo,
Juan

Amara76 dijo...

Ante todo agradecer tu ayuda clara y concisa en este tema que tanto desconocemos.

Mi pregunta es la siguiente:
Necesito pedir reducción de jornada por guarda de menor de noviembre a junio de 8 a 12 (media jornada). En julio, agosto y septiembre necesito una excedencia. A partir de octubre en adelante necesitaré pedir reducción de 1 hora diaria.
¿Es posible hacerlo así? ¿Cómo se lo debo pedir a la empresa (todo junto o cada petición con una solicitud al menos 15 días antes)?¿Se debe avisar de la finalización de cada período a la empresa?
Muchas gracias.

Juan Delgado dijo...

Hola,

En principio, lo único que no se puede hacer es una excedencia de menos de cuatro meses, a no ser que en tu convenio se amplíe este derecho.

Para todo esto deberás avisar siempre con quince días de antelación mínima y siguiendo el modelo que tienes en este artículo y el que encontrarás en este otro. Ten en cuenta que la reducción sólo vale hasta los ocho años del niño y la excedencia hasta los tres años y que la protección que te brindan sólo vale para los dos primeros años de la reducción, no del niño, y para el primer año de la excedencia.

No sé si te he aclarado tus dudas. Si no es así, pregunta de nuevo.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola,

Mi hijo nació en el 2006 y solicite una reduccion de jornada de 4 horas hasta el 01/01/10.
Tengo varias preguntas:

- Se puede ampliar la reducción hasta que mi hijo tenga 8 años y poder aumentar a 6 horas?

- Si se puede ampliar, utilizo el modelo por escrito de reduccion de jornada o tengo que expecificar que es una ampliación de la que había solicitado y también de las horas de trabajo??.

Muchas gracias por tu ayuda

Juan Delgado dijo...

Hola,

La verdad es que no estoy muy seguro, pero conozco gente que ha renunciado a su reducción de jornada. Consúltalo con tu empresa, para ver cuál es el procedimiento exacto, pero lo que es seguro es que tienes derecho a reducir hasta la mitad de tu jornada y hasta que el niño tenga ocho años. En un par de meses mi mujer va a hacer algo similar, cambiar el niño que genera este derecho para mantener las cotizaciones ampliadas dos años más. Cuéntame qué te han dicho o si lo hacemos nosotros antes, ya os contaré cómo.

Un saludo,
Juan

sandralcoi@hotmail.com dijo...

Hola, mi pregunta es la siguiente, acabo de empezar en una empresa a media jornada y tengo una hija de 3 años, me gustaría continuar a media jornada durante más tiempo y necesito saber si hay alguna forma de si luego me fuera al paro cobrar arreglo a 8 horas

Juan Delgado dijo...

Hola Sandra,

Si la reducción es por guarda legal, el paro que te corresponderá (esperemos que no) es el equivalente a una jornada de ocho horas. El artículo 211 de la ley de la seguridad social dice lo siguiente en su punto 5:

5. En los supuestos de reducción de jornada previstos en los apartados 4 bis (reducción por hospitalización de un recien nacido), 5 (guarda legal) y 7 (reducción por vilencia de género) del artículo 37 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para el cálculo de la base reguladora, las bases de cotización se computarán incrementadas hasta el cien por cien de la cuantía que hubiera correspondido si se hubiera mantenido, sin reducción, el trabajo a tiempo completo o parcial.

Puedes consultar esta ley en el siguiente enlace.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola, enhorabuena por el blog, es muy útil. Tengo un bebé de 6 meses y empiezo a trabajar este lunes con contrato laboral en un ayuntamiento. Mi pregunta es: ¿la reducción de jornada por guarda legal puede sumarse a la reducción de 1 hora diaria por lactancia? o son incompatibles? es decir, mi jornada es de 35 horas semanales, podría solicitar reducir 5 horas por lactancia (sin pérdida de sueldo) y 5 horas por guarda legal (con pérdida de sueldo proporcional)?
muchas gracias,
sonia

Juan Delgado dijo...

Hola Sonia,

No son derechos incompatibles. Te puedes pedir la reducción de una hora por guarda legal (un octavo de tu jornada con reducción de sueldo proporcional) y hasta que tenga nueve meses la hora de lactancia. También puedes acumular las horas de lactancia en unos pocos días. Normalmente entre diez y quince, aunque los funcionarios por ejemplo, tienen un mes si acumulan.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola de nuevo:
tengo una duda respecto a la reducción de jornada y la baja por riesgo en el embarazo. Tengo pensado incorporarme a mi empresa con reducción de jornada de un tercio puesto que por convenio solo tengo esa opción o reducir hasta un medio. Tampoco tengo derecho a pedir turno fijo (de nuevo respecto al convenio de personal laboral de la Junta de Castilla y León). Si durante la reducción causara baja por riesgo de embarazo (contemplado por la empresa desde la semana 20 de embarazo por riesgo del tipo de trabajo)¿que importe recibiria de dicha baja?¿el 100% o en proporción a la reducción que acabara de empezar?
Ojalá me haya expresado bien y sepa aclararme las dudas.
Un saludo y gracias.
Iman.

Juan Delgado dijo...

Hola Iman,

Si la reducción es por guarda legal, es decir, si es por cuidar a un menor de ocho años que depende de tí, entonces tienes derecho a reducir entre un octavo y la mitad de tu jornada, independientemente de lo que diga tu convenio. Está en el estatuto de los trabajadores que tiene validez por encima de convenios colectivos.

En cuanto a lo que cobrarías durante la baja por riesgo, será el 100% de tu sueldo en el momento en el que te acojas a la baja. Entiendo que sería el sueldo reducido.

Un saludo,
Juan

SANDRA V. dijo...

HOLA TENGO UN BEBE DE 8 MESES EN SU TIEMPO PEDI LA REDUCCION DE JORNADA A 30 HORASY ME LA CONCEDIERON PERO LA CONCRECION HORARIA NO,, YO PEDIA ESTAR DE 10 A 16 HORAS DE LUNES A VIERNES, YA Q NO SOY DE AQUI Y NO TENGO CON QUIEN DEJAR A MI NIÑO DESPUES Q SALE DE LA GUARDERIA,DE MOMENTO ESTOY EN JUICIO, PERO EL ABOGADO ME HA DICHO Q TENGO POCAS POSIBILIDADES DE GANARLO YA Q HAY OTRA PERSONA CON ESE HORARIO EN MI DEPARTAMENTO,(EN TOTAL SOMOS 50 EN LA EMPRESA Y 5 EN MI DEPARTAMENTO) USTED Q POSIBILIDADES CREE Q TENGO DE GANARLO, YA Q PUEDO DEMOSTRAR Q NO TENGO QUIEN CUIDE DE MI NIÑO POR LAS TARDES,,, GRACIAS ESPERO SU RESPUESTA

Juan Delgado dijo...

Siempre que el horario solicitado esté dentro de su horario laboral, la ley dice que se lo tienen que conceder.

No soy abogado, pero creo que si cumple esta condición tiene posibilidades.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola,

Actualmente estoy ejerciendo mi derecho de reducción de jornada laboral por el cuidado de mi hijo.
Mi empresa decidió hace unos meses que externalizara el departamento donde estoy y mi duda es la siguiente: ¿el estar de reducción de jornada puede ser utilizado para evitar que me cambien de empresa?

Muchas gracias por adelantado por vuestros comentarios.

Raul

Juan Delgado dijo...

Hola Raúl,

Lo normal al externalizar un departamento es hacer un traspaso de actividad. Algo que está regulado por el artículo 44 del estatuto de los trabajadores, y que se traduce en una surrogación de tu contrato. En realidad lo que pasa es que un nuevo empresario se hace cargo de tu contrato, exactamente con las mismas condiciones que tuvieras en la empresa original (horarios, antigüedad, salario, complementos, beneficios sociales, etc.). No es un despido, por lo que dudo mucho que puedas utilizar la reducción para evitarlo, ya que la protección que proporciona la ley de igualdad es frente a despidos.

De todos modos, no soy abogado, por lo que consulta con uno. Si hay sindicatos en tu empresa, habla con algún delegado sindical para que te eche una mano, que para eso están.

Un saludo y suerte,
Juan

Anónimo dijo...

Hola.
He solicitado reducción de una hora en mi empresa y no he tenido problemas con elegir el horario, pero me han hecho firmar un papel conforme hacía 7 horas en vez de 8 y en el que ponía también con los correspondientes turnos. No se bien si esto me afectara al contrato indefinido que tengo a la hora de cobrar el paro y si me pueden obligar a hacer cambios de turno. También saber si este papel tiene validez a efectos legales o solo es un documento para lavarse un poco las manos. La verdad es que me siento un poco engañada por parte de la empresa y me gustaría que alguien me sacara de dudas.
Gracias.

Anónimo dijo...

Hola, he solicitado una reduccion de jornada de 36 a 32 horas y la empresa no me deja elegir horario. ¿es eso legal?

Anónimo dijo...

Hola Juan!

Tengo un horario un tanto peculiar: trabajo los lunes, miércoles y viernes de 8 a 15:30h, los martes y jueves de 9 a 14 y de 16:30 a 19:30 h, además de un sábado al mes de 8 a 14:00 h.
Mi pregunta es... puedo pedir la reducción de forma que no trabaje las tardes de los martes y los jueves? Podría negarse la empresa?
Gracias y un saludo.

Juan Delgado dijo...

Hola,

La ley dice que puedes elegir el horario siempre y cuando esté dentro del horario de tu jornada laboral normal. Me da la impresión de que vas a tener que demandarles, y de que ganarás (se gana el 100% de estos casos). Consulta con un abogado.

Un saludo,
Juan

Juan Delgado dijo...

Hola,

Aunque tu horario sea raro, si la reducción que pretendes se encuentra dentro de él, la empresa no se puede negar.

Un saludo,
Juan

Juan Delgado dijo...

Hola,

Sospecho que el papel que te han hecho firmar se puede considerar un contrato privado. Dependiendo de lo que ponga, modificará tu contrato o no. Si sólo dice que modificas tu horario y que haces siete horas en lugar de ocho, es redundante porque eso ya lo pones en la carta de solicitud de la reducción de jornada (tal vez sea la solicitud...). Si pone algo más, o si tiene una validez superior a tu reducción de jornada, dependerá de la redacción del mismo. Si tienes problemas, yo consultaría con un abogado.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola, yo tengo una duda yo ya fui contratada a media jornada 20 horas semanales y de turno fijo de tarde ,miercoles a sabado.
hasta ahora me he ido apañando como he podido con mi peque de 3 años , ahora va al cole y termina justo cuando entro yo al trabajo le pedi a mi jefe que me cambiara el horario por que no tengo con quien dejarlo y me lo nego,quiero saber si sin pedir mas reduccion de horas puedo acojerme a esta ley???
gracias.

Juan Delgado dijo...

Hola,

La ley dice literalmente esto:

"El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquélla."

Es decir, que tienes derecho a adaptar tu horario para conciliar tu vida personal y laboral, pero para ello, debes negociar, o bien colectivamente (el convenio de tu empresa) o individualmente.

Si tu jefe no te admite un cambio de horario, tiene mala pinta. Consulta con un abogado, a ver si por vía judicial puedes conseguirlo. Si no, siempre puedes reducir un octavo de tu jornada actual, con lo que sí tendrías derecho a elegir el horario, y no te podrían decir que no.

Un saludo,
Juan

Unknown dijo...

Hola! Voy a pedir una reducción de jornada de 2 horas, mi pregunta es, además de comunicarlo yo a mi empresa, ¿mi empresa debe realizar algún trámite o comunicación específica a la seguridad social o al INEM para que ellos tengan constancia?
Muchas gracias!
Virginia

Juan Delgado dijo...

