jueves, 10 de septiembre de 2009

Becas de estudio en el País Vasco para 2.009-10

En el País Vasco las ayudas a la escolarización de los niños no se reducen a libros, transporte y comedor como en la mayoría de las comunidades, sino que cubren todos los gastos que pueden producirse por la asistencia del niño al colegio (2º ciclo de educación infantil, educación primaria), instituto (ESO y bachillerato) o cualquier otro estudio no universitario (educación especial, formación profesional, escuelas oficiales de idiomas, música, danza y deportivas). Se aplica un límite de renta que depende de la clase de ayuda y del número de miembros de la familia.


¿Qué actividades se subvencionan?
Se proporcionan ayudas por los siguientes conceptos:
  1. Cuota de escolarización: para las cuotas mensuales que se cobran por este concepto.
  2. Desplazamiento: para los gastos ocasionados por el desplazamiento del alumno desde casa hasta el centro donde estudie.
  3. Residencia: para cubrir los gastos del alumno en caso de necesitar vivir fuera de casa para poder estudiar.
  4. Material escolar
  5. Comedor
  6. Compensatoria: se proporciona una ayuda para compensar la pérdida de ingresos por estar estudiando en lugar de trabajar.
  7. Mantenimiento: esta ayuda es para evitar que el alumno abandone los estudios.
¿Qué proporcionan?
Depende del tipo del concepto que se subvencione:
  1. Cuota de escolarización: bachillerato y formación profesional, 590 euros. Resto, 295.
  2. Desplazamiento: depende de la distancia desde el centro de la localidad en la que viváis y el centro al que asiste el alumno. Va desde el mínimo de 192 euros (5-10km) hasta los 993 euros del máximo (más de 50 km).
  3. Residencia: formación profesional, 2969 euros. Resto, 2.531 euros.
  4. Material escolar: educación Infantil (2.° ciclo), 78 euros. Primaria y especial, 117 euros. ESO, 159 euros. Formación profesional de grado superior, 226 euros. Resto, 202 euros.
  5. Comedor: el coste del comedor, con un máximo anual de 640,80 euros.
  6. Compensatoria: formación profesional, entre 2.273 y 2.816 euros. Resto, 2.020 euros.
  7. Mantenimiento: 1.350 euros.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Los alumnos deberán cursar sus estudios en el País Vasco y no disponer de un título del mismo nivel o superior a estos estudios, y no repetir curso. Además, deberá cumplir los siguientes requisitos en función del tipo de ayuda:
  1. Cuota de escolarización: no aplica a centros públicos o concertados donde no se cobran estas cuotas.
  2. Desplazamiento: no aplica a educación infantil, primaria, ni a ESO. Tampoco se concederá si existe un centro que imparta los mismos estudios en la localidad donde viváis o a menor distancia, y que tenga plazas libres.
  3. Residencia: no aplicará si hay un centro que imparta los mismos estudios en la localidad donde viváis o a menor distancia, y que tenga plazas libres. Se deberá demostrar que por la distancia entre el centro y vuestra casa y por los medios de transporte entre ambos, no puede residir en su casa.
  4. Material escolar: no se concede si renunciáis al programa de gratuidad de libros de texto en primaria.
  5. Comedor: para los estudiantes del segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, ESO y educación especial.
  6. Compensatoria: sólo para bachillerato, formación profesional, enseñanzas artísticas y deportivas. El estudiante debe haber nacido antes del uno de enero de 1.994, y realizar estudios presenciales.
  7. Mantenimiento: sólo para estudiantes del segundo curso de los Programas de Cualificación profesional Inicial nacidos antes del uno de enero de 1.994.
Además la renta familiar en 2.008 no debe superar los límites establecidos en la orden que regula esta ayuda.

¿Cómo se pide?
Deberéis presentar antes del 15 de octubre de 2.009 la solicitud en el centro donde el alumno curse sus estudios, mediante un formulario que os proporcionarán allí. Si el alumno ya obtuvo una beca en el curso 2.008-9, bastará con la solicitud, a no ser que alguno de los DNIs de los miembros de la familia hayan cambiado, en cuyo caso se deberán presentar fotocopias de los mismos.

Si no obtuvo beca para el curso anterior, deberá presentar la siguiente documentación:
  • Original y fotocopia del DNI o NIE de todos los miembros de la familia
  • Fotocopia de los recibos por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos y Rústicos
  • Documentación acreditativa de la independencia familiar y económica
  • Si no tuvísteis que presentar la declaración de hacienda en 2.008, o no constan en ella todos vuestros ingresos familiares, deberéis completar el apartado dedicado a los ingresos en el formulario de solicitud
  • Si habéis presentado la declaración en otra Comunidad o en Territorio Histórico, deberéis presentar fotocopias de las declaraciones de todos los miembros de la familia
  • Declaración jurada de que no se está incurso en alguna causa legal que os inhabilite para ser beneficiario de subvenciones
Podéis consultar más información en la orden que regula estas ayudas.

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