miércoles, 31 de marzo de 2010

Ya está publicada la convocatoria de guarderías en Madrid (2.010-11)

La comunidad de Madrid acaba de publicar la orden que regula el proceso de admisión de las guarderías públicas y de las plazas en privadas financiadas con fondos públicos. En principio es muy similar al del año pasado, aunque ahora no me da tiempo más que para contaros lo básico. Esta noche os lo cuento con más detalle.

Plazos del proceso
Los plazos del proceso de admisión de nuevos alumnos serán los siguientes:
  1. Presentación de solicitudes: del 12 de abril al 29 de abril de 2.010 (como los colegios)
  2. Publicación de listas provisionales: 18 de mayo de 2.010
  3. Presentación de reclamaciones: del 19 al 21 de mayo de 2.010
  4. Publicación de listas definitivas: 10 de junio de 2.009
  5. Formalización de matrícula: del 15 al 29 de junio de 2.010
Podéis consultar más información en la página de la Comunidad de Madrid, y esta noche os amplío la información.

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5 Comentarios:

Lucia dijo...

Gracias por la información, Juan! Una pregunta, en el caso de concederte una guardería pública y posteriormente solicitar una beca para guarderia privada, ¿una concesión anula la otra?, es que no tenemos muy claro lo que nos compensa todavía, por cuestión de horarios y eso. Pero si una anula la otra tenemos que decidirlo antes de solicitar cualquiera. Si puedes informarnos de esto, te lo agradeceríamos.
Besos, Lucía y Guille

Juan Delgado dijo...

Hola Lucía,

Puedes pedir las dos cosas, pero no son compatibles. Generalmente las becas de guardería privadas salen después de que se adjudiquen las plazas de guardería públicas, por lo que ya sabrás si te ha tocado una plaza pública o no. El año pasado fue así, aunque no siempre lo ha sido. Otros años pedías las dos cosas y si te daban plaza pública, se te excluía automáticamente del proceso de becas.

En resumen, pide ambas, que no hay ningún problema.

Un beso,
Juan

Anónimo dijo...

Hola Juan, comentas que para las becas te piden la declaración de la Renta de 2008, pero ¿Qué es lo que hay que entregar, un duplicado sellado en hacienda o es suficiente una fotocopia? Otra cosa, si sabes a priori que no te van a dar ningún punto por la renta ¿Es necesario entregarla de todas maneras?

Gracias
Isabel

Juan Delgado dijo...

Hola Isabel,

Mediante el formulario autorizas a la administración a comprobar tus datos de renta de 2008. Si no lo haces, o si pides plaza en una privada con plazas sostenidas con fondos públicos deberás presentar una copia de tu declaración de ese año.

Es necesaria la comprobación en cualquier caso porque en caso de empate es el criterio que toman para desempatar.

Un saludo,
Juan

Troko R´N´R dijo...

Enhorabuena. Este blog es magnífico, sobre todo para un padre un poco trazas como yo. MUY BUEN TRABAJO, EXCELENTE