Hola Virgnia,

Sí, tu empresa debe comunicarselo a la Seguridad Social, entre otras cosas porque cotizará menos por ti y la S.S. considerará incrementadas estas cotizaciones al 100% durante los dos primeros años. La verdad es que no sé cómo debe hacer esta comunicación, pero lo puedes preguntar en el buzón de consultas de la Seguridad Social, donde seguro que te lo cuentan.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Buenas tardes, mi nombre es Rosa,
tengo un niño de cinco años y otro niño de un año, llevo tres años con la reducción de jornada por guarda legal, mi pregunta es ¿cuando mi hijo cumpla 8 años, debo solicitarlo otra vez para mi segundo hijo ?
gracias.

Juan Delgado dijo...

Hola,

Sí, tienes que notificarlo a tu empresa, y ésta a su vez deberá gestionarlo con la Seguridad Social. Esto hará que los dos primeros años de tu segunda reducción cotices al 100% (la empresa cotiza menos, pero la SS lo considera como el 100%). Esto te vale para prestaciones (maternidad, jubilación, incapacidad permanente, ...), para pedir guardería (cuenta como que trabajas a jornada completa y tienes más puntos). Además, tu derecho a la reducción es hasta que el niño cumpla ocho años, por lo que la empresa podría pedirte que vuelvas a tu jornada al 100%, con todo el derecho del mundo.

Un saludo,
Juan

Juan Delgado dijo...

Hola,

He escrito un nuevo artículo sobre si es necesario indicar la fecha final de la reducción y si se puede renunciar a ella o no.

Echadle un vistazo y me contáis.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

hola, mi pregunta es si dentro de una reduccion de horario por cuidado de hijo mi jefe me hace un despido improcedente, ¿la imdemnizacion que me tendria que abonar seria a razon de la jornada reducida, o por la jornada completa? gracias de antemano

Juan Delgado dijo...

Hola,

Sería el 100% de tu sueldo. Puedes verlo en el artículo 211.5 de la ley general de la Seguridad Social.

Un saludo,
Juan

javi dijo...

hola buenas,mi caso es el siguiente estoy de baja por it y me tiene que llegar la carta con la resolucion,que ya me han dicho que me daran el alta,como he estado mucho tiempo de baja mi mujer se puso a trabajar y ahora la van ha hacer fija y si yo tambien empiezo nuestros horarios son incompatibles por los niños, que son menores de ocho años,ella puede elegir solo de tarde porque hacen dos turnos, pero yo en mi trabajo se empieza a las 7 de la mañana y nunca se sabe a que hora se va a terminar,trabajo en una empresa de señalizacion vial convenio construccion.
ahora mi pregunta,despues de todo el rollo que le he soltado, a mi me interesaria elegir el horario de 7 a 16 intensivo y me gustaria saber si mi empresa esta obligada a aceptar o no, y tambien saber si me pueden mandar a trabajar fuera de casa una semana estando con los menores a mi cargo por la tarde, habiendo mas gente para ir en la empresa,asi como para fastidiarme.
muchas gracias por la yuda que nos presta y un saludo.

Anónimo dijo...

Quería pedir la reducción de jornada para trabajar sólo por las mañanas, mi convenio es de 39 horas semanales en jornada partida en el invierno y los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 35 horas en horario continuo. Puedo pedir la reducción sólo para el horario de invierno?

Anónimo dijo...

Hola,ahora estoy de excedencia maternal pero dentro de poco me toca incorporarme al trabajo.Quisiera solicitar una reduccion de jornada a mañanas aunque mi horario es una semana de mañanas y otra de tardes.podrian negarse en mi empresa a concederme dicha reduccion?
Saludos

Silvia H dijo...

Hola actualmente hago reducción de jornada por guarda legal de una menor nacida en 2006, para conseguirla tuve que denunciar. Mi jornada es 3 dias entre lunes y viernes más los fines de semana, mi situación familiar ha cambiado mi marid despues de estar casi 2 años parado empieza trabajar y trabajara los fines de semana, me veo obligada a solicitar la jornada de lunes a viernes por que comprenderan en los tiempos de crisis no se puede rechazar un trabajo, ¿Puedo solicitar dicha modificación de horario dentro de la reducción, teniendo el acuerdo vinculante del juicio anterior? si me la niegan podría denunciarles otra vez? Gracias de antemano

Juan Delgado dijo...

Hola,

Voy a contestar a los cuatro últimos comentarios por orden:

- Javi, el estatuto de los trabajadores dice que la empresa tiene la obligación de facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, pero eso normalmente no se traduce en que puedas elegir tu horario. Lo que puedes hacer es reducir tu jornada, con lo que sí tendrías derecho a elegir horario y la empresa no podría decirte que no. Por ejemplo, podrías reducir una hora al día (un octavo de tu jornada) y así, asegurarte que trabajarás de 7 a 14 ó de 8 a 15. En cuanto a si te pueden enviar una semana de viaje, nada hay en la ley que se lo impida, aunque les puedes demandar porque impiden la conciliación y seguramente ganarás. Si te pasa, habla con un abogado.

- Sí, puedes pedir la reducción todo el año menos los meses de jornada intensiva, pero piensa que entonces probablemente tu empresa te exija que trabajes ocho horas. Esto es porque la jornada intensiva generalmente te la ganas trabajando ocho horas el resto del año, haciendo que el número total de horas trabajadas en el año corresponda con el fijado a principio de año por la empresa. Un ejemplo, ponte que este año tu empresa ha fijado el número de horas en 1.788. Con la reducción de un octavo, deberías trabajar al año 1.564 horas. Como este año tiene 227 días laborables, trabajando 7 horas todo el año harías 1.589 horas, que son 25 horas de más, lo que te daría 25 días en los que tendrías que trabajar sólo 6 horas. Si no reduces en julio, agosto y septiembre, según mis cálculos deberías hacer 1620 horas, y como decía antes, harías 1.589, lo que quiere decir que deberías a tu empresa 31 horas, que correspondería con mes y medio de jornada intensiva. En resumen, que te pueden poner problemas y con razón, aunque también es posible que no te digan nada.

- La ley dice que tu horario con la reducción debe estar dentro de tu horario normal. Supongo que sí se pueden negar, aunque no estoy seguro. Tú solicítala en horario de mañana y si se niegan, consulta con un abogado qué posibilidades tienes si demandas a tu empresa.

Espero haber respondido a todos.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

En breve, tras acabar mi baja maternal, comenzaré a trabajar en una nueva empresa.
Al comentar la intención de solicitar la reducción de jornada, me respondieron que no era posible ya que para poder disfrutar de la reducción tengo que llevar un año en la empresa. Podría confirmarme si esta afirmación es cierta? Muchas gracias por su ayuda.

Juan Delgado dijo...

Hola,

No es correcto. Se están "confundiendo" con la excedencia, que sí requiere un año de antigüedad. Para reducir tu jornada no hace falta. Lo puedes ver en los artículos 46.2 (excedencia) y 37.5 (reducción) del estatuto de los trabajadores.

Un saludo,
Juan

PEPE dijo...

Hola Juan.
Mi mujer disfruta ahora mismo de una excedencia hasta mayo por cuidado de mi hijo, va a estar 6 meses.
Teniendo en cuenta que la tienen que readmitir porque no ha pasado un año, ella les ha comunicado hoy que tiene la intención de coger media jornada por la mañana de 8:30 a 14:00 y ellos le han contestado que no se la dan porque ya hay otra empleada con ese horario, que si quiere que le dan de 15:30 a 19:00.
Mi duda es que si se pueden negar a darsela porque ya hay otra o están obligados a dar lo que mi mujer pide.
Otra duda que tengo es que si al estar de media jornada la empresa cotiza por ti la media jornada o el 100%.
Gracias de antemano.

Juan Delgado dijo...

Hola Pepe,

La ley es muy clara en este tema. El estatuto de los trabajadores en su artículo 37.6 dice literalmente:

La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria.

Vamos, que no le pueden negar ese horario, siempre y cuando esté dentro de su jornada ordinaria.

La empresa cotiza en función de lo que te paga, por lo que sí cotizará al 50%, pero durante los dos primeros años de la reducción la Seguridad Social considerará incrementadas estas cotizaciones al 100% para la mayoría de las prestaciones (jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad) y también para el paro, si la despiden. No cubre por ejemplo una baja por enfermedad, que cobraría al 50%.

Espero haberte ayudado. Un saludo,
Juan

Adriana dijo...

Hola,tengo una duda,,yo trabajo en hostelerie 40 h semanales de lunes a domingo en turnos rotativos y contrato indefinido.
El dia 18 de enero e pedido por escrito (NO por burofax porque no tengo la direccion de la oficina) la reduccion de jornada a 30h de 10:00 a 16:00 de lunes a viernes por guarda legal de mi hijo de 13 meses, y hoi el dia 27 me dijieron que no puedo reducirme en 30h semanales que tienen que ser 20h semanales y me lo han comunicado verbal y a mi no me viene bien reducirme a 20h.

Entonces que puedo hacer? ya que la empresa no quere darme respuesta por escrito, y solo dispongo de un exemplar de la solisitud de reduccion de jornada de trabajo por guarda de un menor que me lo firmo y apunto su DNI una de las encargadas.
?Me sirve eso para denunciarlo o tengo madar de nuevo la solicitud por burofax y esperar que pasen otros 15 dias para poder denunciarlo?
Le agradaseria una respusta lo antes posible

Juan Delgado dijo...

Hola Adriana,

¿Tienes una copia de la petición firmada por "la empresa"?. Necesitas un acuse de recibo, que demuestre que la empresa ha recibido la solicitud.

Tu empresa no te puede negar la reducción a 30 horas. Es ilegal. Lo único que puede discutir la empresa es el horario, no el % de reducción. Yo lo que haría es conseguir este acuse de recibo que te comento. Si te ponen problemas, diles que es ilegal lo que hacen y que les vas a demandar. Si no te dan nada por escrito, tú asume tu nuevo horario y si insisten, demándales.

Un saludo,
Juan

darius dijo...

Hola Mario, estando en el paro e pedido el permiso de paternidad de 14 dias asta aqui todo bien mi sorpresa fue 6 meses despus cundo mire la vida laboral los 14 dias de paternidad no aparesen en la vida laboral y tampoco estan cotizados a la seguridad social.
La pregunta es si esto es normao o no y si no es normal que puedo hacer?

un saludo

Juan Delgado dijo...

Hola Adriana de nuevo,

Voy a rectificar un poco. No tengo muy clara la validez legal de una notificación oral o de palabra, por lo que si hay testigos, yo consultaría con un abogado antes de hacer el nuevo horario. No vaya a ser que tengas problemas por incumplir tu horario "oficial".

Un saludo,
Juan

Juan Delgado dijo...

Hola Darius,

Sólo te correspondería la prestación por paternidad estando en paro si cobrabas paro cuando tuviste el hijo. ¿Te pago la Seguridad Social los 14 días de paternidad?. No me parece normal que no hayan cotizado esos 14 días, por lo que yo me iría a una oficina de la Seguridad Social y les plantearía esto que me comentas a mí.

Un saludo,
Juan

Darius dijo...

Hola Juan,

Si estuve en el paro cobrando la prestacion por desempleo cuano nacio mi hijo y me pago la seguridad social los 14 dias de paternidad solo que no cotizaron y no aparesen en mi vida laboral

Adriana dijo...

