Hace unos días que se ha publicado en el boletín oficial de Baleares la convocatoria para los años 2.009 y 2.010 de la denominada "tarjeta nadó", que es una ayuda que proporciona esta comunidad a las familias en las que se ha producido un parto o adopción múltiple para la compra de productos de higiene y alimentación. No cambia mucho con respecto a la convocatoria del año pasado, manteniendo las mismas cantidades, aunque sí aumenta el límite de renta desde los 45.500 euros del año pasado a los 48.950 de este.
¿En qué consiste?
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Deberéis presentar la solicitud dentro de los seis meses posteriores al nacimiento, adopción o acogimiento. Si se ha producido entre el uno de diciembre de 2.008 y el 18 de agosto de 2.009, tenéis seis meses desde este día. La fecha tope es el 30 de diciembre de 2.009.
Lo podéis hacer presencialmente en el Registre General i Servei d’Informació i Atenció al Ciutadà de la Conselleria d’Afers Socials, Promoció i Immigració (Av. d’Alemanya, 6 dreta, de Palma) o en cualquier oficina de registro de esta comunidad o por correo postal, enviando la solicitud a la Direcció General de Menors i Família. En ambos casos deberéis presentar la siguiente documentación:
¿En qué consiste?
- 150 euros mensuales durante nueve meses por nacimiento, adopción, acogimiento permanente o preadoptivo de dos niño (hasta un máximo de 1.350 euros anuales). Se proporcionan 54 vales de la tarjeta Nadó (seis vales por nueve meses), por un valor de 25 euros cada uno.
- 240 euros mensuales durante nueve meses por nacimiento, adopción, acogimiento permanente o preadoptivo de tres niños o más (hasta un máximo de 2.160 euros anuales). Se proporcionan 72 vales de la tarjeta Nadó (ocho vales por nueve meses), por un valor de 30 euros cada uno.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
- Parto, adopción o acogimiento preadoptivo temporal o permanente de dos o más niños
- Renta anual familiar inferior a 28.950 euros. Para calcular la renta familiar se tomarán los datos de las declaraciones de hacienda de los miembros de la familia correspondientes al año 2.007.
- Residencia en las Islas Baleares durante al menos tres años antes del parto o la adopción múltiple
- En los casos de acogimiento preadoptivo, ya sea temporal o permanente, o en adopciones, el mayor de los niños no debe superar los dos años de edad en el momento de la solicitud de esta ayuda. Si ya se ha cobrado esta ayuda por los mismos niños (acogimiento previo), no se podrá volver a recibir.
Deberéis presentar la solicitud dentro de los seis meses posteriores al nacimiento, adopción o acogimiento. Si se ha producido entre el uno de diciembre de 2.008 y el 18 de agosto de 2.009, tenéis seis meses desde este día. La fecha tope es el 30 de diciembre de 2.009.
Lo podéis hacer presencialmente en el Registre General i Servei d’Informació i Atenció al Ciutadà de la Conselleria d’Afers Socials, Promoció i Immigració (Av. d’Alemanya, 6 dreta, de Palma) o en cualquier oficina de registro de esta comunidad o por correo postal, enviando la solicitud a la Direcció General de Menors i Família. En ambos casos deberéis presentar la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud
- Original y fotocopia del DNI o NIE del solicitante
- Original y fotocopia del DNI o NIE del cónyuge y de todos los mayores de edad que formen parte de la unidad familiar
- Original y fotocopia de todas las hojas del libro de familia, en el que deberán constar los niños por los que se pide la solicitud o la resolución firme administrativa o judicial por la que se otorga el acogimiento.
- Original y fotocopia del certificado de empadronamiento en el que conste que habéis residido en Baleares durante al menos los últimos tres años. Si residís en Palma, y los datos del padrón son correctos, no es necesario porque ya lo consultan ellos directamente en el padrón.
- Autorización para que la administración consulte vuestros datos a hacienda. Si no presentáis esta autorización, fotocopia de las declaraciones de hacienda de todos los miembros de la familia correspondientes al año 2.007. Si no tenéis obligación de presentar la declaración, certificado de ingresos emitido por hacienda.
- Autorización para ceder vuestros datos al colegio de farmacéuticos, para que gestionen esta ayuda.
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