martes, 4 de agosto de 2009

Ayudas de Vacaciones para mujeres con hijos a su cargo en Madrid

A finales de la semana pasada se publicó la convocatoria de las estancias de tiempo libre para mujeres con hijos a cargo en la Comunidad de Madrid. Como ya os contaba hace un tiempo, esta ayuda proporciona unos días de vacaciones en la playa con todos los gastos pagados a madres con hijos exclusivamente a su cargo y renta baja.

¿En qué consiste este año?
La convocatoria de este año consta de 210 plazas en hoteles de una localidad de la Costa del Sol, Tropical, de Almería, Cálida, Blanca, de Valencia, del Azahar o Dorada, entre los días 1 y 15 de septiembre de 2009, incluyendo todos los gastos de alojamiento en régimen de pensión completa, transporte de ida y vuelta entre la Comunidad de Madrid y el lugar de estancia asignado y actividades complementarias para las mujeres y los menores a su cargo.

El lugar no se puede elegir, sino que os será asignado, al igual que las fechas exactas.

¿Qué requisitos hay que cumplir?
Estas ayudas están destinadas a las mujeres que cumplan los siguientes requisitos:
  • Tener hijos exclusivamente a su cargo
  • Vivir en la comunidad de Madrid
  • Que la renta per cápita de la familia (suma de todos los ingresos familiares entre el número de miembros) no supere el salario mínimo interprofesional, es decir, 8.736 anuales
Los niños podrán apuntarse a las vacaciones siempre que tengan entre uno y doce años.

¿Cómo se pide?
Las solicitudes se deberán presentar entre el 30 de julio hasta el 17 de agosto en el Registro de la Consejería de Empleo y Mujer, en el Registro de la Dirección General de la Mujer o en cualquier ventanilla única de la comunidad. Deberéis presentar la siguiente documentación:
  • Formulario de solicitud
  • Original y fotocopia del DNI, NIE o pasaporte
  • Original y fotocopia del libro de familia y sentencia judicial en firme sobre la tutela, si la hay. En casos de acogimiento, certificado emitido por la Comisión de Tutela del Menor.
  • Informe de vuestro médico de cabecera donde se indica que ni vosotras ni vuestros hijos padecéis una enfermedad que requiera aislamiento o la convivencia normal.
  • Los datos de la última declaración de hacienda los obtendrá directamente la administración, no hace falta que los presentéis. Si no habéis tenido obligación de declarar, certificado de rentas que os proporcionará hacienda, o justificante de ingresos
  • Cualquier documentación que acredite una situación especial (violencia de género, residencia en un centro de acogida de mujeres, carencia de estabilidad social o desempleo de larga duración)
Podéis consultar más información en la página de la Comunidad de Madrid y en la orden que regula esta ayuda para 2.009.

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