Hola Juan,

Soi Adriana de nuevo acabo de mandar hoi un burofax con acuse de resibo y verificacion de texto, a la empresa pidiendole de nuevo mi reduccion de jornada apartir del dia 15 de febrero aver que me dicen

javi dijo...

hola buenas, hace unos dias te pregunte lo de pedir reduccion de jornada y me dijiste que segun el art.37.5 del estatuto estaban obligados a aceptar. hoy he hablado con el gerente y me ha dicho que no lo veia muy claro porque yo trabajo en equipo con otra persona y que si me hacia esto no me podia mandar segun que faenas por la distancia ya que entre ir y venir se me pasaria medio dia,que luego le quedaba mi compañero "colgado" el resto de la jornada y que tampoco podia inventarse un trabajo para mi solo que lo tenia que consultar con la gestoria y con los jefes,tengo un poco de miedo que no me acepten la reduccion,puedo estar tranquilo??? estoy nervioso porque la resolucion de mi baja llegara pronto y me tendre que reincorporar en breve.

espero buenas noticias tuyas un saludo y gracias

Juan Delgado dijo...

Hola Javi,

No te quepa ninguna duda de que tienen que aceptar tu reducción. Es más, mientras estés con jornada reducida es muy difícil que te echen porque se considera despido nulo y te tienen que readmitir.

En cualquier caso, consulta a los delegados sindicales de tu empresa, si los hay, y si no pide consejo a un abogado. La ley es muy clara en este tema, es un derecho del trabajador y la empresa no puede negarse.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola Juan
yo estuve despues de la baja maternal en media jornada y el año pasado en abril me obligaron a cogerme la jornada completa. mi hija tiene ahora mismo 3 años, y yo necesito la media jornada pues a penas la puede ver por mi horario de trabajo ¿ se puede negar? si los denuncio es posible que gane la demanda?
un saludo y muchas gracias por la ayuda que nos ofreces

Juan Delgado dijo...

Hola,

Tienes derecho a reducir entre un octavo (generalmente una hora) y la mitad de tu jornada hasta que tu hija cumpla ocho años. La empresa no puede negarse, y si lo hace, demándales porque ganarás siempre.

Un saludo,
Juan

Unknown dijo...

EN UNA REDUCCION DE HORARIO POR GUARDA LEGAL LAS COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL SE RESPETAN AL CIEN POR CIEN DURANTE LOS DOS PRIMEROS AÑOS, PERO A EFECTOS DE DESPIDO LA INDEMNIZACION AL CIEN POR CIEN, ES DECIR POR LA JORNADA COMPLETA,¿DURANTE CUANTO TIEMPO DEBE EL EMPRESARIO RESPETARLA, DOS AÑOS TAMBIEN O DURANTE TODO EL TIEMPO QUE DURE LA REDUCCION? UN SALUDO Y GRACIAS DE ANTEMANO.

Juan Delgado dijo...

Hola tocayo,

La indemnización es relativa al 100% del salario, no a la reducción proporcional. Esto es válido para toda la duración de la reducción y no sólo para los dos primeros años (artículo 221.5 de la ley general de la Seguridad Social y decimoctava disposición adicional del estatuto de los trabajadores).

Hace un tiempo escribí un artículo sobre reducción de jornada y despidos. Echale un vistazo. Cuenta esto mismo y más cosas.

Un saludo,
Juan

javi dijo...

hola buenas, ayer hice una pregunta y no sale si luego sale dos veces perdon, veras no se si te acordaras pero pedi la reduccion de jornada y envie el burofax el jueves y ayer lunes me llego la resolucion de la IT y por lo tanto me tengo que incorporar al trabajo en teoria hoy, que no lo he hecho porque el gerente me dijo que no habian enviado mi solicitud a la gestoria para ver si me podian conceder la reduccion o no. me dijo que me esperara que me llamaria para decirme algo cuando hablara con la gestoria y con los jefes. la cuestion es que si me espero mas de tres dias me pueden hacer la jugada de despedirme por no presentarme al trabajo en tres dias y si veo que hoy no me dicen nada y me presento a trabajar mañana o pasado como muy tarde no se que horario tengo que hacer si el reducido o el antiguo.y claro si es el antiguo que hago con los niños ya que donde vivo ahora no tengo familia,creo que no es mi culpa que no se hayan preocupado de consultar mi solicitud antes. y si estan obligados ha aceptar mi solicitud como me dijiste desde que envio el burofax ya puedo hacer el nuevo horario,no??

bueno espero tu respuesta con mas ganas que nunca y agradecerte otra vez todo lo que nos ayudas.gracias.

Juan Delgado dijo...

Hola,

Estoy de acuerdo en que debes ir a trabajar, porque no debes darles un motivo para despedirte y suena bastante mal, la verdad.

En cuanto al horario, yo creo que debes hacer el antiguo al menos hasta el lunes, que es cuando se cumplen los diez días desde que enviaste el burofax. No lo sé seguro, pero por si acaso, yo lo haría. El lunes si no te han dicho nada, el propio burofax se consideraría la aceptación de tu nuevo horario.

De todos modos, una vez que tú has notificado que quieres la reducción estás protegido ante un despido. Se consideraría nulo siempre y cuando no haya una causa objetiva muy clara.

Siento no poder decirtelo con toda seguridad.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

HOL!, yo queria un poco de consejo por favor:
trabajo desde hace dos años y medio en una empresa pequeña, solo somos 6, y uno de ellos está ahora de baja, la verdad que nunca he tenido problema y nos llevamos todos genial, aunque se de cosas que el gerente a hecho a otros trabajadores.
la cuestión es que cuando me quede embarazada mi jefe me dijo que podia hacer el horario de 8:30 16:30 , para poder estra mas con mi bebe, pues acabo de llegar de la baja de maternidad y me comenta que no, que el solo me dejó hacer ese horario para el embarazo, y que tengo que hacer el antiguo: de 9 a 1 y de 2 a 6, . tengo que dejar a mi bebe 10 h en la guarderia! y me estaba planteando pedir una reduccion de jornada y trabajar de 9 a 2, puedo hacerlo asi? o tendria que ser de 9 a 1? .

Juan Delgado dijo...

La respuesta es sí. Podrías trabajar de nueve a dos sin problema. Puedes reducir entre un octavo y la mitad de tu jornada, con reducción proporcional de tu sueldo, claro.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Javi
Buenas,mi consulta es la siguiente:Actualmente disfruto de una reduccio de jornada por guarda legal de menor de 13% de mi jornada laboral.Actualmente y desde hace un mes estoy en situacion de IT y se prevee que sea una baja larga.Puedo anular la reduccion durante este tiempo y volver a comunicarla al termino de la IT
MUchas gracias

Anónimo dijo...

NECESITO QUE ALGUIEN ME INFORME.TENGO 3 HIJOS, UNO TIENE 7 AÑOS, OTRO 4 Y UNA NIÑA DE 6 MESES. TRABAJO 8 HORAS CON TURNOS CADA DIADIFERENTES Y ME GUSTARIA SABER SI ME BAJO A 7 HORAS DIARIAS SI PODRIA ESCOGER MI HORARIO DE LUNES A VIERNES PORQUE VOY COMO UNA LOCA Y ME ESTOY PERDIENDO LA INFANCIA DE MIS HIJOS CON ESTOS HORARIOS.AQUI EN MALLORCA YA HAN RETIRADO LAS AYUDAS POR REDUCCION DE JORNADA LABORAL.GRACIAS.

Juan Delgado dijo...

Hola,

Respondo a dos comentarios por orden:

1- Sí que puedes renunciar a la reducción de jornada, aunque no por ello cobrarás más durante tu baja por IT. Cobrarás en proporción a la reducción que tengas. Eso sí, los dos primeros años de reducción te durarán más tiempo. Por otro lado, perderás la protección que te proporciona la reducción ante despidos.
2- La ley dice que puedes elegir tu horario dentro de tu jornada laboral normal. Si trabajas a turnos, deberías poder elegir el turno que mejor te venga.

Un saludo,
Juan

Juan Delgado dijo...

Hola de nuevo,

El Ministerio de Igualdad tiene una oficina que os asesorará en todos estos casos.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

hola, lo primero de todo, muchas gracias por la ayuda.
Mi pregunta es:
Yo tengo un contrato de 36 horas semanales y voy a solicitar una reducción para cuidar a mis bebes de 1 hora (35 horas semanales). Mi jefe me ha dicho que me vá a ampliar mi contrato a 40 horas y inmediatamente reducirlo a 35 para que salga yo mas beneficiada, ¿es verdad? Y sobre todo, ¿que saca de provecho con todo esto mi empresa?
Me tiene un poco mosca... y como yo estos temas no los controlo...
Espero que me asesores para saber lo que me conviene ya que no me fio demasiado de él.
Un saludo y muchas gracias de antemano.

Juan Delgado dijo...

Hola,

Lo primero, que sepas que no soy abogado.

Te cuento lo que me parece a mí. No es necesario que firmes un nuevo contrato para reducir tu jornada, aunque con un contrato de 36 horas semanales no tienes derecho a reducir sólo una hora semanal, dejándolo en 35. Lo mínimo para ti serían 4,5 horas de reducción (un octavo), llegando a 31,5 horas. Sin embargo, si te cambian a 40 horas, entonces sí podrías pasar a 35 sin problemas.

Ahora bien, el cambio puede ser peligroso. Yo le llevaría el nuevo contrato a un abogado antes de firmarlo por si acaso. Debes mirar que te "suba" el sueldo, ya que según este nuevo contrato trabajarías 4 horas más, es decir un aumento del 10% sobre tu sueldo actual, que no notarías porque al reducir un octavo, te reduces también el sueldo en un 12,5%. Si no lo hiciera, perderías dinero, tanto mientras tengas la jornada reducida, ya que tendrías tu sueldo actual menos un 12,5% (¡reduciendo sólo una hora!) y cuando termines la reducción tu sueldo actual por trabajar cuatro horas más. También debes mirar que te conserven la antigüedad a todos los efectos, incluido el indemnizatorio.

Piensa también que cuando se te acabe la reducción (como tarde a los ocho años del niño), deberás trabajar 40 horas, que es lo que pondrá en tu contrato.

Insisto, cuando tengas el nuevo contrato, si te interesa el cambio, claro, enséñaselo a un abogado antes de firmarlo.

Un saludo y suerte,
Juan

Anónimo dijo...

Muchas gracias por tu ayuda Juan.
Una última pregunta, en cuanto a lo que cotiza la empresa por mi: Si al final cambio mi jornada a 40 horas y la reduzco a 35 ¿la empresa cotiza por las 35 o por 40 horas?
Un saludo.

javi dijo...

hola buenas,ya estoy trabajando con la reduccion de jornada como me aconsejaste hace unos dias, la pedi de 7 horas diarias y ahora mi jefe me ha dicho que le iria mejor a la empresa que hiciera 6 horas asi cuando yo me voy mis compañeros se van a comer, yo estoy de acuerdo ya que hemos de poner todos un poquito de nuestra parte para que no haya malos rollos, ahora mi pregunta le he preguntado cuanto cobraria al mes a mi jefe y me ha dicho que va a proporcion bueno eso es lo que le ha dicho la gestoria, osea si cobro de normal 800 euros pues me quedarian en 600, haciendo numeros redondos, esto es verdad?

pues nada mas,un saludo y gracias por la ayuda prestada.

Juan Delgado dijo...

Hola,

Respondo a los dos últimos comentarios por orden.

1. La empresa siempre cotiza por lo que te paga. Si trabajas 35 horas y cobras en proporción, la empresa cotiza por esas 35 horas. Sin embargo, durante los dos primeros años de la reducción la Seguridad Social considerará incrementadas tus cotizaciones al 100% para algunas prestaciones (jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad) y al 87,5% para otras (incapacidad temporal).

