jueves, 29 de octubre de 2009

Cómo se reclaman las becas de guardería en Madrid

Actualización 4 de noviembre: se ha publicado hoy en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid la orden que cierra el proceso de adjudicación de las becas. Esto hace que el plazo de reclamaciones comience mañana día 5 de noviembre y finalice en un mes, el 4 de diciembre, ambos incluidos.

Después de hablar con bastante gente a la que se le ha denegado la beca de guardería en la Comunidad de Madrid para guarderías privadas, y de investigar para ellos cómo se reclama, me ha parecido que os podría interesar. Tal vez no lo recordéis, pero hace un par de meses os contaba que se habían resuelto las reclamaciones presentadas para las becas del curso 2.008-9, ¡en septiembre!.


¿Dónde ha estado el corte este año?
La nota de corte ha quedado fijada en siete, pero no ha llegado a todos los que hemos obtenido dicha puntuación. Si vuestra renta per cápita supera los 32.686,52 €, no os habrá correspondido. Para calcular vuestra renta per cápita deberéis sumar todos los ingresos de la familia tal y como aparezcan en vuestra declaración de la renta del año 2.007 y dividirlos entre el número de miembros. Si supera esta cantidad, no os la habrán concedido y tendréis pocas posibilidades o ninguna.

En cualquier caso, si consideráis que os corresponde y no os la han dado, os animo a reclamar.

¿Cómo se reclama?
Deberéis presentar un recurso en la dirección de área territorial que os corresponda o en la Oficina de Información de la Consejería de Educación (C/ Gran Vía, 20), en el plazo de un mes a partir de la publicación en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid. Teniendo en cuenta que a día de hoy, 29 de octubre de 2.009, no se ha publicado, tendréis todo el mes de noviembre para presentar este recurso. Ya os avisaré de cuando se publique para que sepáis el plazo exacto.

Para presentar este recurso necesitaréis este formulario, al que deberéis adjuntar la documentación que consideréis necesaria para que lo tomen en cuenta. Si ya habéis presentado esta documentación en la reclamación a las listas provisionales, no la tendrán en cuenta.

También podéis presentar un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses desde la publicación en el boletín.

¿Cómo me pagarían la beca si me la concedieran?
Pues os abonarían el dinero que os corresponda mediante una transferencia a la cuenta corriente que indiquéis en el formulario. Para la mayoría serán 1.045 euros, que si tardan lo mismo que este año, lo recibiréis en septiembre u octubre de 2.010.

Podéis resolver las dudas que tengáis sobre el proceso de reclamaciones en el documento de preguntas frecuentes que ha elaborado la Comunidad de Madrid sobre este tema.

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7 Comentarios:

Anónimo dijo...

Hola de nuevo Juan.
A ver como lo interpretas tú, porque o soy un poco ciego o no me entero:

Según el "Texto integrado de la Orden 2933/2009, de 22 de junio y de la Orden 2250/2008, de 24 de abril" que se encuentra en madrid.org y en el que se establecían las bases para pedir la beca, en la página 7 del PDF dice lo siguiente:

"2. En el caso de niños que no hayan nacido a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, deberá aportarse, además de los documentos citados en el
apartado anterior:
- Certificado de reserva de plaza emitido por el Centro conforme al modelo que se
apruebe por la orden de convocatoria, debidamente cumplimentado, con
inclusión de todos y cada uno de los datos solicitados y sin tachaduras ni
enmiendas.
- Una vez nacido el niño, antes de la fecha que se determine en la convocatoria o,
si fuera posterior, en el plazo de presentación de alegaciones a los listados
provisionales, deberá aportarse nuevamente el libro de familia o documento
oficial similar actualizado, o certificado médico acreditativo del nacimiento y de la
fecha en que se ha producido.
La no aportación de este documento supondrá que el alumno figure como
excluido en los listados definitivos aprobados por la Orden que resuelva la
convocatoria".

Pues bien, habiendo presentado 2 veces la solicitud, nos las han denegado.
Nuestra hija nació el 16 de Julio 2009 y el plazo acabó el 14 de Julio 2009.
A mi mujer la dijeron que había nacido fuera de fecha.

Pero, puedo presentar esta ley (escrita por ellos mismos) como recurso de alegación por tercera vez?

Te pregunto porque veo que controlas bastante del tema, y no quiero seguir perdiendo el tiempo más, pero es que cada vez que leo esta ley.....

Es que yo, aparte que lo veo injusto totalmente (por 2 días) creo que no se están ciñendo a esto mismo que ellos legislaron ......

Muchas gracias por tu tiempo, un saludo
Josele-Madrid

Juan Delgado dijo...

Hola Josele,

En la misma orden, en el apartado 7 de la convocatoria para 2009-10 dice esto:

Artículo 7. Fecha de nacimiento.

A los efectos previstos en el artículo 4, apartado 1 a) de las Bases de la convocatoria, los alumnos solicitantes, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes deberán haber nacido o bien deberá estar previsto el nacimiento de los mismos con anterioridad al 1 de julio de 2009.


El plazo de presentación de solicitudes terminó el 14 de julio (quince días hábiles desde el 27 de junio -el día siguiente a la publicación en el bocm-, teniendo en cuenta que la Comunidad de Madrid cuenta como hábiles los sábados).

Vamos, que yo lo veo muy difícil para que te acepten la reclamación, pero también es verdad que sólo pierdes tiempo por probarlo.

Un saludo y suerte,
Juan

Anónimo dijo...

Mil gracias Juan

Juan Delgado dijo...

Hola,

Actualización 4 de noviembre: se ha publicado hoy en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid la orden que cierra el proceso de adjudicación de las becas. Esto hace que el plazo de reclamaciones comience mañana día 5 de noviembre y finalice en un mes, el 4 de diciembre, ambos incluidos. Podéis ver esta orden en el bocm.

Un saludo,
Juan

Anónimo dijo...

Juan,

El Boletin es del martes día 3 de noviembre por lo que el plazo finalizará el 3 de diciembre.

AAS dijo...

Mi hijo nació el 14 de Septiembre del 2009, y ha empezado la guardería en Febrero 2010, ¿hay alguna forma de conseguir los 6 meses que va a ir a la guarde hasta Julio del 2010? o por haber nacido en septiembre no tiene derecho a los meses del 2010 (evidentemente a partir de Septiembre si, por la nueva convocatoria de becas, pero los de antes de Julio).
Muchas gracias,

Juan Delgado dijo...

Efectivamente. Si tu hijo nació despues de la fecha de presentación de los papeles, no tienes derecho a ellas. Lo siento, pero es así.

Un saludo,
Juan