lunes, 25 de enero de 2010

¿Puedo renunciar a la reducción de jornada cuando yo quiera?

Últimamente recibo un montón de consultas sobre la reducción de jornada, que he tenido que investigar, porque no sabía muy bien qué responderos. La más interesante: ¿puedo renunciar a la reducción de jornada en cualquier momento?.

La respuesta es sí, pero claro, avisando a vuestra empresa con cierta antelación. La Seguridad Social no impone ninguna obligación a la persona que está reduciendo su jornada. La empresa no debería poner problemas, ya que la ley de igualdad estableció que se debe garantizar la conciliación de la vida laboral y personal. Eso sí, deberéis avisar de que vuestra reducción va a terminar, porque la empresa tendrá que planificarse. Por ejemplo, para suplir la jornada que no hacéis, algunas empresas contratan a otra persona (y obtienen bonificaciones por ello). Yo entiendo que un mes de preaviso es más que suficiente, y en el artículo 37.6 del estatuto de los trabajadores indica que basta con quince días de preaviso.

Vuestra empresa cuando comunica a la Seguridad Social vuestra reducción de jornada por guarda legal no indica la fecha de finalización de la misma (utiliza el modelo TA.2/S de alta, baja o modificación de datos). Cuando acaba debe realizar una nueva comunicación indicando el cambio.

Esta es la respuesta que me han dado de la Seguridad Social cuando les he preguntado si la empresa debía comunicar esta fecha de fin y si hay algún problema por renunciar a la reducción:

La situación de reducción de jornada por guarda legal, es necesario que se comunique a este organismo de Tesorería por parte de la empresa, a través del modelo TA.2/S (alta, baja y variación de datos). Se indicará la fecha inicial de inicio de la reducción y posteriormente cuando finalice ésta, igualmente se manifestará a esta Entidad.

No hay ningún inconveniente en interrumpir la reducción por parte del interesado, con la debida comunicación como ya se ha indicado en el párrafo anterior.

¿Alguno de vosotros ha tenido problemas en esta situación?

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13 Comentarios:

Anónimo dijo...
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Antonio dijo...

A Alicia la despidieron en cuanto dijo que se iba a coger reducción de jornada.
Obviamente fue despido nulo.
Pero da una idea de la mentalidad y atraso social que arrastramos.

María dijo...

Hola,

actualmente tengo reducción de jornada y por tanto, la ley protege mi despido hasta que el niño tenga 8 años, pero en caso de incorporarme de nuevo a jornada completa, ¿podrían despedirme?

Juan Delgado dijo...

Hola,

Efectivamente, pierdes la protección.

Un saludo,
Juan

Inma dijo...

Mi empresa siempre nos ha negado el derecho de la reduccion por maternidad y la hora de lactancia.Mi hijo tiene 4 años y quisiera saber si aún puedo pedirla a la empresa y que tendría que hacer.

Juan Delgado dijo...

Hola,

Tienes derecho a la reducción hasta que tu hijo cumpla ocho años y además durante los dos primeros años de la reducción la Seguridad Social considerará que cotizas al 100% para casi todas las prestaciones.

La empresa no te lo puede negar. Si lo hace demándales, que ganarás seguro.

Un saludo,
Juan

Antonio dijo...

Inma, el empleado no pide a la empresa acogerse a la reducción de jornada. Lo que haces es comunicar a la empresa que te la coges, diciéndoles el número de horas y el horario.

No les pides permiso pues es un derecho y no está en mano de la empresa concederte ni negarte.

Anónimo dijo...

hola,
he leido mucho sobre la reducción de jornada, pero tengo varias dudas que no consigo resover. Yo disfruto de una reducción de jornada que es de lunes a sábado de 9.30 a 13.30, con un dia de fiesta entresemana. Mi duda surge porque quiero modificar mi reducción de jornada, manteniendo el mismo horario, pero de lunes a viernes, y el sábado fiesta. Y pregunto ¿si solicito la modificación significa que renuncio a la reduccion que ya tengo concedida? ¿pueden denegarla por tener ya una concedida?
También tengo previsto solicitar una excedencia por cuidado de hijo menor de 3 años durante el verano, y tengo otra duda ¿qué pasa cuando vuelva de la excedencia? porque en la reduccio´n de jornada no hay fecha de finalización de la misma, entonces ¿vuelvo a retomar mi reducción de jornada donde la dejé sin necesidad de notificación alguna?
Muchas gracias a todos

pili dijo...

pedi una excedencia y quiero que me admitan antes de tiempo les di la carta de admision y me contestan negativamente porque no habia solicitado mi readmision dentro de el plazo establecido en un articulo del convenio¿ que calificacion merece esta negativa? tienen derecho ha hacerme esto ???esta dentro de la ley???

Anónimo dijo...

Hola, tengo un problema, tengo reducción de jornada y quieren despedirme pero no saben como, me estan haciendo mucho mobbing y ahora me he enterado que me quieren sancionar. Me pueden dejar sin sueldo seis meses? Las faltas de que me acusan son discutibles, pero es su palabra...en fin, que yo no tengo abogados, y si un esposo en paro y dos crìos que alimentar...qué procede?

Antonio dijo...

En este artículo da bastante información práctica sobre todo esto:
http://laboro-spain.blogspot.com.es/2009/09/reduccion-voluntaria-de-jornada-por.html

Unknown dijo...

No me dejan reincorporarse alegando que han cogido a otro trabajador para cubrir las horas semanales que yo falto y que ahora no me necesitan tantas horas. ¿Pueden hacerlo? ¿Tengo algún derecho en este caso?

Unknown dijo...

No me dejan reincorporarse alegando que han cogido a otro trabajador para cubrir las horas semanales que yo falto y que ahora no me necesitan tantas horas. ¿Pueden hacerlo? ¿Tengo algún derecho en este caso?