2. Si reduces otra hora más, también reduces tu sueldo en proporción. Si te entiendo bien, pasarías de reducir una hora a dos, lo que te dejaría cobrando el 75% de tu sueldo original. Si era 800, es correcto que se quedará en 600.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola! Disfruto de reducción de jornada de 2 horas por cuidado de menor, y de común acuerdo he accedido a ampliarla 1 h., pasando a trabajar 7 horas diarias, 35 horas semanales (todavía no he comunicado dicha ampliación) En la empresa el horario de verano (junio, julio, agosto y septiembre) es de 36 horas semanales para los trabajadores con jornada completa (el resto del año hacen 39 h. semanales). Bien, mi pregunta es, yo debo cobrar lo mismo todo el año o tengo derecho a cobrar mas ó salir antes de mis 7 horas durante la jornada de verano? Al comunicar la ampliación por escrito, como puedo hacerlo para que se me contemple correctamente esta diferenciación entre jornada de invierno y verano? Es que durante el 2009, mi solicitud de reduccion la presenté concretando trabajar 6 horas con horario de 9 a 3 y en la jornada de verano cobre lo mismo y trabaje lo mismo que durante la jornada de invierno. Es esto correcto? Muchas gracias.

Juan Delgado dijo...

Hola,

Si estás calculando bien las horas que tienes que trabajar, no deberías cobrar más en jornada intensiva. Te cuento cómo se calcula lo que debes trabajar. Lo primero es saber cuántas horas debes hacer al año. Esto es sencillo, porque la empresa lo calcula todos los años. Si no quieres preguntar, pues echa cuentas suponiendo que trabajas a jornada completa, contando la jornada intensiva (las horas que hagas en esta jornada) y descontando festivos y vacaciones. Al número que te salga le tienes que restar tu reducción, y luego distribuirlo para todo el año.

Parece muy complicado pero no lo es. Te pongo un ejemplo. Supongamos que trabajas 40 horas a la semana durante todo el año salvo en julio, agosto y septiembre que trabajas 35 horas. Para simplificar, pongamos que un mes tiene 22 días hábiles (lunes a viernes). Supongamos también que tienes 22 días que te coges en jornada intensiva. Supongamos 12 festivos.

horas jornada normal = 9 (meses) x 22 (días) x 8 (horas/día) = 1584 horas

horas jornada intensiva = 2 (meses 3-1 vacaciones) x 22 x 7 (horas/día) = 308 horas

festivos = 12 x 8 = 96 horas
Total = 1892 horas (1584 + 308) - 96 = 1796 horas

Sobre este total debes restarle las horas que reduces. En tu caso, supongamos las dos horas que reducías hasta ahora:

Total reducido = 1796 - 1796 x (2/8) = 1347 horas

Ahora, si tú has hecho todo el año seis horas, calculemos las horas que has hecho:

Total = 11 (meses) x 22 (días) x 6 (horas) - 12 (días festivos) x 6 horas = 1380 horas

Esto quiere decir que has hecho 33 horas de más. En este caso, podrías haber hecho 33 (hábiles) días de jornada intensiva, es decir, mes y medio. Entendiendo jornada intensiva como jornada de cinco horas.

Espero no haberte liado demasiado. Dime si me he explicado o necesitas que te lo aclare.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Juan, has de perdonarme...pero estoy mas liada aún si cabe. Vengo haciendo 7 horas diarias desde el 1 de octubre de 2009 (desde 7 enero hasta 31 de septiembre de 2009 hice 6 horas diarias). El asunto es si me puedes facilitar una carta modelo para comunicar dicha ampliación, para tener yo algún justificante de que amplié mi jornada. Entonces, no se si lo mas correcto es decir que "amplio mi jornada, pasando de una reduccion de 2/8 a reducirla en 1/8" ó que "amplio mi jornada en 1 hora, pasando a hacer 7h. en lugar de 6h."...me influye esta diferenciación en lo que respecta a la jornada normal de la jornada de verano? si haciendo el cálculo que tu me dices me salieran horas de mas...significaria eso que durante los meses de verano tengo derecho a salir antes de mis 7 horas? Te agradecería enormemente que me hicieses tú el cálculo. te doy los datos. Personal con jornada completa, trabajan 39h.semanales de enero a mayo y de octubre a diciembre,es decir, 8 meses, y trabaja 36 h. semanales de junio a septiembre, es decir, 4 meses. Yo trabajo 7 horas todo el año. Espero no haberte liado yo. Te agradezco tu tiempo. Un saludo.

Anónimo dijo...

Hola primero darte la enhorabuena pues nos ayudas con muchos aspectos que hasta ahora desconocíamos. Mi tema es el siguiente, estoy de baja de maternidad me quedan 9 semanas para acabarla y tengo otro bebe de 20 meses. Estuve de baja por riesgo de embarazo. Me gustaría saber que puedo hacer para reducir jornada. estoy de responsable y hago turnos de 6-14, 14-23 pero marido tiene un turno fijo de tarde. Puedo pedir el turno fijo de mañana para poder cuidar a la bebe y pedir salir una hora antes por lactancia hasta los 9 meses y a la vez pedir una reducción e jornada de 1 hora al inicio. Es decir hacer de 7 a 13.me pueden poner e otro puesto de trabajo k no sea el de responsable pero seguiría cobrando mis pluses? Gracias

Anónimo dijo...

Hola primero darte la enhorabuena pues nos ayudas con muchos aspectos que hasta ahora desconocíamos. Mi tema es el siguiente, estoy de baja de maternidad me quedan 9 semanas para acabarla y tengo otro bebe de 20 meses. Estuve de baja por riesgo de embarazo. Me gustaría saber que puedo hacer para reducir jornada. estoy de responsable y hago turnos de 6-14, 14-23 pero marido tiene un turno fijo de tarde. Puedo pedir el turno fijo de mañana para poder cuidar a la bebe y pedir salir una hora antes por lactancia hasta los 9 meses y a la vez pedir una reducción e jornada de 1 hora al inicio. Es decir hacer de 7 a 13.me pueden poner e otro puesto de trabajo k no sea el de responsable pero seguiría cobrando mis pluses? Gracias

ROCIO dijo...

Buenos dias:

que bien nos viene esta pagina a las madres trabajadoras!!! Muchas gracias!!

Y ahora mi consulta:

es cierto que la reduccion por guarda legal de menor solo se puede fraccionar hasta que cumpla 3 años??y eso es en Madrid tambien. Tengo un niño que en Abril cumple 3 años y me piden que en los meses de Julio Y Agosto que en la empresa hay horario de 8 a 3, el horario que sigo durante todo el año, me piden que:''solicitarnos la anulación de la guarda legal por esos meses para que te abonemos tu jornada a tiempo completo y luego volver a solicitarla una vez acabada la jornada intensiva'' . El problema es que en el cliente donde estoy no me puedo reducir lo correspondiente al horario de verano, es decir, de trabajar 7 horas a trabajar 6:10 , mas o menos, y hasta ahora ese tiempo extra lo compensaba con dias libres.
Y despues de toda la explicacion, ¿pueden pedirme que anule la guarda legal y luego volver a pedirla?
Gracias

Anónimo dijo...

Hola,
tengo una pregunta tengo una hija de 8 años con un minusvalia de 43% esta año por problemas de su salud tengo que pedir reducion de jornada de 50%, mi pregunta es tendre derecho de paro 100% si pido por guarda legal de ella, es que no trabajo el año entero solo 8/9 meses en hosteleria, no se muy bien mis derechos antes de firmar cualquier contrato.
Gracias

javi dijo...

hola buenas, pues ya disfruto de mi reduccion a 6 horas diarias pero mi problema ahora es que mis problemas de espalda por lo que estuve 20 meses de IT,siguen y por mas pastillas que tome no se me pasan los dolores y desde que me levanto ya tengo dolor. mi pregunta es, si cojo la baja otra vez,por convenio cobro el 75% de baja,que cobraria el 75 de lo reducido o del salario entero?

gracias de nuevo y un saludo.

Anónimo dijo...

Hola, me encanta como explicais las cosas, quedan bastantes claras, pero lo mio es un poco mas largo de contar:
Yo trabajo como auxiliar de seguridad en un servicio, en el cual del dia 1 de marzo pasa a ser de otra empresa. Mis compañeros los vigilantes pasan a ser subrogados por convenio, cosa que nosotros no tenemos derecho y la empresa entrante siempre se ha negado a ello. Mi empresa me ha dado una carta en la que se acoge al articulo 44 de estuto de los trabajadores y con eso pone fin a mi contrato con ellos.
Yo tenía un contrato indefinido de 40 horas desde marzo de 2003 tipo 100, del cual a partir de abril de 2007 pasó a reducirce en el 75% por guarda legal. Ahora estamos a la espera de la cita del abogado para denunciar a las 2 empresas a ver que decide el juez, mientras, dicho por el abogado ni debo cobrar finiquito, ni paro ni trabajar para la nueva empresa con el contrato de obra y servicio que nos ofrecen, estoy que no se que hacer.
Mientras espero la cita del abogado, pido la vida laboral para comprobar que efectivamente me ha dado de baja mi empresa y me doy cuenta que desde el principio del contrato, estoy cotizando solo con un contrato tipo 200, con el 75% de la jornada y sin motivo de guarda legal ¡¡imaginate el susto!! porque gracias a eso tenemos bastantes mas derechos. Me voy a la s.s. y sin ningun tipo de problema, me lo arreglan con la carta de aceptacion, que mi empresa me dio en su dia poniendome, que mi tipo de contrato es 100 y que desde el 1 de 4 de 2007 pasa a ser del 75% por guarda legal, pero tambien se refleja con el tipo 100. Esta persona que me atiende me da la vida laboral con los cambios efectuados y desde el principio hasta el final he cotizado el 100% y que a partir de la fecha 1 de abril de 2007 estaba de reduccion por guarda legal hasta la baja en la s.s. habiendo cotizado todos los dias a jornada completa, cosa que ahora no la tengo tan clara, porque leyendo las preguntas he visto que la s.s. solo cotizas el 100% los 2 primeros años. ¿Está incorrecta mi vida laboral? o ¿es que yo entiendo mal la explicación que usted da? A la hora de cobrar el paro ¿cobro el 100% de lo que he cotizado ó el porcentaje correspondiente a mi nomina pero a 40 horas?¿que opinion tiene respecto a lo que me ha sucedido?
Gracias.
Espero su respuesta a ver si me aclara algunas dudas mientras que me llega la cita con el abogado.

Bueno espero su pronta respuesta a ver si mientras me llega la cita del abogado me quito algunas dudas

Macarena dijo...

como veo que tiene bastantes temas sin contestar y casi ninguno tiene puesto nombre el mi consulta es la de arriba (10 de marzo de 2010 13:16) y mi nombre es Macarena, no se hacer eso para que te salga el nombre

Anónimo dijo...

hola y gracias por aclarar todos estos temas y comentar que poder reducir jornada para cuidar a los críos es una maravilla;mi mujer así está y encantados: Mi pregunta es la siguiente y a ver si me podéis aclarar porque hasta ahora nadie me indica nada al respecto. Tengo un compañero que ha reducido jornada para cuidar a su hijo con su correspondiente subvención: En mi empresa eliges los días que tú quieres y hasta ahora a todos han complacido: Este chico, en sus jornadas de descanso se apunta a meter horas extras, horas que cobra en tiempo y en dinero, con lo que, si trabaja un día, se le compensa con día y medio, así que tiene para hacer más descansos de los que en principio le corresponde y más dinero del que preveía cobrar. Como él (y otros) eligen los días sobre todo de verano, os demás pedimos descanso por horas acumuladas en verano y no nos los dan, porque los de la reducción se llevan casi todo: Para mí y para muchos la postura de este "compañero" dista mucho de ser ética y me gustaría saber si en algún sitio pone que las horas extras no son compatibles con la reducción de jornada, si la empresa o él incumplen alguna normativa porque su salario se incrementa, o algo escrito al respecto; sí sé que no tiene obligación de hacer horas extras pero querría saber si tiene derecho a realizarlas.
muchas gracias

miriam dijo...

muchas gracias por tu página web. es más q útil.
yo quiero reducir mi jornada laboral a la mitad. tb me gustaria disfrutar del permiso de lactancia en jornadas acumuladas. mi pregunta es, si sin reduccion de jornada me corresponden 12 dias acumulados por el permiso de lactacia, comenzando la reduccion de jornada el mismo dia q la acumulacion estos pasarian a ser 24??
es que de ser posibe comenzaria antes a cobrar la mitad del salario, pero tendria el doble de tiempo para estar con mi bebe al 100%...
si no es posible supongo que me interesará pedir la reduccion de jornada justo despues de esos 12 dias, no? para asi cobrarlos enteros.
muchas gracias por tu atencion

Anónimo dijo...

