Nota: ya han salido las becas para 2.012-13. Consulta la información en este otro artículo.
Desde el viernes pasado se pueden pedir las becas de guardería de la Comunidad de Madrid, con la gran novedad este año de que se pueden presentar a través de Internet, sin necesidad de presentar casi documentación. El presupuesto es muy similar al del año pasado, pasando de 33,7 millones de euros a 34 este año.
¿Cuándo se piden?
Entre el 18 de junio y el 10 de julio.
¿Qué proporcionan?
100 euros mensuales durante once meses, que la Comunidad enviará a la guardería del niño, a no ser que vuestra renta per cápita familiar no supere los 1.400 euros, en cuyo caso os corresponderán 160 euros mensuales durante once meses.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Basta con estar matriculado en una guardería privada y que el niño haya nacido antes del día 10 de julio de 2.010, incluido.
¿Cómo se piden?
Este año se pueden pedir a través de Internet, si tenéis el certificado de la FNMT o el DNI electrónico y un lector. La mayoría no tenemos que presentar documentación aparte del libro de familia, ya que la administración la consulta directamente de los otros organismos: hacienda, el padrón, seguridad social, etc. Por lo tanto, no es necesario presentar la siguiente documentación:
Si la vais a presentar físicamente, deberéis hacerlo en cualquier registro la dirección de área territorial. Podéis consultar la lista en la siguiente página, y tened en cuenta que en julio y agosto hacen jornada intensiva (de nueve a dos). También podéis llevarlo a una oficina de la ventanilla única, pero no os lo recomiendo para este trámite, porque son muy quisquillosos y os pueden tirar para atrás por cualquier detalle. En la ventanilla única simplemente tramitan, por lo que no os enteraríais hasta que os hayan rechazado, y deberíais reclamar.
Podéis consultar más información en la página de la Comunidad de Madrid y en la orden que regula esta ayuda.
Desde el viernes pasado se pueden pedir las becas de guardería de la Comunidad de Madrid, con la gran novedad este año de que se pueden presentar a través de Internet, sin necesidad de presentar casi documentación. El presupuesto es muy similar al del año pasado, pasando de 33,7 millones de euros a 34 este año.
¿Cuándo se piden?
Entre el 18 de junio y el 10 de julio.
¿Qué proporcionan?
100 euros mensuales durante once meses, que la Comunidad enviará a la guardería del niño, a no ser que vuestra renta per cápita familiar no supere los 1.400 euros, en cuyo caso os corresponderán 160 euros mensuales durante once meses.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Basta con estar matriculado en una guardería privada y que el niño haya nacido antes del día 10 de julio de 2.010, incluido.
¿Cómo se piden?
Este año se pueden pedir a través de Internet, si tenéis el certificado de la FNMT o el DNI electrónico y un lector. La mayoría no tenemos que presentar documentación aparte del libro de familia, ya que la administración la consulta directamente de los otros organismos: hacienda, el padrón, seguridad social, etc. Por lo tanto, no es necesario presentar la siguiente documentación:
- DNI
- Vida laboral de los padres
- Padrón
- Título de familia numerosa, si está emitido en la Comunidad de Madrid
- Certificado de Minusvalía, si está emitido en la Comunidad de Madrid
- Información de la renta de 2008
- Título de familia numerosa, si no está emitido en la Comunidad de Madrid
- Certificado de minusvalía, si no está emitido en la Comunidad de Madrid
- Informe de los Servicios Sociales
- Documento que acredite el acogimiento familiar
- Documento que acredite la situación de un alumno con necesidades especiales
Si la vais a presentar físicamente, deberéis hacerlo en cualquier registro la dirección de área territorial. Podéis consultar la lista en la siguiente página, y tened en cuenta que en julio y agosto hacen jornada intensiva (de nueve a dos). También podéis llevarlo a una oficina de la ventanilla única, pero no os lo recomiendo para este trámite, porque son muy quisquillosos y os pueden tirar para atrás por cualquier detalle. En la ventanilla única simplemente tramitan, por lo que no os enteraríais hasta que os hayan rechazado, y deberíais reclamar.
Podéis consultar más información en la página de la Comunidad de Madrid y en la orden que regula esta ayuda.
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