Acabo de recibir el aviso de la Comunidad de Madrid de que comienza el periodo de solicitud de las becas de guardería de la Comunidad de Madrid para el próximo curso (2.011-12) No os despistéis, porque comienza hoy, día 5 de abril y dura hasta el día 29 de abril.
Pocas novedades este año, mismo presupuesto (34 millones de euros) y mismas cuantías de las becas (100€ al mes con caracter general y 160€ al mes si la renta per cápita no supera los 1.710€), aunque el año pasado los 160€ eran para las rentas per cápita inferiores a 1.400€. Esto quiere decir que este año habrá más beneficiarios, pero menos que recibirán los 160€. Otra cosa que cambia es la fecha límite del nacimiento del niño, que pasa del 10 de julio el año pasado al 1 de julio este año. Este año no podréis pedir la beca si vuestro hijo no ha nacido antes del 1 de julio de 2.011.
Ya podéis realizar las solicitudes a través de Internet en la siguiente página, y en la mayoría de los casos no será necesario presentar documentación. La mayoría de los documentos los podrá consultar la comunidad de manera automática:
Os remito al artículo que escribí el año pasado con las instrucciones y podéis consultar más información en la orden que regula esta ayuda y en la página de la Comunidad de Madrid sobre estas ayudas.
Pocas novedades este año, mismo presupuesto (34 millones de euros) y mismas cuantías de las becas (100€ al mes con caracter general y 160€ al mes si la renta per cápita no supera los 1.710€), aunque el año pasado los 160€ eran para las rentas per cápita inferiores a 1.400€. Esto quiere decir que este año habrá más beneficiarios, pero menos que recibirán los 160€. Otra cosa que cambia es la fecha límite del nacimiento del niño, que pasa del 10 de julio el año pasado al 1 de julio este año. Este año no podréis pedir la beca si vuestro hijo no ha nacido antes del 1 de julio de 2.011.
Ya podéis realizar las solicitudes a través de Internet en la siguiente página, y en la mayoría de los casos no será necesario presentar documentación. La mayoría de los documentos los podrá consultar la comunidad de manera automática:
- Renta del año 2.009
- DNI
- Certificado de vida laboral
- Título de familia numerosa, si está expedido en la comunidad de Madrid
- Certificado de empadronamiento
- Certificado de minusvalía, si está expedido en la comunidad de Madrid
Os remito al artículo que escribí el año pasado con las instrucciones y podéis consultar más información en la orden que regula esta ayuda y en la página de la Comunidad de Madrid sobre estas ayudas.
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