Muchas gracias de antemano por la ayuda ofrecida en el blog.

Mi caso es el siguiente. Yo soy padre de dos niños de 4 y 2 años. Trabajo en mi empresa desde hace 8 años y tengo contrato indefinido. Mi trabajo es de comercial y tengo asignadas varias provincias, ello conlleva que debo desplazarme a varias ciudades de España aunque siempre vuelvo en el mismo día a mi domicilio.

Tengo intención de pedir una reducción de jornada laboral y quisiera saber si puedo solicitar una reducción de mi zona asignada porque entiendo que es incompatible con la reducción de la jornada laboral.

Muchas gracias.

Juan Delgado dijo...

Hola,

Siento la espera, pero es que llevo un par de semanas de dormir poco y dedico mi tiempo libre a dormir. Contesto a todos los comentarios por orden:

1. A ver qué te parece este modelo:
Señor/a.
Mediante esta carta comunico que como consecuencia de tener la custodia de mi hijo ................., que actualmente tiene .......... de edad, tengo la intención de ejercer el derecho que me confiere el art. 37.5 del Estatuto de los Trabajadores vigente y modificar el tanto por ciento de reducción de mi jornada laboral, pasando de 1/8 que actualmente realizo, a 1/4 de mi jornada laboral.

Esta reducción será por tanto de dos horas diarias, en horario de .......a........., con reducción proporcional de salario y efectividad desde el próximo ........ de .............. de 20.... (incluido).

Si no se oponen al nuevo horario mediante comunicación escrita en el plazo de 10 días, este mismo documento servirá de aceptación expresa del nuevo horario.

Atentamente,

Firma........................
Nombre

Madrid, a.......de ...... del 2010


En cuanto al ajuste de horas, echa cuentas porque sí es muy posible que puedas hacer menos horas en verano, al menos unos días. Siento no tener tiempo para hacerte los cálculos.

2. Puedes pedir una reducción de un octavo y la hora de lactancia hasta los nueve meses. Ten en cuenta que muchas empresas te dirán que si utilizas la hora de lactancia para reducir, sólo te corresponde media hora. Lo que es seguro, es que al reducir puedes elegir el horario, siempre que esté dentro de tu jornada habitual. En cuanto a si te quitan responsabilidad y pluses, depende de tu empresa. La ley no dice nada al respecto.

3. Rocio, la reducción se puede fraccionar hasta que el niño cumpla ocho años. No sólo los tres primeros años. En cuanto a pedirte que renuncies y la vuelvas a pedir, sólo tú puedes decidir eso. La empresa no te puede obligar. Pero si tú estás de acuerdo, lo puedes hacer.

4. Javi, el 75% de tu sueldo reducido.

5. Macarena, si tu empresa vende la actividad a otra empresa por el artículo 44, debería traspasarte con la actividad a la otra empresa. Es decir, tu contrato se subrogaría con la otra empresa. Si no lo hacen, te están despidiendo y es un despido nulo por estar de reducción. Si al final aceptas el despido por algún motivo, te corresponde paro e indemnización como si hubieses estado trabajando al 100% durante todo el tiempo que hayas estado con jornada reducida, no sólo los dos primeros años.

6. No hay ninguna ley ni norma que impida hacer horas extras estando con reducción de jornada.

7. Miriam, no por reducir a la mitad tu jornada te correponderán el doble de días por acumular. Coje los 12 días y luego reduce.

8. En la ley no se especifica nada relativo a la movilidad geográfica. Sin embargo sí que se indica que la empresa tiene que facilitarte la conciliación familiar. Yo consultaría con un abogado si tienes derecho o si la empresa se puede negar.

Un saludo,
Juan

Unknown dijo...

Hola,soy Antonio,este es mi caso:
actualmente difruto,desde abril del 2007 de reducción de jornada por guarda de menor.Hoy me informan de la asesoria de la empresa,que hubo un error al notificar la reducción,el caso es que actualmente dispongo de un contrato a media jornada normal.Me proponen subsanar el error,yo tendria que hacerme cargo de los gastos que esto conlleve.Despues de pasados tres años no se si me compensa esto,ya que no se actualmente en que me beneficiaria.Quisiera saber las ventajas que tendria y los gastos a los que tendria que hacer frente.
Gracias,por tu ayuda.

Juan Delgado dijo...

Hola Antonio,

Si tienes el papel de la solicitud de reducción por guarda legal firmado por la empresa, vete a cualquier oficina de la seguridad social, junto con el informe de maternidad y ellos te lo hacen. Que yo sepa no tiene que costarte nada. Si te lo hace una gestoría, pues lógicamente cobrarán por ir, pero lo lógico es que si la empresa se ha colado, lo subsane.

Un saludo,
Juan

Niconeco dijo...

Antes de nada gracias por este estupendo blog que a tantos y tantas nos ayudas.
Mi duda es respecto a la cotización a la seguridad social durante la reducción de jornada por menor de 8 años. He pedido mi informe de vida laboral y veo que en la casilla de CTP % (porcentaje sobre la jornada habitual de la empresa) figura un 80%, esto es correcto o debe figurar un 100%
Muchas gracias
Un saludo

Juan Delgado dijo...

Hola,

Si es durante los dos primeros años de la reducción, está mal. Debe aparecer como un contrato a jornada completa. El tipo de contrato debe corresponder con esto y el CTP debe aparecer en blanco o al 100%.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

por favor me puedes ayudar estoy redactando una modificación de mi jornada reducida por otra que al fin no me obligan a cogerme la hora de comida y no se si lo estoy haciendo bien, muchas gracias...!

En Madrid, a x de Abril de 2xxx
Muy Sres. míos:
Por la presente quiero comunicarles mi modificación horaria realizada con anterioridad como consecuencia de tener bajo mi guarda y custodia a mi hijo : XXXXXX , de 14 meses de edad y ejerciendo el derecho que me confiere en el artículo 37.5 del vigente Estatuto de los Trabajadores a reducir mi jornada laboral,
informarles que antes viniendo a realizar el horario a razón de 7 horas diarias y en horario de 8 a 13:30 y de 14:30 a 16:00 horas , según la nueva política de empresa de conciliación familiar informo que :
La referida modificación del nuevo horario de reducción de jornada será manteniendo las 7 horas diarias de 8 a 15:00 horas de lunes a viernes.
Sin otro particular, agradeciéndole acuse de recibo de la presente, le saluda atentamente

me faltaría algo? o está mal ?

Unknown dijo...

HOLA MI NOMBRE ES GEMA.HABER SI ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR.SE ME ACABA LA REDUCION DE JORNADA QUE TENGO PORQUE MI HIJA YA HACE 8AÑOS.ME HAN DICHO QUE LO HAN SUBIDO.ME LO PODRIA CONFIRMAR ALGUIEN?.
TENGO OTRA PREGUNTA.SABRIA ALGUIEN SI YO ME VOY AL PARO A RAZON DE QUE ME HACEN LA MEDIA A LA HORA DE COBRAR.DEL DINERO QUE TENGO EN NOMINA POR MEDIA JORNADA?

Anónimo dijo...

Hola Juan
Gracias por dedicarnos tu tiempo. Mi problema es algo diferente. Soy viudo desde hace 34 meses y tengo dos hijos menores de edad pero mayores de 12 años. Hasta la fecha he podido conciliar la vida familiar y laboral a duras penas, pero desde hace un par de meses la empresa me ha impuesto unos turnos draconianos que me dificultan mucho atender a mis hijos adecuadamente. Por ello he intentado asesorarme por si existiese jurisprudencia sobre reduccion de jornada por viudedad con hijos menores a cargo...y la cierto es que no he encontrado nada de nada, ni yo ni un abogado al que he consultado.
¿ puedes darme alguna pista ? ¿ desisto?
Muchas gracias y un saludo.
Antonio Esteban

Juan Delgado dijo...

Hola,

Contesto a los dos últimos comentarios por orden:

1. Me parece un poco confusa la carta que incluyes. Yo haría algo como esto:
Señor/a.
Mediante esta carta comunico que como consecuencia de tener la custodia de mi hijo ................., que actualmente tiene .......... de edad, tengo la intención de ejercer el derecho que me confiere el art. 37.5 del Estatuto de los Trabajadores vigente y modificar el horario de mi jornada laboral, manteniendo la reducción que disfruto actualmente de 1/8.

Esta reducción se mantendrá por tanto en una hora diaria, y el nuevo horario será de 8:00 a 15:00, con reducción proporcional de salario y efectividad desde el próximo ........ de .............. de 20.... (incluido).

Si no se oponen al nuevo horario mediante comunicación escrita en el plazo de 10 días, este mismo documento servirá de aceptación expresa del nuevo horario.

Atentamente,

Firma........................
Nombre

Madrid, a.......de ...... del 2010


2. Gema, la ley fija el final del derecho a reducir tu jornada por guarda legal cuando tu hija cumpla ocho años. A no ser que tu convenio amplíe este límite, se acaba entonces. Si te despiden, tanto la indemnización como el paro que te correponderían son relativos al 100% de tu sueldo.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola! muchas gracias de antemano por la atención.

Tengo pensado pedir reducción de jornada por guarda legal una vez que me incorpore a mi puesto de trabajo y me surge la siguiente duda: Soy encargada de una de las sucursales de mi empresa y no sé si por reducir jornada pueden cambiarme de puesto, ya que no voy a estar la jornada completa. Si fuera así, el sueldo se mantiene?
Gracias

PEPE dijo...

Hola, ¿donde hay que ir para demandar a la empresa? Se que es el juzgado de lo social pero ¿de donde? De Madrid (comunidad en la que vivo) del lugar de la sede de la empresa o del de tu domicilio? La empresa de mi mujer se niega a concederle la reduccion en el horario que ella quiere que es solo por la mañana. Su jornada es discontinua pero no a turnos.
Gracias por tu gran ayuda Juan.

Juan Delgado dijo...

Hola,

Respondo a los tres últimos comentarios por orden.

1. En la vida laboral debería aparecer como que estás trabajando al 100%, con el campo CT (tipo de contrato) con un valor que corresponda a uno de tiempo completo. El campo CTP (contrato tiempo parcial) no debe tener ningún valor. Pide en tu empresa que lo corrijan.

2. Entiendo que tu empresa puede cambiar tus funciones, porque no tienes la disponibilidad necesaria para cumplir con ellas. No tengo claro que sea una discriminación. Consúltalo con un abogado.

3. La verdad es que no lo sé. Habla con un abogado para presentar la denuncia.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Hola Juan

De nuevo te pido consejo. El pasado día 13 de Abril te hice una pregunta respecto a posibilidad de reduccion de jornada para viudos con cargas familiares...y se te ha pasado contestarme.
Gracias por tu amabilidad. A la espera.

Anónimo dijo...

Hola, actualmente trabajo jornada completa de 9-14h. y 16.30-20h., de lunes a jueves y viernes solo mañana, en breve dare a luz y queria pedir una reduccion de jornada o cambio de horario de trabajo como jornada intensiva, ya que no me puedo permitir cobrar mucho menos que es lo que me pasaria si redujera mi jornada a la mitad, es posible una jornada intensiva de 6 o 7 horas???
Gracias y un saludo.

Mariquilla dijo...

Hola Juan,

Quiero solicitar la reducción de jornada por guarda legal. Me gustaría saber cuál es la base de cotización a la seguridad social que seguiré cotizando, la última antes de pedir la reducción.
Si mi base ha cambiado en los últimos meses, cuál sería la base?
Muchas gracias y saludos.

Anónimo dijo...

Hola Juan,

lo primero enhorabuena por este blog en el que llevo investigando unos dias y me parece estupendo y super util!!
Mi pregunta es en relacion con la reduccion de jornada. En mi empresa hay beneficios sociales: seguro de vida y accidentes y un plan de pensiones donde las primas y las aportaciones se calculan en base al salario. En el caso del seguro de vida y accidentes , ademas la prestacion a recibir en caso de que se cumplan las contingencias cubiertas es el doble del salario. Mi pregunta es, que salario se toma para estos calculos el original o el reducido? y respecto a la subida salarial, se hace sobre el salario original o sobre el reducido?

Muchas gracias por tu ayuda!!!

Saludos,

Sophie

Anónimo dijo...

Hola juan,
Mi caso es al contrario de casi todos los anteriores,en este caso soy yo el que cubre la reducción de jornada,el compañero se va a dar de baja,mi pregunta es ¿me cortarian el contrato a mi que soy la reduccion de jornada?
Muchas gracias y saludos

Anónimo dijo...

Encantada de saludarle

Mi nombre es Isabel, le agradeceria muchímo si pudiese darme una respuesta a mi problema.
Soy divorciada, y tengo la guarda legal y custodia de mis dos hijos, de 10 y 7 años respectivamente.
Desde el 22 de marzo ejerzo mi jornada laboral de 7-15, con el respectivo desajuste familiar que esto ha provocado, mis hijos no duermen en casa ya que no puedo llevarlos al colegio a las 06:30 de la mañana y tienen que estar con sus abuelos.
En la empresa me indicaron que "mi contrato" no me permite pedirme una hora de reducción, de lo cual tengo serias dudas..
Mi pregunta es, ¿puedo pedir esta reducción?, y una vez que el pequeño cumpliese los 8 años ¿puedo seguir con mi reduccion porque los tengo a mi cargo y por razones de edad no pueden valerse por si mismos?

Muchas gracias anticipadamente por su respuesta..

Anónimo dijo...

Buenos días y muchas gracias de antemano.Explico mi caso:Me voy a incorporar tras un año de excedencia con reducción de 1/8 de mi jornada(20 horas semanales).Yo trabajaba de lunes a sábado una semana de mañana y otra de tarde, más algún domingo de los 8 estipulados por la jcyl.Quiero saber si eligiendo horario de mañana de lunes a sábado dentro del horario que yo realizaba me libro de trabajar los domingos hasta que cumpla 8 años mi hija.Es que no lo tengo muy claro,al igual que si elijo mi horario de lunes a viernes.¿seria posible?y otra duda,creo haber leido que las familias numerosas podemos pedir una excedencia de 15 meses(con opcion a guardar puesto trabajo y cotizacion 100%) ,si yo ya en su día hice una carta en la que firmé mi incorporación al año ¿puedo prorrogar esos 3 meses? ¿O deben ser 4 cómo mínimo? .Un saludo,espero ansiosa su respuesta

Anónimo dijo...

hola
mi problema es el siguiente.yo estoy embarazada de 32 semanas y llevo de baja desde la semana 20 por lumbalgiaceatica, mi empresa lleva un retraso de nominas de 8 meses incluidas mis bajas y con lo cual yo no estoy cobrando.yo me incorporaré a trabajar en febrero de 2011,pero siempre que me hayan liquidado todo lo que me deben, sino no me merece la pena llevar a mi hija a la guarderia y quitarle el pecho, el problema es que quiero pedirme una excedencia de 6 meses y no se como me afecta a la hora del paro y si me la van a dar porque ya ha dos mas que han dado a luz y una a pedido 1 año de excedencia y como afectaria a mi cotizacion.y por ultimo me podria coger una reduccion de jornada de 36 horas semanales si no puedo acceder a la excedencia, y si me dan la excedencia justo despues de ella. muchas gracias

Suu dijo...

Buenos días Juan,

El 11 de enero empecé mi jornada reducida por cuidado de mi hija y tengo entendido que cotizo el 100%a la seguridad social, verdad? (bueno, de hecho lo comprobé con la vida laboral)

Me encuentro embarazada, por lo que cuando dé a luz, no habrán pasado ni dos años, por lo que en la baja por maternidad recibiré el 100% del sueldo, es decir, como cuando trabajaba 8 horas?

Muchas gracias y un saludo,
Suu

Eva dijo...

Buenas tardes Juan..
Tengo un bebé de 4,5meses y voy a solicitar la reducción de jornada. Mi horario es de 8 a 13h y de 15 a 18,30 de Lunes a Jueves y de 8 a 15h el Viernes. Del 15 de Junio al 15 de Sept. hacemos horario intensivo de 8 a 15h. Podría hacer de 8 a 13h de L a J y los Viernes seguir de 8 a 15h??? Y durante el período de verano seguir haciendo de 8 a 15H??? pueden negarse?
Me han comentado que cuando se pide la reducción de jornada sobre todo hay que especificar que es por guarda legal del menor para que se cotice durante los 8 años el 100%, es cierto?
Durante los 8 años que podemos disfrutar de la reducción, pueden en algún momento, si quisiera volver a mi horario normal, no dármelo y estar obligada ha seguir con el horario solicitado?
Muchas grácias y saludos.

Nuria dijo...

Buenos días,
en primer lugar muchísimas gracias por toda la información que nos facilitas para poder conocer nuestros derechos cuando somos padres.
Mi caso es el siguiente:
Actualmente estoy con el permiso de maternidad que finaliza el 23 de sep. Despues me acojo a la acumulación de la lactancia, siendo mi incorporación para el 7 de octubre.
Bien, viendo que puedo reducir mi jornada, por guarda legal, a 7 horas, he hecho la siguiente carta (según tu modelo) y me gustaría que me ayudaras en 2 puntos:
Carta:
Mediante esta carta comunico que como consecuencia de tener la custodia de mi hijo ....., que tiene 4 meses, tengo la intención de ejercer el derecho que me confiere el art. 37.5 del Estatuto de los Trabajadores vigente y reducir mi jornada laboral.
Esta reducción será de 1 hora diaria, con su consecuente reducción proporcional de salario y efectividad desde el próximo 13 de Septiembre de 2010 hasta el 3 de junio de 2018 (ambos incluidos). El periodo anteriormente mencionado, podrá ser prolongado a petición mía siempre que realice un preaviso de 15 días antes de la finalización de dicho periodo. Asimismo, también podré volver a mi jornada ordinaria de 8 horas en cualquier momento, siempre que lo comunique a la empresa con 15 de antelación.
Consultas:
1- Me dieras tu opinión, dado que pongo que puedo volver a mi jornada de 8h cuando quiera.
2- En mi empresa todos los viernes y todo el mes de agosto hacemos jornada intensiva, pero de 8 a 15. ¿lo debería especificar en la carta?
Muchas gracias de antemano por tu tiempo.
Núria

Trini dijo...

Hola. Trabajo en la emisora de radio de un Ayuntamiento. Mi horario es de 9 a 13 y de 17 a 20 horas. El resto de compañeros del ayuntamienyo e incluso de la emisora trabajan de 8 a 15 horas. Cuando tuve a mi hijo pedí trabajar en ese mismo horario y se me negó xq para el funcionamiento de la emisora hacía falta q yo fuera x la tarde y mis compañeros se negaban a turnarse conmigo. Lo he pedido hasta en tres ocasiones y esas tres veces se me ha negado. Cada día estoy más quemada con la situación hasta el punto q llevo 5 días de baja por estrés y ansiedad ya q no puedo atender ni ver a mis hijos de 5 y 2 años. He pensado en la posibilidad de pedir la reducción de un octavo y para mi lo ideal sería trabajar de 9 a 15 horas. Sería factible? Aunque no esté en mi horario habitual? Xq la emisora sigue funcionando y puedo hacer tb otros trabajos en ese horario.

Muchas gracias.

Unknown dijo...

hola Juan;

me llamo Cristina, mi pregunta es la siguiente, mi contrato es de 6 horas, alternando 1 semana de mañana, y otra de tarde, tengo un niño de 4 años, y he pedido reducción de jornada, que no es esto exactamente, lo que quiero es quedarme a 6 horas pero en el turno de mañana.

estoy a la espera de respuesta por parte de mi empresa.
no se si me lo facilitaran, o por el contrario tengo que reducir a menos de 6 horas.

muchas gracias.

Unknown dijo...

Buenas.

Me encuentro de baja maternal y a la hora de incorporarme voy a pedir un reducción de jornada por cuidado del peque.Trabajo a 3 turnos mañana,tarde y noche y me gustaría saber si puedo elegir el que más me convenga, que seria de 9:00 a 14:00, ya que sólo tengo guardería por las mañanas. Y quisiera preguntarte cuando les tendría que presentar la carta de solicitud
Muchas gracias

pablo dijo...

Buenas noches
quiero pedir 50% reduccion de jornada, me interesaria horario de 15h a 19h. el caso es que mi jefe me cambia el calendario el año que viene,jornada partida 8h, durante el invierno, los viernes de 8h a 15h.,,Hasta aqui todo bien.,,El problema es que me quiere usar de "comodin", cubrir bajas y vacaciones de mis 8 compañeros que trabajan a turnos,1semana de mañana 6h a 14h, y otra de tarde 15.30h a 23.30h, trabajando fines de semana y festivos,segun caiga.
En fin un lio para estar con mis 2 hijos(mellizos).empresa mantenimiento con servicio 24h,,en convenio tenemos disponibilidad geografica y horaria....¿puedo exigir el horario que a mi me interesa??
un saludo gracias..Pablo

Unknown dijo...

Hola:
Mi pregunta es: si tienes una reducción de jornada por cuidao de hijos, de lunes a viernes de 4h. o 6h. El sábado que no es laborable es tu dia festivo, es legal ir ha trabajar para realizar horas extras?
Muchas gracias.

Mª Jose dijo...

Hola tengo una duda ahora mismo tengo concedida reduccion de jornada al 50% puedo renunciar a ella y dentro de un mes volver a solicitarla por guarda legal? muchas gracias

jessica dijo...

hola,tengo una hija de 13 meses y me gustaria hacer una reduccion de jornada,es decir pasar de 8 a 6 horas,mi duda es que no se cuanto te pueden llegar a descontar del sueldo.hay un tanto por ciento estipulado o como va esto?gracias.

Anónimo dijo...

Mi nombre es Francesc,

En primer lugar gracias por la información tan necesaria en estos menesteres.

mi pregunta es la siguiente:
hay algún tipo de prorroga a partir de los 8 años de edad del niño, o bien hay que solicitarla confiando en la buena disposición de la empresa para concederla.

Muchas gracias.

Anónimo dijo...

Hola,gracias de antemano por su ayuda.Mi pregunta es la siguiente:Tengo 2 niños de 5 y 3 años,en agosto del año pasado empece a trabajar en una empresa de limpieza,con un horario de 7 a 14 h.Pero ahora me es imposible seguir con este horario y necesito reducion de jornada.Mi contrato es por obra y servicio.Podria pedir la reduccion?

Anónimo dijo...

Tengo dos trabajos y en el trabajo de la tarde quiero pedir una reduccion de jornada por guarda legal. Mi jornada semanal es de 24 horas de lunes a sabado. Me puedo reducir a 20 horas semanales???

Anónimo dijo...

buenos días, en septiembre se me acaba la jornada reducida ya que mi hijo cumple 8 años, se que tengo que avisar a la empresa 15 días antes de mi incorporación a jornada completa, pero si no aviso, y pasa la fecha en la que me tendría que incorporar¿me puedo quedar con la jornada reducida como un derecho adquirido?

Anónimo dijo...

hola:
Yo estoy cubriendo una media jornada de una chica en un hospital, y esta embarazada, en breve se cogera la baja laboral, me gustaría saber si ese contrato de baja por IT, me lo tienen que ofertar a mí, o ceso mi contrato. Gracias.

Anónimo dijo...

Buenos dias, al mes de coger una reducción de jornada en mi trabajo para el cuidado de menores me pongo muy enferma y llevo 2 meses de baja laboral. Me gustaría saber si el sueldo, ahora que estoy de baja es el mismo que cuando tenía la reduccíon de jornada o por el contrario vuelve a ser el 100 por 100 que cobraba antes de mi reducción. Un saludo y muchas gracias

Anónimo dijo...

Hola Juan,
tengo un hijo de 10 años con una minusvalia, quiero pedir reducción de jornada pero todos los ejemplos de carta para entregar a la empresa son por hijo menor de 8 años a cargo, agradeceria un ejemplo de carta para entregar a la empresa. Trabajo en una cadena de supermercados, ¿a quien le debo entregar la carta? ¿al director del super o a recursos humanos? Gracias de antemano Juan,
atentamente Ana

Anónimo dijo...

Hola Juan,

Ahora mismo disfruto de reducción de jornada por guarda de hijo menor, mis horarios son de 09.00-14.00 y de 17.00-20.00, yo he solicitado el turno de mañana, pasando de 40 horas a 25 horas. Ahora por cuestión económica tengo que ampliar las horas trabajadas, puedo solicitar trabajar dos tardes, pasando de 25 a 31 horas. Se puede negar la empresa? Puedo elegir yo las tardes en que trabajaría?

Además consultarte que hace un año me comunicarón que perdi un juicio en el que solicitaba la reducción de 09.00-16.00 hrs, aunque donde trabajo es un establecimiento abierto al público 24 horas, aunque mi horario, según la empresa, era para atender al público. Ahora mi compañera que trabaja conmigo, ha disfrutado ya varias veces de horario continuo, a pesar de no ser madre. La sentencia se recurio, pero se perdio. Podría volver de nuevo a recurirla, si tengo pruebas de ese horario disfrutado por mi compañera.

Gracias por su atención.

Un saludo.

Anónimo dijo...

Hola Juan,
Me gustaría saber si se puede pedir una reducción de la baja de maternidad y poder disfrutar de 20 semanas en vez de 10.
Muchas gracias

Anónimo dijo...

hola
tengo ureduccion por guarda de un menor y estoy en el convenio comercio textil de valencia en el que no especifica nada al respecto de mi duda,tengo obligacion de trabajar los festivos?mañana es jueves santo y abre el negocio y yo tengo que trabajar,puedo negarme?

Anónimo dijo...

Hola,

Tengo un areducción de jornada por cuidado de mis dos hijos menores, nuetra jornada habitual es de 8 horas y yo me he quitado una hora y cuarto al día, es decir que ahora hago 6 horas y 45 minutos. En verano todo el mundo pasa a hacer jornada intensiva, de 6 horas diarias y mi duda es si yo también debo aplicar la reducción de hora y cuarto sobre esas 6 horas.
Muchas gracias.

Anónimo dijo...

HOLA:
TENGO UN HIJO DE 5 AÑOS Y VIENE OTRO EN CAMINO.ESTOY CON GUARDA LEGAL DEL 1 HIJO PARA SEGUIR DISFRUTANDOLA DEL 2ºHIJO,TENGO QUE SOLICITARLA CUANDO NAZCA O CUANDO EL 1 HIJO TENGA LOS 8 AÑOS.
MUCHAS GRACIAS.

Anónimo dijo...

Buenas noches y mil gracias por atender nuestras dudas
Yo tengo gemelos de siete años y el año q viene se me acaba la reducción ya que cumplirían los ocho años mi pregunta es la siguiente por ser gemelos la edad máxima para poder reducirse sigue siendo ocho años ?

carla dijo...

hola juan
soy una mama, mi hijo tiene dos años. mi pregunta es tengo derecho al turno de mañana o me tengo que aguantar con el de tarde

Anónimo dijo...

hol juan..tengo reduccion de jornada,actualmente y quiero cambiear el turno a una semana de mañana y otra de tarde,queria saber cuanto tiempo tiemen para contestarme.muchas gracias

Jolanta dijo...

Estoy ejerciendo el derecho de reduccdion de jornada laboral por tener un hijo. Trabajo en el turno de manana y este derecho ma ha sido confirmado hasta que mi hijo cumpla 10 anitos. Me he quedado embarazada de nuevo y segun me comentan al nacer mi segundo hijo perdere todos los derechos anteriores en cuanto a la reduccion con el horario de manana. Segun la empresa tengo que mandar de nuevo la solicitud cuando nazca mi segundo hijo y en tal caso ya perderia el horario de manana ya que actualmente la empresa no lo autoriza. Agradeceria tu opinion. Gracias.

Anónimo dijo...

hola,tengo una pregunta,yo trabajo en un comercio con el hoario 10-14 y de 17-20.30 de lunes a viernes y los sabados por la mañana.He llegado a un acuerdo con la empresa y trabajo de lunes a viernes de 10-14 y de 17-20h pero quiero quitarme un par de tardes.El problema es que si no estoy tienen que cerrar la tienda,¿que puedo hacer? ¿es posible reducir un poco más? gracias y un saludo

Anónimo dijo...

buenas tardes,tengo una pregunta, antes de quedarme embarazada trabajaba 41.5 horas a la semana aunque en mi contrato pone 39 horas.cuanto puedo reducir? y de jornada, de la que hacía o de la de mi contrato? ademas si yo no estoy tienen que cerrar la tienda,que puedo hacer?el horario es de lunes a viernes 10-14 y 17-20.30 y los sabados 10-14.Cuál podria ser mi horario?muchas gracias

Johan dijo...

Hola Juan!
Primero te quiero agradecer el esfuerzo por informar y aún más por contestar a tantos comentarios!!
Tengo varias dudas, he leído en varios sitios "reducción de jornada relativas al cuidado de niños por guarda legal"... pero en otro sitios que basta con tener un hijo menor de 8 años. Estoy separado de la madre de mi hijo y oficialmente no hemos hecho ningún papel de la guarda...
Si lo hiciéramos y si le dieran a ella la guarda, ¿ pierdo el derecho a pedir reducción ? o ¿ con el libro de familia es suficiente ?
Otra cosa, he visto que en vez de reducir horas diariamente, puedes trabajar 4 días a la semana, eso ¿ lo tiene que aprobar la empresa ?, ¿tiene alguna restricción ? y si fuera trabajar tres semanas si y una no ?
De nuevo muchas gracias!!
Un saludo

Anónimo dijo...

Hola, estado leyendo todo y me ha parecido muy interesante, yo tengo una duda, y mucho miedo para pedir la reducion de jornada. Tengo un niño de 5 años de edad, y mi problema es que habitualmente en mi trabajo estoy de 15 a 22 40h semanales, en mi tienda ya hay una compañera con jornada reducida y somos 5 personas, mi pregunta es ¿si yo pido la reducion de jornada y la pido con turno de mañana me la darían?, o tengo que pedirla con horario de tarde? me encantaría que alguien me aconsejase para poder saber que es lo que hacer y como plantearlo. Muchas Gracias

Anónimo dijo...

hola me gustaria saber si es cierto que quieren aprovar una ley que permite la guarda legal hasta los 10 años.gracias.

Anónimo dijo...

Hola Juan,

Muchas gracias de antemano por tanta información interesante.

Mi caso es el siguiente: Ahora mismo estoy disfrutando del permiso acumulado de lactancia y después de un mes de vacaciones antes de incorporarme al trabajo tras el nacimiento de mi hijo. Mi intención era reducir mi jornada una hora pero quise ir por las buenas y, en lugar de imponerlo, negociarlo con mi jefe (proponiendo trabajar desde casa) con el objetivo de no perder mi trabajo. El caso es que hablé con el por teléfono y quedó en convocarme para una reunión con rrhh y ver las opciones. Aún no he recibido su llamada pero me he enterado de que mi departamento se disuelve. Aún no me lo han comunicado a mí.
Mi duda es ¿Me puedo pedir la jornada reducida sabiendo que mi puesto de trabajo desaparece? En caso de pedírmela ¿La empresa me puede despedir siendo despido procedente o tiene la obligación de reubicarme?

Gracias de nuevo

alberto dijo...

hola
soy alberto.mi mujer esta de reduccion de jornada y le han dicho ke solo le corresponden 22 dias de vacaciones,no le corresponden todas,es cierto o nos estan engañando y le pertenecen todas igual ke sus compañeros

MANUEL dijo...

HOLA ME LLAMO MANUEL:
TRABAJO EN LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, MI HORARIO ES DE 8.00 A 15.00 DE LUNES A VIERNES, TENGO UNA MINUSVALÍA DE 43%. MI PREGUNTA ES SI TENGO DERECHO A DISFRUTAR UNA REDUCCIÓN DE JORNADA DE UNA HORA TODOS LOS DIAS DE LUNES A VIERNES. SALUDOS.

Anónimo dijo...

Hola, necesito un poco de cosejo laboral. Llevo trabajando en mi empresa desde el 2005, y desde febrero de 2009 mi jornada laboral está reducida por guarda legal. Me comunican que me despiden y me gustaría saber cual sería mi prestación de desempleo. Es proporcinal a las horas que trabajo o a efectos de paro sigo cotizando jornada completa?

Ana Maria dijo...

Buenas noches, tengo una duda con la reducción de jornada. En un mes me incorporo a mi puesto de trabajo después de la baja maternal y me quiero reducir de jornada. Mi jornada son de 37 horas semanas en turno partido. En la empresa somos unas 15 personas en diferentes cargos. Una compañera que estaba en mi mismo puesto se ha reducido de jornada y le han cambiado el puesto, poniéndola fija de mañana como ella solicitó. Puedo solicitar yo también la reducción de jornada a fija de mañana quedándome en mi puesto de trabajo o me podrían imponer ellos el horario?? mil gracias por vuestra ayuda!

Anónimo dijo...

Hola,tengo una duda a resolver antes del 31/01/12 ya que en esa fecha me despiden.

Por lo que he estado leyendo cada uno de los hijos genera el derecho y por lo tanto a efectos cotización la S.S.considera incrementadas al 100% las cotizaciones para ciertas prestaciones durante dos años.(Entrada 30 julio 2009)

Tengo trillizos y cuando solicité la guarda legal en mi empresa deje bien claro que solicitaba la guarda legal "por cuidado de mis hijos trillizos menores de 8 años".

Cuando habían transcurrido dos años desde el inicio llame a mi empresa indicandoles que se trataba de tres niños y me dijeron que no me preocupase.

He estado en la tesorería de la S.S. y la persona que me ha atendido me ha dicho que ese derecho no se genera por cada uno de los niños sino que solo se aplica a los dos primeros años de la guarda independientemente del numero de niños por la cual la solicites.
Yo creo que no es así y que en mi caso serian 6 años los que tendria derecho al incremento de las cotizaciones hasta el 100%.

Me despiden a final de enero y necesito saberlo cuanto antes para poder acudir a la tesoreria y consultar si efectivamente mi empresa comunico que son tres niños los causantes del derecho. Si no fuese así, debo reclamar que se solucione antes del despido.

Por favor si hay algun texto en el que lo refleje indicadmenlo.

Un saludo y disculpad las prisas

Anónimo dijo...

Hola,tengo una duda a resolver antes del 31/01/12 ya que en esa fecha me despiden.

Por lo que he estado leyendo cada uno de los hijos genera el derecho y por lo tanto a efectos cotización la S.S.considera incrementadas al 100% las cotizaciones para ciertas prestaciones durante dos años.(Entrada 30 julio 2009)

Tengo trillizos y cuando solicité la guarda legal en mi empresa deje bien claro que solicitaba la guarda legal "por cuidado de mis hijos trillizos menores de 8 años".

Cuando habían transcurrido dos años desde el inicio llame a mi empresa indicandoles que se trataba de tres niños y me dijeron que no me preocupase.

He estado en la tesorería de la S.S. y la persona que me ha atendido me ha dicho que ese derecho no se genera por cada uno de los niños sino que solo se aplica a los dos primeros años de la guarda independientemente del numero de niños por la cual la solicites.
Yo creo que no es así y que en mi caso serian 6 años los que tendria derecho al incremento de las cotizaciones hasta el 100%.

Me despiden a final de enero y necesito saberlo cuanto antes para poder acudir a la tesoreria y consultar si efectivamente mi empresa comunico que son tres niños los causantes del derecho. Si no fuese así, debo reclamar que se solucione antes del despido.

Por favor si hay algun texto en el que lo refleje indicadmenlo.

Un saludo y disculpad las prisas

Anónimo dijo...

Hola,tengo una duda a resolver antes del 31/01/12 ya que en esa fecha me despiden.

Por lo que he estado leyendo cada uno de los hijos genera el derecho y por lo tanto a efectos cotización la S.S.considera incrementadas al 100% las cotizaciones para ciertas prestaciones durante dos años.(Entrada 30 julio 2009)

Tengo trillizos y cuando solicité la guarda legal en mi empresa deje bien claro que solicitaba la guarda legal "por cuidado de mis hijos trillizos menores de 8 años".

Cuando habían transcurrido dos años desde el inicio llame a mi empresa indicandoles que se trataba de tres niños y me dijeron que no me preocupase.

He estado en la tesorería de la S.S. y la persona que me ha atendido me ha dicho que ese derecho no se genera por cada uno de los niños sino que solo se aplica a los dos primeros años de la guarda independientemente del numero de niños por la cual la solicites.
Yo creo que no es así y que en mi caso serian 6 años los que tendria derecho al incremento de las cotizaciones hasta el 100%.

Me despiden a final de enero y necesito saberlo cuanto antes para poder acudir a la tesoreria y consultar si efectivamente mi empresa comunico que son tres niños los causantes del derecho. Si no fuese así, debo reclamar que se solucione antes del despido.

Por favor si hay algun texto en el que lo refleje indicadmelo.

Un saludo y disculpad las prisas

Juan Delgado dijo...

Hola,

Mi experiencia es parecida a la tuya. No por tener gemelos, sino porque en el segundo hijo la reducción de jornada de mi mujer se renovó automaticamente y pusieron a cero el contador.
Yo no he visto nada que cambie los dos años por parto múltiple. De todos modos, consulta el estatuto de los trabajadores, por si lo he leído mal.

Lo siento.
Juan

Anónimo dijo...

Hola de nuevo,
Creo que no me he expresado bien, lo que solicite no es la guarda legal si no la jornada reducida por guarda legal.
Consultaré el E.T.
Gracias por contestar y un saludo

Anónimo dijo...

Hola,
Tengo una duda, el horario de mi empresa es de 9 a 19, aunque yo suelo hacer el siguiente horario: de 09:00 a 13:00 y de 15:00 a 19:00, pero este horario no está firmado en ningún sitio.
Acabo de tener una niña y cuando me incorpore tengo intención de solicitar una reducción de jornada de 6h/día: de 9:00 a 15:00
Mi compañera está también de reducción haciendo este horario, podría la empresa negarse a dármelo por considerar que no es efectivo para la empresa? para realizar el trabajo de la oficina sólo estamos nosotras dos.

Anónimo dijo...

Me llamo susana.
mi caso es el siguiente.me incorporo ahora con jornada reducida de 9 a 2(siendo mi horari de 9 a 2 y de 4 a 7) el caso es que ya hay dos personas con jornada reducida de mañana y me quieren poner a mi por la tarde.me pueden obligar a trabajar de tardes?

Anónimo dijo...

Hola, voy a pedir una reducción de jornada por maternidad. Tengo que entregar la carta y luego, ¿tengo que firmar algún tipo de anexo al contrato indicando la reducción? ¿Se pondría ahí que es por motivo de guarda legal?
Una vez en reducción, ¿cómo puedo ver si me lo han hecho de manera correcta? ¿En una vida laboral?
Gracias y enhorabuena por le foro

Anónimo dijo...

Hola
Trabajo de lunes a domingo y he solicitado la reducción por guarda legal al 50%
La empresa me concede la reducción pero no el horario solicitado.
Trabajo en hosteleria y trabajaba mañanas y noches.
El horario que me dan es librar miércoles y sábados; y el resto trabajar 4 mañanas (11-15) y 1 noche (20- 00) a elegir por mi.
También me dicen que tengo que trabajar 1 sábado x la noche y así esa semana ya tendría elegida la noche a trabajar y esa semana libraría el domingo.

He aceptado aún sabiendo que podría ir a juicio; pero me parece muy triste que un juez me de la razón y luego tener que trabajar todos los días codo con codo con la persona que no me lo ha concedido y me pueda hacer mi vida laboral todo un infierno.

Mi pregunta es la siguiente: Puedo volver a pedir más adelante un cambio de horario dentro de la misma jornada solicitada??? Es decir, puedo volverles a decir de qué manera y forma quiero trabajar??? Ya que tengo muchos problemas para dejar a la niña los días de fiesta y los domingos; ya que mi marido trabaja de lunes a domingos con turnos rotativos y mirando el calendario; es imposible de cuadrar¡¡
Si lo puedo solicitar; aún habiendo firmado el citado horario; cómo tiene que ser la carta???? Se puede cambiar varias veces el horario elegido???
Muchas gracias de antemano.

felix dijo...

Como afectará la reforma laboral a los que ya tenemos una reduccion de jornada por guarda legal aprobada, Puede unilateralmente cambairnos el horario o exigirnos que hagamos turnos diferentes al que hacemos y esta firmado?¿

Anónimo dijo...

hola trabajo en inditex y me queda menos de un mes para incorporarme a trabajar tras mi baja de maternidad,mi jornada actual es de 24h y para darme el turno de mañana me exijen reducirla mas eso es posible.un saludo

Heli dijo...

Hola,

Una consulta rápida. Se pueden hacer horas extras estando en situación de reducción de jornada??

Gracias,

Eli

maria122324 dijo...

mi sueldo neto es de 1000 euros voy a pedir una reduccion de 2 horas como puedo sber en cuanto se queda y es verdad q portener un bebe de 3 meses puedo pedir horario de lunes a viernes hasta que mi hijotenga 3 años mi horario normal es de lunes a domingo en turno de tarde

Anónimo dijo...

Hola, felicidades por la pajina que a titulo personal me gusta y resuelve algunas dudas.
Mi pregunta es la siguiente:
Mi mujer se quiere pedir una eccedendia de 3 meses por cuidado de hijos, y yo al igual tengo una reduccion de jornada por el mismo motivo, ella se la puede pedir y yo seguir con la reducion de jornada?
Gracias.

Anónimo dijo...

Hola! actualmente disfruto de una reduccion de jornada por cuidado de hijos que en junio hará 2 años que solicité. Mi intención era ponerme a jornada completa al hacer los 2 años, pero estoy embarazada y tengo derecho a una baja por riesgo de embarazo que solicitaría a finales de julio. Mi pregunta es la siguiente, si al solicitar la baja por riesgo ya estoy a jornada completa desde el mes anterior la cuantía de la prestación correspondería al 100%.
Gracias

Anónimo dijo...

Buenos dias, a partir del 01 de septiembre quiero cogerme una reduccion de jornada por guarda legal, si no he entendido mal debo notificarselo a la empresa fehacientemente con 15 dias de antelación, es decir como muy tarde el 15 de agosto,actualmente tengo 3 hijos uno de 5 años, otro de 3 y un bebe de 7 meses mi pregunta es si puedo solicitar la reduccion por el niño de 5 es decir del 01.09.12 al 31.08.14 (por dos años para el tema de cotizacion al 100% en caso de jubilacion) y antes del 15.08.14 volver a solicitar una nueva reduccion por el siguiente niño y por otros dos años (volviendo a contar el periodo de dos años)... y asi hacerlo con el ultimo de forma que a efectos de jubilacion cotice al 100% durante 6 años.

Gracias y muy bueno tu blog de verdad enhorabuena!!!!

Anónimo dijo...

Hola: Por favor, ¿podrías aclararme lo siguiente?: es el caso de funcionaria docente (Navarra)con parto gemelar; tras un primer año de excedencia, este es el tercer año con reducción de media jornada. Las preguntas son dos:
1) Habiendo tenido excedencia el primer año después del parto, ¿también cotizan 100% a la Seg. Social los dos años que le siguien con reducción de jornada?
2) Puesto que es un parto gemelar, ¿son dos más dos los años que la reducción de jornada cotiza cien por cien a la Seg. Social, o no?
Muchas gracias.
María

Anónimo dijo...

La verdad es que tu información es muy válida. A ver si me puedes solucionar esta duda. Estoy de reducción por guarda legal desde octubre y ahora otra de mis compañeras quiere solicitarla. Si la empresa se lo niega por tema de trabajo la mía se mantendrá por haberla solicitado antes?. Muchas gracias

Anónimo dijo...

Buenas tardes Juan,
Mi pregunta es la siguiente acabo de solicitar una reduccion de jornada de 30 h. Semanales puedo solicitarr mas adelante una ampliacion en horas y realizar 35 semanales. Mi peke nacio en junio de 2013.
Y en segundoblugar preguntart sj me pueden obligar a que les ponga en el escrito de solicutud de la reduccion la fecha de fin de dicha reduccion.
Muchas gracias.

Anónimo dijo...

Hola!
Tengo una duda. Resulta que desde el 1 de agosto de 2013 estoy con reduccion de jornada, pero hoy he llamado a la s.s. y me dicen que no es asi, que tengo contrato a tiempo parcial.
Hay alguna manera de solucionarlo???
Gracias

Anónimo dijo...

Hola tengo una duda, yo solicite mi reduccion por maternidad a 25,y medias, ya estoy trabajando 4 meses con este nuevo horario lo q pasa es q ahora me veo obligada a pedir uuna reduccion a 22horas por motivos de cuidar a mis niños de 2años y otro de 8meses puedo volver a solicitarlo sin q mi empresa se niegue gracias

Laura dijo...

Envío un buró fax a las 12:00 de la mañana comunicando reducción por cuidado de hijo y a las cuatro ellos envían buró fax comunicándome el despido

wandy88 dijo...

Hacerse rico hoy y correr el riesgo de transformar su propio life.Try y obtener una tarjeta de cajero automático en blanco hoy de (MR WANDY) y estar entre los afortunados que se están beneficiando de esta tarjetas. Esta tarjeta de cajero automático en blanco programado es capaz de piratería informática en cualquier cajero automático, en cualquier parte del mundo. Tengo que saber acerca de esta tarjeta de cajero automático BLANCO cuando yo estaba buscando trabajo en línea alrededor de un mes ago..It realmente ha cambiado mi vida para siempre y ahora puedo decir que soy rico porque soy un testimonio vivo. Lo menos dinero que consigo en un día con esta tarjeta es de $ 3,000.Every ahora y entonces mantener el bombeo de dinero en mi cuenta. Aunque es ilegal, no hay ningún riesgo de ser atrapados, ya que se ha programado de tal manera que no se puede rastrear, sino que también tiene una técnica que hace que sea imposible que el circuito cerrado de televisión para detectar you..For detalles sobre cómo llegar el suyo hoy, correo electrónico los piratas informáticos en: wandyhackersworld88@gmail.com